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Trabajo en empresa de la familia

Un niño o niña de 14 o 15 años puede trabajar en una empresa cuyo titular sea su padre, madre o tutor, pero en esos casos las limitaciones que impone la Ley de Contrato de Trabajo es que la jornada laboral no supere las tres horas diarias o las quince semanales, que las tareas que realice no sean penosas, peligrosas y/o insalubres y que cumpla con la asistencia escolar (artículo 8 Ley 26.390).

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¿Cuáles son los requisitos?

  • a) Nota firmada por ambos padres o por el tutor, indicando la actividad que realizará el niño/a, la remuneración que percibirá, los días, horario y el domicilio en que lo hará. En dicha nota deberá constituirse domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, indicar un teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico en el supuesto de contar con el mismo. Deberá indicarse asimismo que la empresa familiar no se encuentra subordinada económicamente ni es contratista o proveedora de otra empresa,
  • b) Fotocopia de los documentos nacionales de identidad de los padres, del niño y de la partida de nacimiento.
  • c) En el supuesto que quien pida la autorización sea un tutor, debe acompañar fotocopias del documento nacional del mismo y de la resolución judicial que otorga la tutoría.
  • d) Certificado médico del que resulta que el niño/a se encuentra apto físicamente para desarrollar la actividad que va a desarrollar.
  • e) Constancia de alumno regular que acredite que el niño/a cumple con la asistencia escolar.

En el supuesto de acompañarse la documentación de los puntos d) y e) en fotocopias, las mismas deberán ser certificadas por escribano público nacional.

¿Cómo continúa el trámite?
Una vez presentada la documentación, la Dirección General de Empleo dicta la Disposición autorizando al niño/a a trabajar la cual debe ser retirada en Bartolomé Mitre 575, previa notificación por parte del sector correspondiente del día y horario de su retiro, o bien será notificada a la dirección de correo electrónico indicada en la nota de presentación.

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