Bases y condiciones Convocatoria Residencias Nacionales

Conocé las bases y condiciones para participar de la convocatoria

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EVENTO: la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “ORGANIZADOR”) organiza el evento denominado “Foco Buenos Aires Danza Contemporánea”, a desarrollarse del 29 de octubre al 1° de noviembre de 2020.

En ese marco, y sujeto a los términos establecidos en las presentes (en adelante, la “CONVOCATORIA”), el ORGANIZADOR convoca a compañías y grupos que se desenvuelvan en el campo de las artes del movimiento.

1. Objetivos

1.1. Aquella compañía o grupo que desee participar (en adelante, el “POSTULANTE”) deberá inscribirse y presentar su proyecto (en adelante, “PROYECTO”) en formato de residencia a fin de generar un espacio que funcione como una suerte de laboratorio de creación (en adelante, la “RESIDENCIA”) a través de plataformas digitales, que pueda finalizar en un material (en adelante, el “MATERIAL FINAL”) de cualquier formato digital, según la naturaleza de la RESIDENCIA, siendo posible presentar alguno de los siguientes formatos: video, encuentro por aplicaciones como Zoom, Google Meets, Jitsi, proyecto escrito, podcast, WhatsApp, Telegram, etc.

1.2. La fecha de entrega del MATERIAL FINAL por parte de aquellos grupos o compañías seleccionadas (en adelante, los “SELECCIONADOS”) deberá ser propuesta por los POSTULANTES en el formulario de inscripción, teniendo que cuenta que el límite es el 1 de abril del 2021. Dicho material será difundido en plataformas digitales del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires o programado a través de aplicaciones de videoconferencias -según las posibilidades del formato en el que se presente- en fechas y plataformas a definir por el ORGANIZADOR.

2. Los postulantes.

2.1. Podrán postularse a la CONVOCATORIA compañías y grupos del campo de las artes del movimiento de todo el Territorio Nacional cuyos integrantes sean mayores de edad y cuenten con DNI argentino.

2.2. Podrán postularse grupos o compañías integrados por un mínimo de dos (2) y un máximo de seis (6) personas.

2.3. Podrán postularse compañías o grupos que se hayan presentado o hayan sido beneficiados con subsidios otorgados por organismos dedicados al fomento y la promoción de la actividad cultural, tanto públicos como privados, ya sea del orden nacional, provincial o municipal, de todo el país.

2.4. No podrán inscribirse empleados de la Dirección General Festivales y Eventos Centrales ni de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ni personas que presten servicios en forma permanente a esos organismos.

2.5. La inscripción en la presente convocatoria no impide la posibilidad de inscribirse en otras convocatorias presentadas por el Foco Buenos Aires Danza Contemporánea o por cualquier otra área del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

3. Inscripción

3.1. Los POSTULANTES podrán acceder a la CONVOCATORIA únicamente a través del formulario de inscripción online que se encuentra alojado en la página web buenosaires.gob.ar/festivalesba. Las inscripciones a la CONVOCATORIA podrán ser efectuadas a través de dicho medio, hasta las 23:59 hs. del día viernes 13 de noviembre de 2020.

3.2. Los POSTULANTES deberán completar los campos que les presente el formulario de inscripción, teniendo en cuenta que sólo revisten carácter obligatorio aquellos marcados con un asterisco.

3.3. Los POSTULANTES deberán presentar un desarrollo del PROYECTO que proponen para la evaluación de un comité de selección (en adelante, el “COMITÉ”).

3.4. Los POSTULANTES deberán presentar el formato o plataforma a través de la cual proponen realizar las RESIDENCIAS para la evaluación del COMITÉ, siendo posibles las alternativas antes mencionadas (video, encuentro por aplicaciones como Zoom, Google Meets, Jitsi, proyecto escrito, podcast, WhatsApp, Telegram) y otras que pudiesen ser propuestas por los POSTULANTES.

3.5. Los POSTULANTES deberán presentar al ORGANIZADOR un cronograma que indique la cantidad de encuentros, los días y los horarios que proponen para llevar adelante la RESIDENCIA.

3.6 Los POSTULANTES deberán presentar al ORGANIZADOR una fecha de entrega del MATERIAL FINAL, con fechas límite el 1 de abril del 2021.

3.7. Queda a criterio exclusivo de cada POSTULANTE la elección del espacio desde el cual realizará las actividades vinculadas con las RESIDENCIAS, siendo posible su propio domicilio, una sala de ensayo, un teatro y/o un espacio cultural al que tengan acceso. Asimismo será responsabilidad de cada POSTULANTES contar con los dispositivos tecnológicos (PC, Tablet, Celular) necesarios para llevar adelante las RESIDENCIAS.

4. Selección

4.1. El COMITÉ llevará a cabo entre los POSTULANTES una selección (en adelante, la “SELECCIÓN”) de hasta seis (6) grupos o compañías (en adelante, los “PARTICIPANTES”) a fin de llevar adelante los proyectos en formato de residencia. Se seleccionará un máximo de doce (12) artistas que conformen los diferentes grupos o compañías.

4.2. EL COMITÉ estará conformado por Roxana Grinstein, directora del Foco Buenos Aires Danza Contemporánea, Diana Theocharidis, directora artística del Teatro de la Ribera perteneciente al Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires y Federico Irazábal, director artístico del Festival Internacional de Buenos Aires (FIBA). Sus integrantes fueron seleccionados en busca de generar espacios de visibilización y futuras posibles conexiones para todos los POSTULANTES.

4.3. La SELECCIÓN se efectuará de acuerdo a la propuesta artística, la viabilidad de la misma y el cronograma de ejecución presentados.

4.4. Las decisiones tomadas por el COMITÉ serán de carácter irrecurrible e inapelable.

4.5. Cada PARTICIPANTE deberá indicar cuál será el integrante referente para llevar adelante la comunicación con el ORGANIZADOR.

5. El público

5.1. Si los grupos o compañías PARTICIPANTES así lo quisieran, y el medio a través del cual se desarrolle la RESIDENCIA lo permitiera, el proceso creativo de la misma podrá ser presenciado por el público, donde el mismo podrá dialogar con los mismos.

5.2. En caso de que el material final no sea publicado en plataformas digitales y tenga lugar en un espacio virtual (por ejemplo la aplicación Zoom), el público podrá tener acceso a la instancia de muestra del mismo. En un momento determinado de la misma el público podrá dialogar con los PARTICIPANTES de las RESIDENCIAS, buscándose generar un espacio de reflexión, análisis y preguntas y respuestas sobre el trabajo llevado adelante.

5.3. Los encuentros realizados durante las RESIDENCIAS deberán ser grabados por cada PARTICIPANTE y entregados al ORGANIZADOR a fin de poder contar con un registro del proceso de las mismas.

6. Premio

6.1. PREMIO ECONÓMICO: se instituye un premio económico de diez mil pesos argentinos ($10.000.-) para cada persona integrante de cada grupo o compañía PARTICIPANTE, cada uno de los cuales deberá cumplimentar una serie de requisitos a fin de poder percibirlo. (ver detalle en punto 9).

6.2. FORMA DE PAGO: el premio será abonado de manera individual a cada persona integrante del grupo o compañía PARTICIPANTE, no pudiendo ser percibido por un solo integrante del mismo en representación de todos ellos.

7. Plazos

7.1. El ORGANIZADOR anunciará los resultados de la SELECCIÓN a través de la página web buenosaires.gob.ar/festivalesba, en las redes de Festivales de la Ciudad de Buenos Aires (@festivalesgcba en Instagram, @festivalesgcba en Twitter y Festivales de Buenos Aires en Facebook) y/o en los medios de comunicación que estime convenientes, a su exclusivo criterio, a partir del día lunes 23 de noviembre de 2020.

7.2. El proceso de desarrollo de las RESIDENCIAS propuesto por los POSTULANTES deberá tener lugar durante los meses restantes del 2020 y los primeros meses del 2021, posteriores al anuncio de los PARTICIPANTES.

7.3 El MATERIAL FINAL deberá ser entregado por los PARTICIPANTES al ORGANIZADOR antes del 1 de abril del 2020 para ser publicado o difundido en plataformas digitales o programado a través de aplicaciones de videoconferencias -según las posibilidades del formato en el que se presente- en fechas a definir por el ORGANIZADOR.

8. Formalización de la SELECCIÓN.

8.1. Una vez difundidos los resultados de la SELECCIÓN, los PARTICIPANTES deberán confirmar su participación en el EVENTO dentro del plazo improrrogable de tres (3) días siguientes mediante la firma de una declaración jurada a través de la cual éste y/o las personas que lo integren quedarán obligados al cumplimiento integral de las condiciones establecidas en las presentes BASES Y CONDICIONES. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos por parte de algún PARTICIPANTE en el plazo estipulado será considerado una renuncia de su parte. La confirmación del PARTICIPANTE implica la aceptación integral de todas las condiciones establecidas en las presentes BASES Y CONDICIONES.

8.2. Cada PARTICIPANTE deberá indicar cuál será el integrante referente para llevar adelante la comunicación con el ORGANIZADOR

8.3. Los PARTICIPANTES tendrán la posibilidad de renunciar a la participación en la RESIDENCIA, lo que deberá ser comunicado al ORGANIZADOR. En este caso se podrán seleccionar nuevos PARTICIPANTES que los reemplacen.

8.4. Otras Formalidades: El ORGANIZADOR podrá requerir el cumplimiento por parte de cada PARTICIPANTE de todo otro requisito, que a su exclusivo criterio garantice su segura participación la RESIDENCIA, como por ejemplo, y sin que esto resulte con carácter limitativo, la firma individual de la cesión instrumentada en el apartado 10 del presente, la materialización por escrito de algún compromiso asumido bajo el presente, etc.

9. Cobro del PREMIO

9.1. A los fines del cobro del premio correspondiente, cada una de las personas integrantes del grupo o compañía PARTICIPANTE deberá presentar, en los plazos que determine el ORGANIZADOR, la siguiente información y documentación:
Nombre y Apellido
Copia de DNI (frente y dorso)
Teléfono de contacto
Curriculum Vitae en formato .pdf que acredite la trayectoria y pertenencia al campo de las artes del movimiento.
Constancia de CUIL
Certificación de cuenta en una entidad bancaria de la República Argentina.

9.2: La presentación de la documentación solicitada en los tiempos que establezca la producción del EVENTO es fundamental para el correcto desarrollo de los procesos administrativos.
9.3: Los plazos de pago del premio rondan los 90 y los 120 días hábiles a partir de una vez comenzado el trámite y dependen de los procesos administrativos de la Tesorería del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

10. Derechos de Imagen. Autorización.

10.1. Cada persona integrante del grupo o compañía PARTICIPANTE autoriza al ORGANIZADOR a filmar y/o divulgar y/o difundir y/o transmitir en vivo y/o en directo y/o diferido, y/o grabar total y/o parcialmente su nombre (real o artístico), su imagen, voz, opiniones, declaraciones, comentarios, reacciones y performance artística, así como cualquier otro aspecto con motivo de las RESIDENCIAS (título de la creación, interpretación, etc.) (en adelante la “IMAGEN”) durante o con motivo de suparticipaciónenla RESIDENCIA, lo que incluye pero no se limita a su inclusión en cualquier material periodístico y/o libros, avisos publicitarios y comerciales en general, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, puntos de venta, carteles gigantes, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en la República Argentina como en el extranjero, todo ello a solo criterio del ORGANIZADOR. Ello con más los derechos y facultades para que incluya y edite en la IMAGEN, y ejecute todo otro acto encaminado a la divulgación del contenido, sin restricciones ni límites temporales y/o geográficos, así como de medios para su reproducción y/o difusión existentes a la fecha del presente o a ser creados en el futuro. El material que se grabe y/o filme con motivo de la presentación del PARTICIPANTE en la RESIDENCIA que contenga la IMAGEN, constituirán propiedad exclusiva del ORGANIZADOR, quien contará con todos los derechos de difusión sin limitación geográfica ni temporal. Sin limitar lo anterior, cada persona física que compone al PARTICIPANTE renuncia a cualquier reclamo de “derechos morales” y demás derechos de cualquier tipo o naturaleza en relación con su participación en el EVENTO.

10.2. Efectos de la inscripción en la CONVOCATORIA: El hecho de inscribirse en la CONVOCATORIA implica el consentimiento y la conformidad expresa con todo lo dispuesto en el las presentes bases y condiciones por parte de cada persona física que integra al POSTULANTE.

11. Resolución de conflictos

11.1 En caso de controversia en la interpretación o implementación de las presentes Bases y Condiciones, los POSTULANTES y/o los PARTICIPANTES y la ORGANIZACIÓN se someterán a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que por cualquier motivo pudiere corresponderles; a tales efectos fijan sus domicilios especiales en los indicados en los formularios de inscripción, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que deban realizarse, dejándose establecido que las notificaciones judiciales que deban ser cursadas al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser efectuadas en Uruguay 458, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, conforme lo establece el Artículo 20 de la Ley Nº 1218 y el Artículo 1º de la Resolución Nº 77-PG-06.

Para mayor información:
buenosaires.gob.ar/foco
danzacontemporanea@buenosaires.gob.ar