Defensa y Protec. al Consumidor

Defensa y Protec. al Consumidor
Las empresas deben asegurar la atención de los usuarios

Se podrá tramitar el boleto estudiantil en la Ciudad

La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, que depende de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, informa que ya se encuentran publicados en su página Web, los datos de las oficinas de atención al usuario que las empresas de transporte público automotor de pasajeros han habilitado para tramitar el boleto estudiantil en la Ciudad.

El buscador permite acceder a la información solo para las líneas de colectivos que tienen un recorrido parcial o total dentro de la juridiscción de la Ciudad de Buenos Aires. Así lo establece la Ley 3173, que obliga a las empresas a brindar atención a los usuarios durante un mínimo de cuatro horas diarias los primeros 10 días hábiles cada mes.

La ubicación de las oficinas deberá realizarse en zonas correspondientes a alguna de las comunas en las que realiza su recorrido. Otro de los puntos que establece la ley es la posibilidad de utilizar una misma oficina por más de una línea. Las empresas de transporte deberán notificar anualmente al organismo porteño los lugares, horarios y días de atención, antes del 28 de febrero de cada año.

En caso de que las empresas no cumplan con lo establecido por la normativa, Defensa del Consumidor aplicará el procedimiento administrativo de la Ley 757, que permite a los usuarios del servicio presentar una denuncia en cualquiera de los Centros de Gestión y Participación Comunal, a efectos de exigir que la empresa habilite una oficina de atención en la Ciudad.

Publicación: 19 de marzo de 2010