Planificación 2019

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA Nº 47), la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las Resoluciones Nº 182-SGCBA/16 (BOCBA Nº 4.983) y Nº 41-SGCBA/18 (BOCBA Nº 5.346), el Expediente Electrónico Nº 35.042.229-MGEYA-GGTALSGCBA/18, y

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CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que, conforme dicho artículo la Sindicatura General de la Ciudad “tiene a su cargo el control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de gestión (…) de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la administración central y descentralizada”, siendo “el órgano rector de las normas de control interno”, ejerciendo por ello “la fiscalización del cumplimiento y aplicación de las mismas”;

Que la Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) fijó los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 121 de la Ley citada dispone que el Sistema de Control Interno queda conformado por la Sindicatura General de la Ciudad -órgano normativo, de supervisión y coordinación- y por las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo, estas últimas coordinadas técnicamente por esta Sindicatura General;

Que, a su vez, el artículo 123 inciso 12) y el artículo 130 inciso 7) de dicha Ley, establecen que es función de esta Sindicatura General y atribución del/de la Síndico/a General, aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y supervisar su ejecución y resultados;

Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada en los considerandos precedentes, también establece que el/la Síndico/a General cuenta con las atribuciones para organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;

Que, paralelamente, el inciso 3) de dicho artículo, dispone que el/la Síndico/a General tiene la facultad de elevar anualmente a consideración del/de la Jefe/a de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el anteproyecto de su plan de acción y presupuesto de gastos;

Que mediante la Resolución N° 182-SGCBA/16 se aprobó el Procedimiento para la Elaboración de la Planificación de Auditorías;

Que el artículo 3° de la citada normativa establece que las Unidades de Auditoría Interna deberán elevar la Planificación Anual Detallada para consideración de la Sindicatura General de la Ciudad, antes del último día hábil del mes de octubre de cada año;

Que la Resolución Nº 41-SGCBA/18 aprobó el Manual de Usuario Sistema Integral de Gestión y Control Interno (SIGECI), como instrumento idóneo para integrar la debida información para el monitoreo continuo de la gestión y del Sistema de Control Interno, aplicable a esta Sindicatura General y a las Unidades de Auditoría Interna;

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Trabajo de esta Sindicatura General y los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna;

Que del Expediente mencionado surge que se ha prestado conformidad al Plan Anual de esta Sindicatura General y a los Planes Anuales de las Unidades de Auditoría Interna, y en consecuencia, se ha recomendado su aprobación;

Que la Subgerencia Operativa Normativa, ha tomado la intervención correspondiente en virtud de sus misiones y funciones;

Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Nº IF 35.080.866-GGTALSGCBA/18. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017),

LA SÍNDICA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase el Plan Anual de Trabajo de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires para el año 2019, que como Anexo I, II, III, IV y V, Informe Nº IF 35.100.113-GGTALSGCBA/18, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º.- Apruébanse los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2019, que como Anexo VI, Informe Nº IF 35.102.579-GGTALSGCBA/18, forman parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Autorícese excepcionalmente a las Unidades de Auditoría Interna elevar la Planificación Anual Detallada correspondiente al año 2020 para consideración de la Sindicatura General, durante el mes de noviembre de 2019.

Artículo 4º.- Las modificaciones en la Planificación de las Unidades de Auditoría Interna serán aprobadas por el/la Síndico/a General Adjunto/a a través del Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por los Gerentes Generales de Auditoría Jurisdicción I y II, de esta Sindicatura General. Las modificaciones en la Planificación de la Sindicatura General serán aprobadas por el/la Síndico/a General a través del Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por las Gerencias Generales de Auditoría Jurisdicción I y II, la Gerencia General Auditoría de Comunas y la Gerencia Relaciones Institucionales de esta Sindicatura General.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo, al/a la Síndico/a General Adjunto/a, a las Gerencias Generales Jurisdiccionales I y II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Relaciones Institucionales y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese.