Inscripción en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico
Podrán presentar un Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA) aquellos profesionales que se encuentren inscriptos en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico, los cuales deberán contar con instrumental de medición (sonómetros y calibradores) con sus certificados de calibración vigente, que cumplan las especificaciones establecidas en la Resolución N° RESOL-2023-288-GCBA-APRA.
La inscripción se realiza mediante Trámites a Distancia (TAD).
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA
I. Título terciario o universitario:
- Título terciario o universitario expedido por una institución de educación nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con competencia en materia de acústica y sonido; o
- Título terciario o universitario expedido por una institución de educación nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y antecedentes profesionales a los fines de acreditar conocimiento en materia de acústica y sonido, indicando rol y tareas desempeñadas según corresponda. En este último caso, la inscripción queda sujeta a consideración de la Dirección General de Evaluación Ambiental.
II. Instrumental con el cual se pretende escribir, debiendo cumplimentar:
Para la elaboración de Informe de Evaluación de Impacto Acústico en el que se estudien niveles sonoros, deberá inscribirse con el siguiente instrumental:
- Sonómetro integrador con su respectivo certificado de calibración original, con una vigencia menor o igual a dos (2) años. Debe satisfacer las siguientes especificaciones: IEC 61.672, o IEC 60.651 e IEC 60.804. Asimismo, para realizar evaluaciones según el procedimiento establecido en el Anexo X del Decreto N° 740-GCBA/07, se requiere que el sonómetro sea capaz de calcular el descriptor denominado percentil 90 (L90).
- Pistófono (calibrador de nivel sonoro) con su respectivo certificado de calibración original, con una vigencia menor o igual a dos (2) años. El pistófono debe satisfacer la IEC 60.942.
Para la elaboración de un Informe de Evaluación de Impacto Acústico en el que se estudien niveles de vibraciones, deberá inscribirse con el siguiente instrumental:
- Vibrómetro que incluya las ponderaciones de frecuencias conforme la norma BS 6841-1987 y sus modificatorias, según lo que establece el Decreto 740/07, y que permita obtener los descriptores contemplados en la norma BS 6462-1:2008, con su respectivo certificado de calibración original, con una vigencia menor o igual a dos (2) años.
Documentación
Podrán desempeñarse en Evaluación de Impacto Acústico aquellos profesionales que cumplan los siguientes requisitos:
a) Formulario de Solicitud de Inscripción de Profesionales en el Rubro previsto en el Artículo N° 39 inc. b) de la Ley N° 123, según consta en el Anexo IV.3;
b) Currículum vitae, suscripto por el profesional;
c) Comprobante expedido por el Colegio o Consejo Profesional vigente que acredite su habilitación para el ejercicio profesional en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, o declaración jurada que manifieste que no posee colegiatura en el mismo ámbito;
d) Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y en la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), según corresponda;
e) Declaración jurada en la que manifieste no pertenecer a la planta permanente o transitoria, o no encontrarse vinculado por contrato de locación de obra o servicios vigente con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, exceptuando el caso que se inscriba a fin de intervenir en un procedimiento de Evaluación respecto al organismo al cual pertenece;
f) Comprobante expedido por la Agencia de Protección Ambiental, o por quien ésta designe, que acredite haber asistido a - al menos - un curso de capacitación en el año de inscripción o de la renovación, según corresponda;
g) Constancia del pago de la correspondiente tarifaria, asociada a la inscripción del profesional y al instrumental de medición;
h) Copia del certificado de calibración de los equipos a inscribir con una vigencia menor o igual a dos (2) años.
Si desea realizar consultas relacionadas a la inscripción o acerca de las incumbencias del título, puede comunicarse vía mail a profesionalesimpactoacustico@buenosaires.gob.ar
Pasos para realizar el trámite
Inscribite a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.
Renovación al Registro de Profesionales de Impacto Acústico
Los profesionales deberán renovar la inscripción al Registro de Profesionales de Impacto Acústico cada (2) años. La renovación se realizará mediante el Sistema EDA. Para generar la boleta de pago, deberá ingresar el código de asistencia a la Capacitación para Profesionales de Impacto Acústico.
Recuerde que si su registro se encuentra vencido no podrá renovar mediante el sistema EDA. Deberá inscribirse nuevamente por primera vez a través de Trámites a Distancia (TAD).
Inscripción de nuevos equipos
Para incorporar nuevos equipos de medición deberán realizar el alta a través de la plataforma Trámites Digitales, incorporando:
- Nota detallando la documentación a presentar e indicando el número del expediente por el cual se inscribió en el Registro.
- Certificados de calibración vigentes.
- Constancia del pago de la correspondiente tarifaria asociada al instrumental de medición.
- Fotografía de el/los equipo/s a inscribir, a fin de constatar el estado de los mismos, precio a su inscripción.
Renovación de Equipos de Medición
Los profesionales deberán renovar la inscripción de sus equipos de medición cada dos (2) años, encontrándose sujeta a la fecha de los certificados de calibración de los equipos.
La renovación se realizará a través de la plataforma de Trámites Digitales.
Costos
$48.860,00
$32.560,00
$48.860,00
$32.560,00
* Valores vigentes hasta el 30 de septiembre.
Más información
Normativa
- Ley N° 1540/04
- Decreto N° 740/GCABA/07
- RESOL-2023-288-GCBA-APRA
- Anexo IV.3
- Instructivo Inscripción/ Renovación al Registro de Profesionales de Impacto Acústico 2024
- Ley tarifaria 2024
- RESOLUCIÓN N.º 81/APRA/24
- ANEXO I