TAD-Web del Director de Obra
Permite a los profesionales que ejercen como Directores de Obra en la Ciudad de Buenos Aires, realizar los pedidos de inicio de obra y las solicitudes de inspección siguientes, llevando su propio control de los trámites realizados ante la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras (DGFYCO).
Introducción
El Código de Edificación y su modificación establecida por Ley 6100 y Ley 6438 aprueba los Reglamentos Técnicos de los artículos 2.1.19 que establecen la DECLARACIÓN DE INICIO, AVANCE Y FINALIZACIÓN DE LAS OBRAS.
A partir de la reglamentación de la Ley 4268, todos los profesionales matriculados por el Consejo Profesional en su rol de Director de Obra, deben dar el inicio de obra ante la AGC, para su posterior verificación de avance.
Todos estos trámites que realizan actualmente los Directores de Obra ante AGC, pueden ser tramitados desde la plataforma TAD o ingresando directamente al sistema Web del Director de Obra.
Gestión de clave AGIP
Para poder ingresar al sistema “Web del Director de Obra” es necesario contar con Clave Ciudad Nivel 2. Las personas humanas la obtienen a través de la web de AFIP. También pueden hacerlo desde un Cajero Automático. Haga click aquí para más información.
Ingreso al Aplicativo de obras
Se ingresa a través del Sistema Web del Director de obra
Para ingresar al aplicativo, deberá completar su CUIT (sin puntos ni guiones) y Contraseña de AGIP y hacer clic en el botón “Ingresar”.
NOTA: PARA LOS PROFESIONALES DIRECTORES DE OBRA, EL USUARIO ES EL NÚMERO DE CUIT Y LA CONTRASEÑA ES LA CONTRASEÑA DE NIVEL 2 GENERADA EN AGIP .
RECUERDE QUE: Para los que ingresan por primera vez, su consejo profesional deberá activar el perfil del Profesional como “perfil de Director de Obra” en el sistema del consejo. Puede solicitarlo enviando un correo a su consejo correspondiente.
- CPAU: directordeobra@cpau.org
- CPIC: sastara@cpic.org.ar
Dar de Alta una Obra:
El Director de Obra deberá dar de Alta por única vez cada una de sus obras que estén por iniciar las tareas. Este procedimiento constará de 3 pasos:
Paso 1:
Ingreso del Número Expediente del Plano Registrado: El Expediente correspondiente a dicha obra registrada por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC).
Paso 2:
Confirmación de los datos de la obra ingresada.
Paso 3:
Enlace con el Consejo profesional: Carga los datos de los propietarios y número de encomienda profesional que serán validados por el consejo profesional correspondiente.
Pago de Tasa por Derecho de Inspección:
Es condición previa para el comienzo de la Obra Civil, la emisión y el correspondiente pago en concepto de la Tasa por Servicio de Verificación de Obra conforme lo establecido en la Ley Tarifaria.
Asignación de Plan de Verificaciones Especiales
Todas las obras con Permiso de Demolición, Obra Menor, Obra Media y Obra Mayor deberán cumplir con diferentes tipos de solicitudes e inspecciones desde el inicio, durante el avance de obra y hasta alcanzar el final de obra.
En cada una de estas inspecciones se verificarán estados diferentes de la obra y su variación dependerá de las características de la misma.
La Obra podrá requerir las siguientes verificaciones obligatorias según sus características:
- Solicitud de Inspección por Inicio de Demolición
- Solicitud de Inspección por Demolición Final
- Declaración de Inicio de Obra con o sin Excavacion
- Solicitud de inspección Excavación al 10%
- Solicitud de inspección Excavación al 50%
- Verificación N° 1
- Verificación N° 2
- Verificación N° 3
- Verificación N° 4
Solicitud por Etapa de Demolición:
No se podrán iniciar las tareas hasta que se lleve a cabo dicha inspección.
Al momento de la solicitud se deberá adjuntar la siguiente documentación:
- Permiso de Demolición emitido por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC).
- Plan de trabajos y memoria descriptiva de la demolición firmada por el Director de la Obra y por el Representante Técnico de la Empresa Demoledora.
- Póliza y recibo de pago de la Cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil Contra Terceros, Linderos Y Vía Pública. La misma deberá estar vigente dentro de los plazos de obra establecidos para la ejecución de los trabajos declarados.
- Requisitos de la póliza de seguro: El monto mínimo a cubrir para cada
tipo de obra se encuentra estipulado en Unidades Fijas de acuerdo al
cuadro de Reglamentación del Art. 2.1.19 del Código de Edificación. - Declaración jurada de la vigencia de la póliza.
- Certificado de desratización emitido por la Empresa de desratización, con fecha vigente de hasta 30 días hábiles.
- Copia del certificado de corte de energía eléctrica emitido por la empresa prestadora del servicio.
- Copia del certificado de corte de gas emitido por la empresa prestadora del servicio.
Solicitud por Etapa de Demolición Final:
En conjunto con la solicitud se deberá subir la siguiente documentación:
- Memoria técnica de estado de medianeras y plan de apuntalamiento, firmado por el Director de Obra y por el Profesional responsable de Higiene y Seguridad de la obra.
Solicitud por Etapa de Inicio de Obra CON o SIN Excavación:
En conjunto con la solicitud se deberá subir la siguiente documentación:
- Permiso de Obra emitido por la DGROC.
- Plan de trabajos y memoria descriptiva de excavación firmada por el Director de la Obra y por el Representante Técnico de la Empresa Excavadora. (En caso de no contar con excavación informar plan de trabajo y memoria de las tareas de obra a realizar)
- Memoria de Plan de Trabajo donde se deberá indicar la forma en que se procederá a la extracción y evacuación del agua que se pueda acumular en los pozos en caso de inundación por lluvia u otro motivo y la depresión de napa de agua subterránea.
- Póliza y recibo de pago de la Cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil Contra Terceros Linderos Y Vía Pública. Dicha póliza deberá estar vigente dentro de los plazos de obra establecidos en la ejecución de los trabajos declarados.
- Declaración jurada de la vigencia de la póliza.
Solicitud de Inspección por Verificaciones Especiales 1, 2 y 3:
- Se deberá cargar una foto actual al avance de obra solicitado.
Desligue de Obra en Ejecución
¿Quién puede realizar este trámite?
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El Director de Obra o el Propietario puede dar aviso a aviso a la Agencia Gubernamental de Control cuando se realice un desligue unilateral del profesional Director de Obra.
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El profesional Director de Obra deberá notificar del desligue de la obra dentro de las 72hs de efectuarse este movimiento.
Este trámite se realizará mediante el sistema “Trámite a Distancia (TAD) - Portal web Director de Obra” donde deberá completar y enviar el “Formulario de Notificación de Desligue de Obra”, que se podrá descargar desde la web, en el cual se deberá informar el estado en que se encuentra la obra.
Esto permitirá la desvinculación de la obra en el Aplicativo Web, permitiendo que un futuro Director de Obra pueda tomar nuevamente la obra en el sistema.
Las consultas remotas puede realizarlas a través de la Mesa de atención virtual de AGC.