Ley ECI: Preguntas Frecuentes

Te contamos todo lo que necesitás saber sobre la nueva ley.

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¿Por qué es importante una nueva ley?

Porque genera un nuevo marco regulatorio hecho a medida para que los espacios puedan desarrollar sus actividades de la mejor manera.

¿Cómo van a hacer para embolsar en una misma ley a cada sector y tener en cuenta las particularidades de cada uno?

Esta ley toma lo mejor de las existentes y las reúne en una propuesta superadora que contempla a todas las clases de espacios culturales independientes. Es una ley que sirve para todos porque el sector tiende a la diversidad de manifestaciones artísticas. El modelo fragmentado de leyes sólo encarece su funcionamiento por tener que realizar tantas habilitaciones como disciplinas se produzcan.

Si esta nueva ley no deroga las existentes, ¿cómo van a hacer los centros culturales? ¿Pueden elegir?

Sí, quienes ya estén habilitados incluso pueden migrar a la ley ECI sin costo.

¿Cuál es el sentido de no derogar las anteriores?

Existen algunos casos que quedarían por fuera por superar los 500 m2 o la capacidad máxima de 300 personas. Además, hacerlo generaría inseguridad para los dueños de los espacios. Los lugares que ya estén habilitados por una ley específica existente así como los que estén en trámite, van a poder migrar si así lo desean a la nueva ley sin gastos.

¿Van a necesitar un gestor para pedir la habilitación?

Para migrar un local habilitado o con habilitación en trámite como teatro independiente, club de música en vivo, centro cultural, peña milonga, a ECI, el titular debe presentar según lo convenido con DGHP-AGC, una nueva encomienda profesional con planos. Esto involucra una diligencia a contratar con su profesional y gastos de honorarios a convenir entre los particulares. Obviamente, están exentos de pago de sellados o derechos ante la CABA.

¿Qué pasa con la venta de libros o de comida?

Se permite las ventas de estos productos en la previa, el durante y el tiempo posterior a una obra u otra manifestación artística.

¿Qué otras áreas participaron de la redacción de este proyecto de ley?

Es un la ley que requirió el trabajo conjunto de muchas áreas debido a la complejidad que supone. Fueron: la Agencia Gubernamental de Control, Agencia de Protección Agencia de Protección Ambiental, Defensa Civil, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y las asociaciones y plataformas que representan a los espacios culturales (Artei, Escena, Clumvi, Meca y Abogados Culturales.

¿Quienes pueden inscribirse en el CECI?

Aquellos espacios culturales existentes y nuevos que posean hasta 500 m2 y capacidad de hasta 300 personas y que deseen habilitación para el nuevo rubro ECI.

Los espacios que ya funcionan y tienen habilitación otorgada o en trámite, ¿pueden cambiarse de rubro?

Si. Si posees habilitación otorgada o en trámite ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos bajo los rubros Teatro Independiente, Centro Cultural, Salón Milonga, Peña, Club de Música y tu local posee hasta 500 m2 y hasta 300 personas, podes cambiar de rubro. Para ello, debes inscribirte en el CECI y luego presentar la documentación en la Agencia Gubernamental de Control para que curse el cambio de rubro.

¿Primero me inscribo en el CECI o solicito habilitación?

El primer paso para habilitar o cambiar de rubro, es obtener la inscripción en el CECI. Una vez realizado este paso, podrás realizar el trámite de Declaración Jurada (art. de la Ley Nº 6063) ante la Agencia de Protección Ambiental (APRA) y de Habilitación o Declaración Responsable ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos.

¿Me sirven los antecedentes culturales o de habilitación que poseo?

Es importante para los espacios preexistentes que desean cambiar de rubro y demostrar sus antecedentes de preexistencia en el circuito independiente, presentar ante el CECI, la agenda cultural desarrollada y las constancias de habilitación (definitivas o en trámite) de los rubros Teatro Independiente, Centro Cultural, Salón Milonga, Peña, Club de Música que posea el local.

¿Cómo realizo la inscripción en el CECI?

Se debe presentar la documentación solicitada ante el Ministerio de Cultura, quien evaluará la documentación y procederá a su inscripción en el catálogo ECI, para luego realizar las gestiones correspondientes para habilitar el local.

Mail de contacto por consultas: catalogoeci@buenosaires.gob.ar

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