Acoso callejero

Para trabajar contra el acoso callejero, la Dirección General de la Mujer diseña estrategias de orientación y asistencia.

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El acoso callejero es la forma más naturalizada, invisibilizada y legitimada de violencia contra las mujeres. Es un primer eslabón de una larga cadena de violencias, que como todas, se basa en una relación desigual de poder entre los géneros. Son prácticas sutiles pero profundas que, en la relación asimétrica entre los géneros, refuerzan la dominación simbólica de la mujer.

Abordar el acoso sexual callejero desde el diseño y la formulación de políticas públicas y la elaboración de iniciativas legislativas se justifica en la necesidad de develar la naturalización de la violencia estructural, simbólica y de género manifestada cotidianamente en la calle afectando a miles de mujeres a diario.

En 2015, la Ciudad de Buenos Aires sancionó la Ley N° 5.306, convirtiéndose en la primera jurisdicción de la Argentina en sancionar una ley sobre Acoso Callejero. Asimismo, en 2016 se incorpora el acoso sexual en espacios públicos y privados de acceso públicos al Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires a través de la Ley N° 5.742.

Asistencia y contención

La Ciudad brinda orientación y acompañamiento a mujeres que han sufrido violencia sexual a través de:

  • Entrevistas de orientación.
  • Abordaje psicológico individual.
  • Entrevistas de orientación a familiares.
  • Derivación para asesoramiento legal.

Para solicitar asistencia, podés llamar a la Línea 144, acercarte a alguno de los Centros Integrales de la Mujer o comunicarte con el equipo del programa.

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