Integración Productiva e Impulso al Trabajo en Barrios Populares

Fomentamos y gestionamos el pleno desarrollo productivo y su evolución en Barrios Populares.

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Qué es el Integración Productiva e Impulso al Trabajo en Barrios Populares

El Integración Productiva e Impulso al Trabajo en Barrios Populares es un proyecto destinado a impulsar el desarrollo de personas humanas, jurídicas y uniones transitorias de empresas de diversos rubros que se radiquen en determinados barrios populares de la Ciudad.

 

Qué barrios populares comprende la iniciativa

El proyecto abarca específicamente los barrios populares Barrio Playon Chacarita, Barrio Rodrigo Bueno, Barrio Villa 20 y Barrio Padre Carlos Mugica.

 

Quiénes pueden ser los beneficiarios de la Integración Productiva e Impulso al Trabajo en Barrios Populares

Podrán postularse a la iniciativa Personas Humanas inscriptas en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad; Personas Humanas inscriptas como Contribuyente Local o Convenio Multilateral en el impuesto sobre los Ingresos Brutos; Personas Jurídicas; Uniones transitorias de empresas, que desarrollen en los barrios populares mencionados alguna de estas actividades promovidas:

  • Venta de productos farmacéuticos
  • Centros médicos y servicios de salud
  • Lavanderías, tintorerías y acabado textil
  • Centros veterinarios y venta de productos veterinarios
  • Venta de artículos textiles, prendas, calzado y mercería
  • Venta, reparación y servicios de automotores
  • Venta minorista de artículos de bazar, juguetes, cotillón
  • Supermercados, mini mercados, kioscos
  • Hoteles, hospedajes y alojamientos transitorios
  • Servicios turísticos y de mensajería
  • Oficinas de atención comercial y al público
  • Garajes y servicios de depósito
  • Gastronomía, cafeterías y bares
  • Establecimientos educativos y servicios de enseñanza
  • Venta minorista de verduras, frutas, panadería y confitería
  • Servicios de peluquería, estética, spa y similares
  • Venta, reparación y mantenimiento de electrónicos, electrodomésticos
  • Venta bebidas minoristas
  • Actividades recreativas, deportivas, gimnasios
  • Venta minorista de ferretería.
  • Producción y venta de espectáculos
  • Servicios financieros bancarios.

 

Beneficios impositivos de formar parte de este régimen de promoción

 

Porcentaje del monto invertido que podrá tomarse como pago a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos*:

  • 1° al 15°: 80%.
  • 16° al 30°: 65%.
  • 31° en adelante: 50%.
*Se considera como monto invertido en un proyecto de desarrollo de espacios en el Distrito, los montos abonados por el beneficiario por los siguientes conceptos: a) El contrato de locación, concesión, u otro contrato que otorgue la posesión temporal del inmueble emplazado en el Distrito; b) Las mejoras efectuadas en el inmueble; c) La construcción de nuevos espacios destinados a locales comerciales y/u oficinas.