Estructura Organizativa Funcional del Ministerio de Educación del GCBA (vigente a octubre 2016)
El presente informe contiene la actualización de la "Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Educación" dentro de la organización institucional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función de las competencias que le fueran asignadas por la Ley de Ministerios N° 5.460 y su modificatoria Nº 5503.
Dicha estructura se ha ido modificando, de acuerdo a exigencias operativas y de administración, reorganizándose las misiones y funciones de los organismos que la integran, a los efectos del cumplimiento de los objetivos establecidos por la Gestión, en busca de la optimización de los recursos disponibles e implementación de nuevos roles, basados en principios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia, publicidad, concurrencia, razonabilidad y mejoramiento de la función pública.
Este informe presenta un esquema con la representación gráfica de las distintas áreas y el organigrama del Ministerio de Educación, en el que se muestra la jerarquización de los órganos e interrelaciones y la división de las funciones primordiales y, se explicitan las líneas de autoridad, a través de los diversos niveles, delimitando las competencias, responsabilidades primarias, acciones y objetivos de las dependencias que la componen, conforme las normas vigentes y sus últimas modificaciones.
Jardines de Infantes de Gestión Social-Centros Infantiles y Centros para la Primera Infancia
Dentro del marco de la Ley de Educación Nacional que reconoce las escuelas de gestión social como un tipo de gestión escolar que forma parte del Sistema Educativo Argentino, junto con las escuelas de gestión estatal, privada y cooperativa funcionan en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires instancias de gestión social o gestión compartida para la primera infancia en dos Ministerios: Educación y Desarrollo Social.
En el Ministerio de Educación se desarrollan Jardines de Infantes de Gestión Social; Centros de Primera Infancia del Programa Primera Infancia y Centros Infantiles. Con excepción de los Centros Infantiles que cuentan con una norma pasible de actualización, el resto se basa en los convenios suscriptos con organismos no gubernamentales.
Al mismo tiempo la Dirección General de Educación de Gestión Privada realiza la regulación de la habilitación, el funcionamiento y la supervisión de las instituciones privadas de carácter educativo asistencial- no incorporadas a la enseñanza oficial- que atienden a la población infantil de cuarenta y cinco días hasta cuatro años.
Al momento del cierre de este informe el Ministerio de Desarrollo Social lleva adelante el Programa Centros de Primera Infancia en la órbita de la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social.
Se presentan los textos completos de las normas de carácter nacional y local que rigen esta temática.
Lenguaje Inclusivo en la redacción de normas y documentos oficiales
En el presente informe se realizan en forma central comentarios al punto 2 del “Manual de pautas de estilo, composición, corrección de documentos legislativos y ediciones parlamentarias” del Honorable Senado de la Nación referido a la utilización de lenguaje no sexista o lenguaje inclusivo en la redacción de normas y documentos oficiales. Los ejemplos que se insertan en dichos comentarios aluden al ámbito educativo.
Las construcciones lenguaje no sexista, lenguaje inclusivo o lenguaje de género surgen de disciplinas diversas que investigan los efectos del sexismo y el androcentrismo en el lenguaje. La reflexión acerca del lenguaje sexista se concreta al mismo tiempo que el del lenguaje no sexista e inclusivo y se da en los campos de la filosofía, la sociología del lenguaje, la antropología lingüística y la etnografía lingüística y de forma interdisciplinaria en el ámbito de la Asociación Internacional de Lingüística Aplicada que conforma un foro amplio de investigadores de distintas universidades y es organismo consultor de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura-UNESCO-
Por otra parte la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires de 1996 en su Capítulo Noveno en torno a la igualdad entre varones y mujeres en su artículo 36º expresa que “La Ciudad garantiza en el ámbito público y promueve en el privado la igualdad real de oportunidades y trato entre varones y mujeres en el acceso y goce de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, a través de acciones positivas que permitan su ejercicio efectivo en todos los ámbitos, organismos y niveles y que no serán inferiores a las vigentes al tiempo de sanción de esta Constitución.” En tanto en el artículo 38º la Ciudad incorpora la perspectiva de género en el diseño y ejecución de sus políticas públicas y en la elaboración participativa de un plan de igualdad entre varones y mujeres.
Refiere a la modificación de los patrones socioculturales estereotipados con el objeto de eliminar prácticas basadas en el prejuicio de superioridad de cualquiera de los géneros.
Educación Tecnológica-Programación
En este informe se incluyen en primera instancia algunos antecedentes históricos de la educación digital en el Sistema Educativo de la Ciudad de Buenos Aires desde 1984 a 2006.
En segunda instancia contiene una descripción de las áreas con competencia en la materia dentro de la estructura organizativa del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de los últimos años a los efectos de la implementación de la educación tecnológica en las instituciones educativas y en la administración de la jurisdicción. Actualmente abarca un abanico importante de aspectos que van desde el apoyo pedagógico a todas las escuelas para la utilización de las TIC, la capacitación docente presencial o virtual, todo ello referido a los contenidos o estrategias involucrados en la incorporación de tecnologías, entrega de computadoras portátiles a los/as alumno/as, hasta destacar en el área de Planeamiento la Dirección Operativa de Incorporación de Tecnologías. En 2010 se puso en marcha el Plan Integral de Educación Digital por veinticuatro meses.
También se incluye un apartado con datos acerca la Ley Nº 2972 del año 2008 - texto consolidado al 28-02-2014 por la Ley N° 5454 - que crea el Distrito Tecnológico en el área geográfica que se extiende hasta los barrios de Boedo al norte, y Nueva Pompeya al sur y da cuenta de algunas noticias relacionadas con la precitada norma.