Un Puerto de la Ciudad de Buenos Aires
Carta Democrática Interamericana
Aprobada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos. Lima, 11 de septiembre de 2001.
Código Iberoamericano de Buen Gobierno
Autor: Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo.
Los gobiernos firmantes (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, España, Guatemala, Honduras, México, Panama, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela) suscriben a este compromiso con la ciudadanía y los pueblos y se compromenten a implementarlo con el pleno apego a los valores que lo sustentan.
Ley de Participación Ciudadana de Baja California
Publicada en el Periódico Oficial No 7, de fecha 16 de febrero de 2001, Tomo CVIII.
Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre "Participación de los Ciudadanos en la vida pública local"
La presente ley es reglamentaria de los art. 5,8, 28, 34 y 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, es de orden público e interés social; tiene por objeto fomentar, impulsar, promover, consolidar y establecer los instrumentos y mecanismos que permitan regular el proceso democrático de participación ciudadana en el ámbito de competencia del Estado y de los Ayuntamientos.
Reglamento de Participación Ciudadana - Madrid
El reglamento entró en vigor el miércoles 23 de junio de 2004, y fue aprobado con carácter definitivo por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el 31 de mayo de 2004.
Dicho acuerdo de aprobación definitiva y el Reglamento están publicados en el Boletín Oficial de la comunidad de Madrid, nº 147, del 22 de junio de 2004, pag 80-90 y en el Boletín de Ayuntamiento de Madrid, nº 5610, del 29 de julio de 2004, pag 2683-2699.
Reglamento sobre Observación Electoral en la República de Paraguay
Corresponde a la Resolución Presidencia Nº9/2008, Anexo Elecciones Generales 2008, Reglamento de Observación Electoral del Objeto.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la acreditación y participación de los observadores electorales nacionales e internacionales en las Elecciones Generales 2008 para elegir Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores, Parlamentarios del MERCOSUR, Diputados, Gobernadores y Miembros de las Juntas Departamentales.