Impuesto a las Ganancias e Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Información sobre ambos impuestos.

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Monotributistas

Tenés que pagar un impuesto al mMnotributo; es decir, no debés pagar por separado el Impuesto a las Ganancias ni el IVA.

 

Autónomos

  • Impuesto a las Ganancias: tenés que inscribirte en este impuesto ante la AFIP y presentar una declaración jurada anual. El porcentaje a pagar varía entre 9% y 35% de acuerdo a los ingresos. El sistema funciona con anticipos mensuales que los contribuyentes deben realizar.

  • IVA: tenés que inscribirte en este impuesto ante la AFIP y pagarlo mensualmente. El porcentaje general del IVA es del 21%. Se utiliza un sistema de créditos y débitos que da como resultado el importe que vas a tener que ingresar.

 

Sociedades comerciales

  • Impuesto a las Ganancias: tenés que estar inscripto en este impuesto ante la AFIP. Este tipo de sociedad paga un porcentaje fijo de 35%, el cual está siendo reducido gradualmente. Si estás inscripto como PyME, podés utilizar lo que pagaste en Impuesto a Créditos y Débitos Bancarios como pago a cuenta para compensar Ganancias: 100% para micro y pequeñas empresas, y 50% para medianas tramo 1 industriales.

  • IVA: tenés que estar inscripto en este impuesto ante la AFIP. Si estás inscripto como PyME, podes diferir el pago de este impuesto a 90 días. El porcentaje general del IVA es del 21%.

 

Aclaración sobre el Impuesto a las Ganancias

En general y, con las limitaciones dispuestas en la ley, se puede descontar todo aquello necesario para producir, mantener o preservar la fuente de ingresos a los que se le puede aplicar impuestos.