Normativa que regula la Noche Porteña

Aumenta los requisitos de seguridad y el control para las actividades nocturnas en la Ciudad de Buenos Aires.

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Para su redacción la Agencia Gubernamental de Control se reunió con músicos, empresarios, arquitectos, ingenieros y agrupaciones de padres de Cromañón. Sus principales puntos son:

  • Incorporación de nueva condiciones de seguridad. Por ejemplo: Todos los locales que posean entrepiso deberá actualizar el informe profesional que evalúa la resistencia del mismo presentado al momento de tramitar su habilitación y deberán contar con un cartel luminoso que informe la capacidad permitida. La AGC será la encargada de verificar que cumplan con la capacidad permitida recurriendo a medios mecánicos o electrónicos.
  • Se definió la actividad “Casa para Fiestas privadas”. En este tipo de locales queda prohibida la comercialización de entradas, comida, bebidas y otros servicios.
  • Se eliminó la figura de “Club de Cultura”. Los locales de uso cultural deberán adecuarse a las normas de seguridad de teatros independientes, clubes de música en vivo y salones de milonga y peña.

Será el Ministerio de Cultura el que emita el certificado de inscripción en el Registro de usos culturales.

  • Creación de un Registro Público de Bares para que los bares puedan adecuar la capacidad de personas a sus condiciones de seguridad específicas. Cada local tendrá un número único de registro que se renovará anualmente. Además los ciudadanos podrá conocer el estado de habilitación y funcionamiento de los locales vía web.
  • Creó la figura de “Permisos Especiales”, para eventos masivos como recitales o fiestas en lugares no habilitados para tal fin.

[DNU Nocturnidad](DNU 2/2010)