La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Subsecretaría de Atención Ciudadana porteña aplicó durante los primeros 9 meses de 2010
un total de 1059 sanciones por un total de $ 4.201.026, un 65% más que en igual período del año anterior.
El valor promedio por infracción a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor
ascendió a $ 9644.74 dentro del período analizado. Las sanciones más bajas fueron de 500 pesos, y la más alta fue impuesta a Galeno Argentina S.A. por un monto de 200 mil pesos, apelada por la demandada.
Al respecto el subsecretario de Atención Ciudadana, Eduardo Macchiavelli, expreso: “Desde la gestión hemos puesto el acento en acercar el servicio de asesoramiento y toma de denuncias al ciudadano;
para nosotros lo primordial es que el consumidor resuelva su problema rápidamente en Centro de Gestión y Participación Comunal. Sin embargo, se hace necesario corregir mediante sanciones aquellas conductas que no respetan a los consumidores.
En tanto el Director General de Defensa del Consumidor, Juan Manuel Gallo afirmó: “En el área de Defensa del Consumidor hemos incrementado sustancialmente el valor de la sanciones para dar un mensaje claro: cumplir con la Ley es el mejor negocio que pueden realizar las empresas. El cumplimiento genera confianza y la confianza genera mayor consumo”.
Hay que destacar que, de acuerdo a la normativa vigente,
los infractores deben publicar en un medio masivo que han sido sancionados, indicando los artículos de la Ley transgredidos y el monto de la sanción. Además, todas las multas impuestas por Defensa del Consumidor pueden ser consultadas por los consumidores en
www.buenosaires.gob.ar/consumidor
Qué hacer frente a un incumplimiento de una empresa
Defensa del consumidor ofrece a los ciudadanos un trámite rápido y efectivo para resolver sus conflictos de índole comercial. Lo primero que debe hacer el consumidor damnificado es asesorarse telefónicamente llamando a la línea gratuita 147. Para presentar una denuncia, el titular de la compra deberá acercarse a un Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC) con una nota relatando lo sucedido, más la documentación probatoria que pueda aportar (factura, ticket, contrato). En una tercera instancia, el consumidor y la/s empresa/s denunciada/s participan de una audiencia conciliatoria; en esta instancia, la empresa debe realizar su descargo y/o realizar un ofrecimiento a efectos de subsanar la problemática denunciada por el consumidor. Casi 8 de cada 10 casos, finalizan con un ofrecimiento que los consumidores aceptan, quedando resuelto el conflicto.
Vías de asesoramiento para los consumidores:
Telefónicamente a través de la línea 147, personalmente en todos los CGPC, por correo electrónico a
defensa@buenosaires.gob.ar
Los consumidores además pueden iniciar su denuncia vía Web ingresando a
www.buenosaires.gob.ar/consumidor
Si contrataste en la Ciudad – Jurisdicción:
Defensa del Consumidor porteña tiene jurisdicción para atender los conflictos ocasionados en la Ciudad, sin importar la residencia efectiva que tenga el consumidor (Ciudad o provincia). Lo importante es determinar dónde compró o contrató el producto o servicio. Asimismo la Ciudad cuenta una ley de procedimiento (Ley 757) que establece sanciones para las empresas que no asisten a la audiencia conciliatoria, una diferencia sustancial frente a otras posibilidades ofrecidas por organismos o asociaciones.