Viernes 18 de Octubre de 2013

Carta de Noticias de la Procuración General - Octubre 2013

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“Los abogados de la Ciudad se preparan...”(1) y “Primero la Gente”(2).

Estos dos antetítulos(3) de las respectivas notas que lucen en este ejemplar de Carta de Noticias, sintetizan –en buena medida-, la esencia de lo que debe ser la abogacía estatal. En efecto. Para la defensa jurídica del interés general es necesario un cuerpo de profesionales altamente formado y especializado. Porque las cuestiones de la vida en común cada vez son más complejas. La tarea de preparación y capacitación es entonces constante y debe nutrirse de las exigencias –siempre actuales y novedosas-, de la dinámica estatal.

“Primero la gente”(4) expresa con magnífica claridad, el norte y sentido de la acción gubernamental; y por cierto, de la abogacía estatal, como especie de la primera.

Sobre la base de estos ejes conceptuales y axiológicos, el Plan Estratégico de Abogacía Estatal 2014/2015, del Procurador General, el Doctor Julio CONTE-GRAND, prioriza la formación de cuadros profesionales y técnicos altamente entrenados.

Se trata de dotar a los abogados de la Ciudad, no sólo de contenidos jurídicos y científicos, sino también de desarrollar en ellos, dimensiones procedimentales y actitudinales que les permitan optimizar los saberes y destrezas adquiridos. A eso se enfoca el Programa de Especialización en Abogacía Estatal, Local y Federal, como capacitación profesional de Estado, inherente a los cometidos competenciales e institucionales de la Procuración General de la Ciudad. Este Programa será presentado el próximo jueves 24 de octubre de 2013, a las 11:00 horas, en el Teatro Presidente Alvear, ante el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Ingeniero Mauricio MACRI.

El enfoque local y federal es ciertamente un valor agregado. La actual fisonomía del derecho administrativo –globalizado–, que se manifiesta de modo singular en virtud del fenómeno de la socialización(5) y de la aplicación de las nuevas tecnologías; no tolera la mentalidad “aduanera” (Michel Foucault).

El derecho administrativo más allá de que en puridad siempre sea “local”, dado que es derecho constitucional concretizado -y debe guardar subordinación y correspondencia con los distintos niveles constitucionales involucrados-, resulta permeable a la penetración de principios, doctrinas y soluciones de otros ordenamientos positivos. Trátase de un verdadero proceso de retroalimentación (feedback).

El Plan sobre el que se referirá el Procurador, contempla la formación de los letrados de modo tal que estos se encuentren en condiciones de examinar su propio régimen con mentalidad comparatista e innovadora. No está ausente en la base del proceso formativo que se encara, la receptividad cognoscitiva de los condicionamientos de la realidad (realismo ontológico). Porque la realidad “golpea”, si es ignorada, o, como dijo un ex Presidente de la Nación, parafraseando probablemente a Aristóteles, “la única verdad es la realidad”. Todo plan estratégico para su implementación requiere ordenamiento de la acción hacia objetivos preestablecidos y dimensión temporal. Pero en esta visión sistémica y organizada, no nos proyectamos sólo en el tiempo, sino en el espacio.

Justamente para fortalecer la perspectiva federal, que siempre trae consigo, participación(6) y democracia viva. En tal sentido, el Dr. CONTE-GRAND ha suscripto dos convenios estratégicos con la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE) y con la Fiscalía del Estado de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Estos permitirán desplegar la influencia de la Procuración General así como enriquecerla, con las experiencias del derecho público local.

En la nota pertinente damos cuenta de la “región académica“ perfilada, ámbito en el que fluirá el conocimiento y los resultados de los procesos de aprendizaje propios de la abogacía estatal.

También destacamos en este número, la culminación del Curso dictado en el Teatro Presidente Alvear, y esta vez los protagonistas son los asistentes que, realmente, han dado cátedra. Los invitamos a conocer sus opiniones.

En otro orden, la abogacía de la Procuración General saluda a instituciones señeras que festejan su sesquicentenario: en efecto, en octubre, se cumplen 150 años desde el dictado de la primera sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, puesta en funcionamiento en enero de 1863. Y el 7 de noviembre, también del año en curso, la Procuración del Tesoro de la Nación, institución gemelar de la Procuración General de la Ciudad, alcanzará los 150 años de existencia. Y un poco más joven, ¡el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires ya cuenta con 100 años!

Las instituciones son lo que son, merced a la acción de las personas que a ellas han adherido con su acción cotidiana. De ahí el merecido reconocimiento a aquellos protagonistas que las prestigiaron con su dedicación y ejemplos, que han dejado su estela para la posteridad. Porque gran parte de la importancia de aquellas reside en que se conviertan en escuelas de vida, que aporten valores y enseñanzas a las generaciones venideras.

Seguimos con la sección “Perfiles de la Abogacía Estatal”, espacio que inauguramos en la edición anterior de Carta de Noticias, con la Procuradora General Adjunta de Asuntos Patrimoniales y Fiscales, Alicia ARBÓL. Contamos en tal sentido, en este ejemplar, con las colaboraciones del Director General de Empleo Público, Fernando LEMA, y del Jefe del Departamento Información Jurídica, Miguel ROSENBLUM; conspicuos integrantes de la Casa.

Como aportes doctrinarios, los trabajos de los Doctores Alejandro USLENGHI, y Mario MORELLI, a quienes también agradecemos.

Para finalizar, los remitimos a la nota del Procurador General, el Dr. Julio CONTE-GRAND, sobre federalismo.

(1) V. Nota Destacada.

(2) V. Nota “Culminó el Curso de Abogacía Estatal, Local y Federal”.

(3) Antetítulo: dícese de una frase u oración que va delante del titular de una noticia, y subordinado a este, dado que carece de autonomía.

(4) Título homónimo del libro de la autoría de Amartya SEN y Bernardo KLIKSBERG.

(5) Con este término aludimos al progresivo y constante incremento de las relaciones sociales, que permiten los medios de comunicación masivos.

(6) Esta es consecuencia de la natural estructuración del federalismo sobre la base del principio de subsidiariedad (v. MESSNER, Johannes; Ética Social, Política y Económica a la Luz del Derecho Natural, Ediciones Rialp, Madrid, 1967, ps. 643 y ss.).