BASES Y CONDICIONES SORTEO:
“LA GIOIA”: 5 PARES DE ENTRADAS PARA LAS FUNCIONES DEL 29 Y/O 30 DE ENERO DE 2020 A LAS 21HS EN EL TEATRO COLISEO
“PIEDRA”: 2 PARES DE ENTRADAS PARA LA FUNCIÓN DEL 26 DE ENERO DE 2020 A LAS 19HS EN EL CENTRO CULTURAL 25 DE MAYO
“CUANDO PASES SOBRE MI TUMBA”: 2 PARES DE ENTRADAS PARA LA FUNCIÓN DEL 30 DE ENERO DE 2020 A LAS 21HS EN EL TEATRO SAN MARTÍN
1- El presente SORTEO es organizado por el Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el ORGANIZADOR y se rige por las bases que se establecen a continuación (en adelante, las “Bases”). 2.- Las Bases podrán ser consultadas en la web de Festivales BA (/festivalesba).
El sorteo “LA GIOIA” tendrá vigencia desde las 16:00 horas del día jueves 16 de enero de 2020 hasta las 16:00 horas del día miércoles 22 de enero de 2020.
El sorteo “PIEDRA” tendrá vigencia desde las 16:00 horas del día sábado 18 de enero de 2020 hasta las 16:00 horas del día miércoles 22 de enero de 2020.
El sorteo “CUANDO PASES SOBRE MI TUMBA” tendrá vigencia desde las 16:00 horas del día domingo 19 de enero de 2020 hasta las 16:00 horas del día miércoles 22 de enero de 2020.
3- Podrá participar toda persona mayor de dieciocho (18) años, que se encuentre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al momento de la participación y de la función a sortear.
4.- Cada participante deberá poner “me gusta” a la página de Instagram de Festivales BA: https://www.instagram.com/FestivalesGCBA
5.- Quienes deseen participar del SORTEO y cumplan con los requisitos enunciados en el punto 3-, podrán hacerlo ingresando a: https://www.instagram.com/FestivalesGCBA y etiquetando a 3 personas en la publicación sobre el presente sorteo.
5- No serán válidos para participar del SORTEO todos aquellos que no cumplan con estos requerimientos. Es requisito para participar que todos y cada uno de los ANEXO - RESOLUCIÓN N° 10288/MCGC/17 N° 5242 - 27/10/2017 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1201 datos indicados sean verdaderos, exactos, vigentes y auténticos. Se considerará inválido cualquier intento de participación que incluya datos erróneos, inexactos, incompletos y/o fraudulentos. Asimismo, el ORGANIZADOR inhabilitará a cualquier Participante o Potencial Ganador que haya realizado tal conducta o llevare a cabo conductas fraudulentas en contra de los mecanismos de participación; como así también si se detectara el uso de algún sistema informático fraudulento y/o robot informático. En tales circunstancias, el ORGANIZADOR tendrá la facultad de analizar la conducta fraudulenta a través de los técnicos y peritos que considere pertinente. No se aceptarán reclamos de los Participantes por problemas de conexión en los equipos de informática que imposibiliten la participación de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes Bases.
6- No se admitirán ni participarán del SORTEO, aquellas registraciones recibidas por el ORGANIZADOR con posterioridad a la fecha de finalización de la vigencia, fijada en el punto 2- de las presentes bases y condiciones.
7- Transcurrido en su totalidad el Plazo de Vigencia, entre todos los Participantes que hayan cumplido correctamente con el modo de participación del SORTEO, se realizará un sorteo mediante la aplicación denominada easypromos.org , el día miércoles 22 de enero de 2020 a las 16:00 horas en el domicilio del ORGANIZADOR, sito en Agustín Caffarena 29, cuarto piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
8- Los Premios totales del concurso (denominados conjuntamente los “Premios”) son CINCO (5) pares de entradas para la función "La Gioia" para el 29 y/o 30 de enero de 2020 a las 21 hs en el Teatro Coliseo, sito en Marcelo Torcuato de Alvear 1125, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, DOS (2) pares de entradas para la función “Piedra” para el 26 de enero de 2020 a las 19 hs en el Centro Cultural 25 de Mayo, sitio en Triunvirato 4444 y DOS (2) pares de entradas para la función "Cuando Pases Sobre Mi Tumba" para el 30 de enero de 2020 a las 21 hs en el Teatro San Martín, sitio en Corrientes 1530. Se deja expresamente aclarado que los Premios no son canjeables por dinero, o bienes muebles o inmuebles, distintos a los aquí estipulados, como tampoco serán transferibles por parte del N° 5242 - 27/10/2017 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1202 ORGANIZADOR a terceros. Éste los asignará únicamente al Ganador.
9- Notificación y Entrega: Los ganadores de los premios serán notificados por Instagram luego de finalizado el sorteo, el día miércoles 22 de enero de 2020.
11- A partir del momento en que se hayan asignado los CINCO (5) pares de entradas para la función de “La Gioia”, las DOS (2) entradas para la función de “Piedra”, y las DOS (2) entradas para la función de “Cuando Pases Sobre Mi Tumba” previstas para el presente SORTEO, todos los restantes registros carecerán de valor.
12- Los premios no incluyen ningún otro producto y/o servicio que no esté expresamente mencionado en las presentes bases. En consecuencia, los gastos de cualquier naturaleza que deban incurrir los participantes y/o potenciales ganadores y ganadores y sus acompañantes para participar del sorteo, y/o recepción y usufructo del premio será de su exclusiva cuenta y cargo.
13- Se deja constancia que la falta de asistencia al evento, en el horario y lugar indicado por el ORGANIZADOR, por cualquier motivo o causa que fuera, N° 5242 - 27/10/2017 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1203 incluyendo caso fortuito y/o fuerza mayor por parte de los Ganadores hará perder en forma automática el derecho al mismo y a formular reclamo alguno al Organizador como consecuencia de la participación en el concurso.
14- Los premios objeto de este concurso son intransferibles.
15- Una vez usufructuado el premio por los ganadores, el ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por los mismos.
16- Los ganadores no podrán exigir el cambio de los premios por otro, ni su valor en dinero, ni por un bien ni servicio distinto a los indicados en el punto 8- de las presentes bases.
17- Los participantes del SORTEO, por el solo hecho de participar en el mismo, autorizan al ORGANIZADOR a publicar sus datos personales, tales como nombre y apellido, y/o imágenes y filmaciones, por los medios y formas de comunicación que el ORGANIZADOR crea conveniente, a su exclusivo criterio y decisión, durante la vigencia del SORTEO y hasta los dos (2) años posteriores al mismo, sin derecho a compensación alguna. Se considerara que los Participantes de la Promoción han prestado su consentimiento al participar en la misma.
18- El ORGANIZADOR no se responsabiliza por ningún daño personal o material o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada a los Participantes y/o a terceras personas, con motivo o en ocasión de su participación. Los Participantes eximen expresamente al ORGANIZADOR de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño y/o perjuicio sufrido, proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no resultare imputable en forma directa.
19- No podrán participar de la promoción ni hacerse acreedores de los Premios, personas jurídicas, el personal del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni tampoco los parientes de los mismos por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. N° 5242 - 27/10/2017 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1204.
20- El simple hecho de participar en el presente implica el conocimiento y aceptación de pleno derecho de todas las condiciones contenidas en las presentes bases, como así también la aceptación de las modificaciones que pudiera realizar el ORGANIZADOR en relación a prorrogar el concurso, y/o cambiar la fecha de realización del evento, y/o sobre cualquier otra cuestión no prevista en ellas. Dichos cambios no generarán derecho a reclamo alguno.
21- Queda establecido que el presente SORTEO no está patrocinado, administrado, ni asociado en modo alguno a Facebook.com, ni Random.org, encontrándose dicho dominio exento de toda responsabilidad sobre elmismo.
22- Los datos suministrados por los participantes se encuentran amparados por la Ley N° 1845 de protección de datos personales. El titular tiene derecho de acceso, previa acreditación de su identidad, a solicitar y obtener información relativa a los datos personales referidos a su persona que se encuentren incluidos en los archivos, registros, bases o bancos de datos del sector público de la Ciudad de Buenos Aires. Tiene Derecho de rectificación, actualización o supresión de sus datos. Al registrarse el usuario recibirá correos electrónicos sobre noticias de interés y demás novedades relativas al GCBA.
23- Los participantes se comprometen a solucionar amigablemente con el ORGANIZADOR las diferencias que se pudieran presentar sobre cualquier aspecto relativo a la interpretación y/o realización de este SORTEO. De no ser ello posible se someten a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero y o jurisdicción que pudiere corresponderles. A los efectos de toda notificación judicial el ORGANIZADOR, fija domicilio Legal en la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Uruguay 458 - Departamento Oficios Judiciales y Cédulas., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.