¿Cómo participar?
Todo lo que tenés que saber para presentar tu proyecto en Mecenazgo.
Participación Cultural - Mecenazgo
Es un programa de financiamiento de la plataforma Impulso Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires que permite el desarrollo de proyectos artístico culturales. A diferencia de los demás programas, Mecenazgo no es un subsidio directo, sino que depende del aporte de contribuyentes de Ingresos Brutos de la Ciudad. En ese sentido, es importante el contacto por parte con potenciales mecenas.
Cómo participo - Mecenazgo
Se sugiere leer con detenimiento el Reglamento General para conocer todos los requisitos y documentación completa para participar de la convocatoria de Participación Cultural - Mecenazgo. La solicitud se realiza vía TAD - Trámites a Distancia. Por cualquier duda o consulta, podés escribir a participacioncultural@buenosaires.gob.ar
Participación Cultural - Mecenazgo cuenta con una única convocatoria anual. La convocatoria 2022 se desarrolló del 1 de agosto al 22 de agosto, con una prórroga hasta del 29 del mismo mes a las 17h.
Pueden presentarse personas humanas y personas jurídicas sin fines de lucro, tales como asociaciones civiles, fundaciones, organizaciones no gubernamentales de todo el país, siempre y cuando el proyecto establezca vínculos con artistas de la Ciudad de Buenos Aires, así como también aquellas con domicilio en CABA, pudiendo desarrollar el proyecto en cualquier lugar de Argentina.
Se puede presentar cualquier proyecto de investigación, capacitación, difusión, creación y producción que estén encuadrados en alguna de las disciplinas artísticas/culturales: Danza; Artes visuales; Artes audiovisuales y arte digital; Teatro; Circo, mímica y afines; Literatura; Artesanías y arte popular; Diseño; Música popular; Música académica; Patrimonio Cultural; Publicaciones, radio, televisión y sitios de internet con contenido artístico y cultural; Infraestructura; Nuevas Tecnologías
Tanto como persona humana como persona jurídica podés presentar hasta 2 proyectos, pero sólo uno podrá ser seleccionado.
- Monto máximo para personas humanas: $1.000.000 (pesos un millón)
- Monto máximo para personas jurídicas: $15.000.000 (pesos quince millones)
En ambos casos, el Consejo de Participación Cultural puede aprobar un monto inferior al solicitado.
No, no existen incompatibilidades con presentarse en otros programas de Impulso Cultural.
La Ley de Participación Cultural establece que los proyectos culturales de "inclusión social" son aquellos que tengan por objeto el desarrollo de actividades en poblaciones y/o espacios vulnerables y/o aquellos que favorezcan el acceso a la cultura y/o las artes en dichas poblaciones y/o espacios.
Para brindar mayor transparencia a los procesos de selección, el criterio de aprobación de la categoría de Inclusión Social dependerá del Consejo de Participación Cultural, junto al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y el Ministerio de Hacienda.
La convocatoria consta de tres etapas de evaluación. El primer paso es el Control Documental, donde se revisa la documentación cargada en TAD - Trámites a Distancia durante la convocatoria. Se recomienda leer previamente el Reglamento General para conocer en detalle los requisitos y documentación a presentar. El segundo paso es la evaluación artística y de viabilidad del proyecto por parte del Comité Artístico, integrado por referentes de cada una de las disciplinas. Por último, el Consejo de Participación Cultural, conformado por tres miembros designados por el Poder Ejecutivo, dos miembros propuestos por la Comisión de Cultura de la Legislatura y un miembro propuesto por la Comisión Especial de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
Una vez que el proyecto es seleccionado, se lo incluye en el Régimen a través del cual podrá recibir aportes de los contribuyentes que tributan en Ingresos Brutos. Para ello, es fundamental que, en primer lugar, se realice la apertura de la cuenta bancaria en el Banco Ciudad. Una vez abierta, se deberá enviar por mail a participacioncultural@buenosaires.gob.ar la constancia de CBU junto al número de Expediente del proyecto, de manera tal que la cuenta esté vinculada al Régimen y esté habilitada en la AGIP para recibir aportes. En caso de contar con una cuenta preexistente de un proyecto anterior de Mecenazgo, se podrá solicitar la reasignación al nuevo proyecto, siempre y cuando el proyecto anterior se encuentre debidamente rendido y cerrado.
El primer paso fundamental es completar el formulario de Impulso Cultural para que el proyecto forme parte del Catálogo Online, una herramienta de gran utilidad donde potenciales patrocinadores analizan proyectos, de acuerdo a sus intereses. El formulario se envía una vez publicados los proyectos seleccionados de la Convocatoria.
Es importante destacar que la búsqueda de un patrocinador es responsabilidad del titular del proyecto y, por lo tanto, implica una búsqueda activa.
Hay dos maneras de vincularse con patrocinadores:
Contacto por parte del titular con el área correspondiente de la empresa para acercarle el proyecto. La selección de a qué proyectos aportar suelen estar bajo el criterio de las áreas de Responsabilidad Social Empresarial, Comunicación, Márketing o Institucionales, donde se analiza si las características del proyecto van en línea con la misión y visión de las empresas. Accedé a un video tutorial sobre búsqueda de patrocinadores.
Patrocinadores históricos que revisan el Catálogo, buscando proyectos de su interés. En caso de identificar un proyecto, el proceso de aporte de fondos comienza a través de la web de la AGIP, donde figuran los proyectos que hayan realizado el trámite de apertura de la cuenta bancaria y posterior vinculación al proyecto. Es por eso que es fundamental llevar a cabo este paso una vez notificado de que el proyecto fue seleccionado.
Charlas informativas
Con el objetivo de acercar las herramientas disponibles a los distintos sectores que componen el campo de los hacedores culturales, Mecenazgo llevó a cabo dos charlas informativa de manera virtual y con inscripción previa, los días miércoles 10/8 y martes 16/8.
TAD - Trámites a Distancia
La aplicación a la convocatoria se realiza de manera online a través de TAD - Trámites a Distancia. El TAD es el sistema online de tramitación a distancia con el que se aplica a todos los apoyos de Impulso Cultural. Para presentar el proyecto a la convocatoria es necesario contar con Clave Ciudad Nivel 2. Los requisitos para obtener la Clave Ciudad son diferentes para personas humanas y para personas jurídicas. En caso de que la titularidad del proyecto corresponda a una Persona Jurídica, es necesario hacer el trámite de vinculación de la Clave de la Persona Jurídica con su representante. De lo contrario, se tomará como un error de firma y se rechazará la solicitud.
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Ante cualquier duda o consulta sobre TAD podés comunicarte a la línea 147 o al mail tramitesadistancia@buenosaires.gob.ar. En caso de encontrar algún tipo de error en el sistema a la hora de la carga de la información sobre el proyecto, enviar mail con captura de pantalla, donde se indique el tipo de error, fecha y hora del mismo, al correo electrónico de TAD con copia a participacioncultural@buenosaires.gob.ar para hacer el seguimiento correspondiente.
En el marco de las medidas adoptadas para la prevención frente al COVID-19, todas las consultas respecto a la convocatoria y cuestiones administrativas relacionadas a Participación Cultural - Mecenazgo podrán realizarse vía mail a participacioncultural@buenosaires.gob.ar