La Constitución Nacional de Argentina del año 1994 establece que “La ciudad de Buenos Aires tendrá un régimen de Gobierno autónomo con facultades propias de legislación y jurisdicción, y su jefe de gobierno será elegido directamente por el pueblo de la ciudad.”
Tener autonomía significa que la Ciudad posee sus propias instituciones locales y se rige por ellas, sin intervención del Gobierno federal -salvo en aquellas cuestiones no delegadas por la propia Constitución Nacional-.
Cabe destacar que la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana y federal, por lo cual, además de un Gobierno Nacional —que reside en la Ciudad— cuenta con 24 distritos subnacionales autónomos. Cada uno dicta para sí una Constitución de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional.
La Ciudad cuenta con su propia Constitución desde el año 1996, la cual determina:
- Derechos y Garantías.
- Lineamientos de las políticas de salud, educación, ambiente, hábitat, deporte, seguridad, igualdad entre varones y mujeres, entre otros.
- Derechos políticos y participación ciudadana para elegir nuestras autoridades.
- Organización y funcionamiento de los Poderes y órganos de control.
División de Poderes
Poder Ejecutivo: Jefatura de Gobierno
Responsabilidad primaria: administración general, planificación de la gestión y la aplicación de las normas de la Ciudad.
Poder Legislativo: Legislatura
Responsabilidad primaria: dicta leyes, resoluciones y declaraciones para hacer efectivos los derechos, deberes y garantías establecidos en la Constitución.
Poder Judicial: Tribunal Superior de Justicia, Consejo de la Magistratura, Tribunales y Ministerio Público.
Responsabilidad primaria: velar por el cumplimiento e interpretación de la Ley.
A su vez, el nivel local tiene subdivisiones internas denominadas Comunas que tienen la finalidad de lograr una mejor administración del territorio, para brindar una rápida solución a los problemas de los/las vecinos/as y satisfacer sus necesidades.
¿Sabías que...?
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires se divide en 15 Comunas que facilitan la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos.
Son unidades de gestión política y administrativa descentralizadas que ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad.
ODS 16.7 Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades
Acceso a Justicia
El ODS16+ impulsa la promoción de sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la Justicia para todos/as y construir instituciones eficaces que rindan cuentas en todos los niveles.