Transporte escolar

Recomendaciones para la contratación de transporte escolar.

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Desde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires trabajamos todos los días para que los viajes de los niños sean cada vez más seguros.

A la hora de contratar servicios de transporte escolar se debe tener en cuenta que tanto el vehículo como el chofer cumplan con los requisitos estipulados por la Ley N° 2.148 (Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad) y su Decreto Reglamentario N° 1031/2008.

¿Qué debe tener un transporte escolar?

  • Estar identificado con color anaranjado en la parte media inferior y con color blanco en la parte superior y techo.
  • Poseer letreros que indican "Escolares" en letra negra en la parte delantera, trasera y en los laterales.
  • Poseer en la parte posterior la leyenda "ERSP 0800-222-ENTE (3687)". A ese número se le pueden radicar denuncias con relación a la prestación del servicio.
  • Estar equipado con luces intermitentes que deberán accionarse automáticamente al momento de producirse una apertura en cualquiera de sus puertas.
  • Poseer una oblea con número de habilitación otorgado por el GCBA fijada en la parte posterior.
  • Poseer dos puertas, ambas delanteras, a ambos lados del vehículo que garanticen el ascenso y descenso de los transportados por ambas manos. No deben ser accionables por los escolares sin previa intervención del conductor o persona mayor acompañante.
  • Poseer dos salidas de emergencia, claramente identificables con carteles indicativos luminosos, operables inclusive desde el exterior del vehículo y equipadas con un martillo de ruptura de cristales.
  • Estar equipados con cinturones de seguridad para todos los pasajeros.
  • Disponer de 2 (dos) lugares para escolares con movilidad reducida en la primera hilera de asientos. Estos deben contar con soporte que impida el movimiento de la silla de ruedas plegada durante el viaje.
  • Tener la Inspección Técnica Vehicular vigente realizada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Contar con el pago de patentes al día y con un seguro que cubra los riesgos del conductor, de las personas transportadas y terceros.

Acompañantes

Los vehículos que posean más de 15 asientos deberán asimismo contar con un acompañante mayor de 21 años debidamente acreditado ante el Registro de Acompañantes del Servicio de Transporte Escolar de la Dirección General de Gestión de Servicios de la Movilidad.

El acompañante es la persona encargada de vigilar y cuidar a los transportados durante el traslado y ayudar en la operatoria de ascenso y descenso.

Está prohibido

  • Fumar a bordo del vehículo.
  • Llevar un número de pasajeros mayor a la cantidad de asientos.
  • Transportar personas paradas.
  • Transportar personas que no sean los docentes, familiares o participantes de la actividad que acompañen a los menores con motivo de ella.
  • Velocidades máximas permitidas
  • La velocidad máxima a la que pueden circular los vehículos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires mientras realizan este servicio es de 45 km/h y de 70 km/h en autopistas.

Información para los transportistas

Los conductores deben estar inscriptos en el Registro de Conductores del Servicio de Transporte Escolar de la Dirección General de Gestión de Servicios de la Movilidad.

Para ello se les requiere:

  1. Certificado de aptitud psicofísica (anual).
  2. Certificado de curso obligatorio sobre primeros auxilios y evacuación de emergencia (cada 3 años).
  3. Licencia de conducir profesional de transporte de pasajeros D21 (hasta 20 personas) o D22 (más de 20 personas), expedida por la autoridad competente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
  4. Certificado de Antecedentes Penales (de no más de 30 días desde su emisión).
  5. Datos personales: DNI, domicilio real, teléfono, mail personal de contacto.
  6. Constancia de CUIL (choferes no titulares).
  7. Inscripción AFIP (conductores titulares).

Los vehículos que posean más de 15 asientos deberán contar con un acompañante mayor de 21 años debidamente acreditado ante el Registro de Acompañantes del Servicio de Transporte Escolar de la Dirección General de Gestión de Servicios de la Movilidad y que cumpla con las mismas exigencias que los conductores (a excepción de la licencia de conducir). También tienen la obligatoriedad de concurrir a cursos de primeros auxilios y de evacuación de emergencia.

Controles

El Ente Regulador de los Servicios Públicos del Ministerio de Seguridad del GCBA desarrolla de forma periódica operativos tendientes a verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

Más información

  • Organismo responsable: Gerencia Operativa de Registro de Transporte y Verificación Técnica.
  • Dirección: Av. Roca 4590, CABA.
  • Horarios de atención: lunes a viernes de 8:30 a 13 h.
  • Teléfono: 140 ó 0800-222-ENTE (3687)
  • Correo electrónico: taxis@buenosaires.gob.ar 

Código de Tránsito y Transporte

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Información vigente

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