Diccionario Jurídico

Es una compilación de significados y usos de términos jurídicos.

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● A

Abandono-Avenencia

  • Abandono de familia:​ Delito que comete el que deja de cumplir, pudiendo hacerlo, los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela o matrimonio, de alguna de las formas que previene el precepto.
  • Abandono del hogar conyugal: Se concreta cuando cualquiera de los cónyuges se aleja del hogar con el propósito de eludir el cumplimiento de los deberes de convivencia y/o asistencia mutua.
  • Ab-Intestato: ​Se denomina así al juicio sucesorio de una persona que fallece sin testar y, al procedimiento sobre la herencia y adjudicación de los bienes de la persona fallecida.
  • Abogado del Estado: ​Letrado que ostenta la representación y defensa de los intereses del Estado.
  • Abuso de derecho: ​Se dice del ejercicio de un derecho excediendo el límite que establece la buena fe o el fin por el cual se otorgó ese derecho.
  • Acción popular: ​Aquella que puede utilizar cualquier ciudadano para impugnar un acto lesivo para el interés general. Es decir, para ejercitar la acción penal.
  • Acreedor: ​Sujeto activo de una obligación. El que tiene derecho a pedir el cumplimiento de una obligación o crédito.
  • Acta: ​Relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado por varias partes. En todo juicio o comparecencia en un Juzgado se hace un acta en el que se relatan actos o hechos con fines jurídicos.
  • Acto administrativo:​ Es toda declaración de un órgano del Estado que genere efectos jurídicos sobre las personas.
  • Admitir a trámite: ​Actuación oficial mediante la cual un organismo acepta resolver lo que se solicita.
  • Agravantes: ​Son aquellas circunstancias que pueden concurrir en la ejecución de un delito, las cuales exceden la gravedad del término medio que la ley considere como tipo al definir ese delito.
  • A instancia de parte: ​Aquellos casos en los que el Juez, el Fiscal u otro organismo inician una investigación, juicio o procedimiento solicitada por el interesado.
  • Allanamiento de la demanda: ​Conformidad del demandado con lo solicitado por el demandante.
  • Anotación preventiva: ​Anotación provisional que se hace en el Registro de la Propiedad, o en cualquier otro registro público, cuando no puede ser inscrito definitivamente, para asegurar el cumplimiento de resoluciones judiciales con la eficacia del ejercicio de cualquier derecho real.
  • Apelación: ​Recurso procesal por el que se solicita de un tribunal superior,revoque,modifique o sustituya una resolución judicial dictada por el inferior. En ese caso pasa de la primera a la segunda instancia judicial o administrativa.
  • Apremio: ​Mandamiento de autoridad en virtud del cual se obliga a una persona a cumplir aquello que es obligatorio.
  • Apud acta: ​Actuaciones judiciales que se hacen constar por acta unida al procedimiento de que se trate. (un ejemplo muy frecuente será el apoderamiento de procurador mediante comparecencia del interesado ante el secretario judicial).
  • Arancel: ​Tarifa oficial que determina la tarifa u honorarios que deben percibir los profesionales por la prestación de sus servicios.
  • Arbitraje: ​Forma de solucionar conflictos mediante el sometimiento de los interesados a la decisión de un tercero (árbitro).
  • Arras: ​Lo que se da en seguridad o prenda del cumplimiento de un contrato.
  • Asistencia Jurídica Gratuita: ​Derecho que tienen las personas que carecen de suficientes medios económicos a que el Estado asuma los gastos derivados de los procesos judiciales(gastos de abogados, procuradores y otros profesionales; costas de realizar las pruebas, etc.).
  • Atestado: ​Documento oficial labrado por la policía judicial y que contiene la constatación de un hecho, averiguaciones practicadas y cualesquiera otras diligencias policiales encaminadas a la averiguación de un hecho delictivo para ser remitido a la autoridad judicial competente
  • Audiencia: ​Acto de oír un juez o tribunal a las partes y testigos para decidir los pleitos y causas.
  • Autoridad de cosa juzgada:​ Se dice de aquella cuestión o litigio que ha sido resuelta definitivamente, sin posibilidad de recursos ni de nuevo planteamiento.
  • Avenencia: ​Convenio, transacción. Acuerdo de las partes en un procedimiento.

● B

Bastantear-Buena fe

  • Bastantear:​ Declaración de un abogado que afirma que el poder es suficiente para actuar como apoderado de otra persona, en un asunto determinado.
  • Bienes accesorios: ​No poseen un régimen jurídico propio ni autónomo,sino que dependen de otros o a ellos se está adherido.
  • Bienes inmuebles:​ Aquellos bienes que no se pueden trasladar de sitio o ubicación sin que éstosse destruyan o sufran deterioro.
  • Bienes ab intestato: ​Son los bienes que deja una persona al fallecer sin que haya dejado testamento o habiéndolo dejado, éste es nulo o ha perdido su validez.
  • Bienes indivisos: ​Los que pertenecen a dos o más personas sin que esté individualizada la parte concreta que pertenece a cada una de ellas.
  • Bloqueo registral: ​Anotación preventiva con plazo de vigencia de 60 días, con el fin de garantizar el ingreso a los Registros Públicos de un futuro título durante dicho plazo, no aceptándose otro hasta que termine el plazo señalado.
  • Buena fe:​ Conducta ajustada a la Ley. Obrar con honradez.

● C

Caducidad-Curatela

  • Caducidad: ​Pérdida o extinción de una acción o de un derecho por el transcurso del plazo establecido en la Ley para poder ejercitarlo.
  • Calumnia:​ Imputación falsa de un delito a una persona.
  • Capacidad procesal: ​Tener aptitud o facultad para comparecer en un juicio.
  • Capitulaciones matrimoniales:​ Convenio firmado por los cónyuges en el que se regula el régimen patrimonial del matrimonio.
  • Careo: ​Confrontación entre testigos o entre estos y las partes cuando los testimonios o posiciones en un procedimiento son contradictorios respecto de unamisma situación con el objeto de averiguarla verdad sobre los hechos.
  • Cargas:​ Conjunto de deudas que existen sobre un patrimonio determinado. Es el débito que debe soportar una persona.
  • Casación:​ Recurso extraordinario que se presenta ante el Tribunal Supremo contra las resoluciones o sentencias dictadas por el inferior con la finalidad de anularlas.
  • Catastro: ​Registro Público en el que se inscriben los bienes poseídos por cada vecino del municipio correspondiente, atendiendo a la cantidad y calidad de los mismos, con el fin de servir de base para estimar su participación en los impuestos o contribuciones.
  • Cautelar:​ Son todas aquellas actuaciones o medidas de carácter provisional que se pueden adoptar por órganos de la Administración Pública o Jueces o Magistrados del Poder Judicial, para garantizar el resultado de la decisión administrativa o judicial.
  • Cédula:​ Documento que se elabora para comunicar una orden o un acto emanado por parte del órgano judicial a una persona interesada en el procedimiento de que se trate.
  • Circunstancias agravantes: ​Aquellas circunstancias que aumentan o incrementan la responsabilidad criminal.
  • Circunstancias atenuantes: ​Aquellas circunstancias que disminuyen la responsabilidad criminal por el delito cometido.
  • Cohecho: ​Delito consistente en que la autoridad o funcionario público acepte una contra prestación a cambio de realizar o no realizar un acto propio de su puesto o cargo público.
  • Cómplice: ​El que sin ser autor, ha tomado parte en la comisión de un delito por actos previos o simultáneos.
  • Conclusiones: ​Resumen que realiza el abogado al finalizar un proceso, analizando las pruebas y testimonios que han tenido lugar en el mismo.
  • Condena en costas: ​Condenar a la parte vencida de un proceso a pagar los gastos ocasionados para la tramitación del mismo: honorarios de peritos, abogados, etc.
  • Confeso: ​Persona que declara o confiesa el reconocimiento de la comisión de un delito.
  • Consignar: ​Depositar judicialmente la cantidad de dinero exigida en el Juzgado, que tiene lugar cuando el acreedor no quiere recibir el pago ofrecido por el deudor o se encontrara ausente
  • Consuetudinario: ​Dícese del derecho adquirido por efecto de la costumbre.
  • Contencioso: ​Asunto controvertido que está sujeto o sometido a juicio.
  • Curatela: ​Institución jurídica que consiste en la representación legal de los incapaces mayores determinada por un Juez,.

● D

Dación-Dolo

  • Dación en pago: ​Se llama así a un de terminado modo de extinción de las obligaciones. .
  • Declaración:​ Afirmación de un hecho o situación de derecho o un asunto determinado..
  • Declaración de ausencia o de fallecimiento:​ Situación jurídica derivada de la desaparición de una persona de su domicilio sin noticias y paradero desconocido, y cuando es declarada por elJuez. La ley permite declarar a la persona que ha desaparecido que se presuma fallecida a fin de que sus familiares puedan disponer de sus bienes.
  • Declaración de herederos: ​Pronunciamiento judicial mediante el cual se reconoce el carácter de heredero emergente de la ley.
  • Declaración de incapacidad:​ Decretada por juez competente a pedido de los parientes del incapaz y una vez de verificada la misma, con el fin de dirigir sus acciones y administrar sus bienes.
  • Declaración de prodigalidad:​ Declaración de incapacidad de la persona que malgasta su caudal con ligereza, poniendo con ella en peligro injustificado su patrimonio, con perjuicio de su familia.
  • Declaración de rebeldía: ​Situación procesal de quien no ha comparecido a estar a derecho, habiendo sido notificado correctamente.
  • Delito consumado: ​Cuando el delito ha llegado a su completa ejecución y se ha producido el mal material o moral en qué consiste.
  • Delito culposo: ​Aquel que se comete por imprudencia o negligencia.
  • Delito de omisión:​ Producción de un delito mediante la inactividad cuando existe el deber de obrar.
  • Delito doloso: ​El cometido con conciencia y voluntad.
  • Demanda: ​Es el acto jurídico procesal de iniciación del proceso judicial.
  • Demandado:​ A quien se hace un reclamo en el proceso judicial.
  • Demandante: ​Que pide o demanda una cosa en juicio. También se conoce como actor o litigante.
  • Denuncia: ​Acto mediante el cual una persona pone en conocimiento del juez, fiscal o autoridad competente, la comisión de un delito o falta.
  • Desistimiento: ​Acto de apartarse voluntariamente de una demanda o de un determinado derecho,sin que esto implique renuncia a los derechos que ejercita.
  • Decreto: ​Decisión, resolución o disposición de un gobernante o de una autoridad superior, sobre cualquier materia, teniendo el carácter de las leyes.
  • Decreto-ley: ​Es el acto de carácter legislativo producido por el poder ejecutivo, en determinadas circunstancias y requiere el expreso pronunciamiento del Congreso sobre su convalidación o derogación.
  • Diligencias preliminares: ​Son aquellas destinadas a la preparación del juicio que piensa entablarse y en los cuales se solicita intervención judicial.
  • Diligencias previas:​ Se designa a la instrucción previa de las causas criminales. El juez practicará como diligencias previas a la apertura del proceso penal las esenciales encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, personas que hayan participado y procedimiento aplicable, practicadas las cuales, adoptará alguna de las siguientes resoluciones: archivo de actuaciones, declaración de falta de mérito o la continuación por sumario o diligencias preparatorias, o inhibición a favor de la jurisdicción de menores.
  • Dolo: ​Es sinónimo de mala fe. Significa la maquinación con la intención de que se sirve uno de los contratantes para engañar al otro.

● E

Edicto-Eximentes

  • Edicto:​ Documento que se publica en los periódicos oficiales, diarios o tablón de anuncios del juzgado que tiene por objeto transmitir a una o varias personas una notificación, citación, emplazamiento, etc.
  • **Efecto retroactivo:​ Leyes que se aplican a hechos y situaciones anteriores a la fecha de su publicación.
  • Efecto suspensivo:​ El efecto que tiene un recurso que paraliza la ejecución de la resolución recurrida.
  • Ejecución: ​Fase del juicio en que se procede a cumplir lo ordenado en la sentencia dictada por el juez.
  • Ejecutoria: ​Efecto de la sentencia que no admite apelación.
  • Emancipación: ​Extinción de la patria potestad o tutela, confiriendo a los menores un grado de capacidad similar a la mayoría de edad.
  • Embargable: ​Que puede ser embargado.No puede embargarse el hecho cotidiano del deudor y su familia,ropa y mobiliario y material de trabajo, y salario, sueldo o pensión que no exceda del mínimo
  • Embargo: ​Retención, traba o secuestro de bienes por mandato del juez o autoridad competente.
  • Emplazamiento:​ Acto mediante el cual una persona es convocada para que comparezca en el juzgado.
  • Exequátur:​ Proceder que hace posible la ejecución de resoluciones dictadas por tribunales extranjeros. También autorización que otorga el jefe de un Estado a los agentes extranjeros para que en su territorio puedan ejercer las funciones propias de su cargo.
  • Exhorto: ​Comunicación de un juez o tribunal a otro de la misma categoría, solicitándole que le auxilie en la práctica de alguna diligencia.
  • Extemporáneo: ​Fuera del tiempo establecido.
  • Extrajudicial:​ Lo que se resuelve fuera del ámbito judicial.
  • Expropiación forzosa: ​Transferencia coactiva de la propiedad privada desde su titular al Estado previo pago de una indemnización.
  • Extradición: ​Entrega que un país hace a otro de un presunto delincuente, para ser juzgado donde se cometieron los hechos o para el cumplimiento de una condena.
  • Eximentes: ​Circunstancias por las que no se castiga a una persona por el delito o falta que cometió.

● F

Fáctico-Fungibles

  • Fáctico:​ Aquello que es relativo a los hechos.
  • Fallo: ​Sentencia o pronunciamiento definitivo en un procedimiento.
  • Falta:​ Dícese de las acciones u omisiones de carácter voluntario penadas por la ley con penas leves.
  • Fe pública:​ Veracidad atribuida a determinados funcionarios públicos respectos de hechos y actos en los que intervienen.
  • Fe de vida:​ Documento expedido por el Registro Civil, que acredita la existencia de una persona.
  • Fianzas judiciales:​ Las que tienen por objeto, garantizar responsabilidades derivadas de un determinado pleito.
  • Fideicomiso: ​Acto de última voluntad por el que una determinada persona deja todo o parte de sus bienes a otra (fideicomisario), a fin de que destine dichos bienes a un fin concreto.
  • Fiduciario:​ Persona que, por orden de quien suscribe el testamento, debe entregar a un tercero,todo o parte de la herencia que ha recibido.
  • Firme: ​Sentencia contra la cual no cabe ningún tipo de recurso en instancia superior.
  • Folio: ​Página de un expediente o proceso.
  • Forense: ​Relativo al foro judicial. Médico que presta asistencia técnica a los Juzgados y Tribunales.
  • Fungibles: ​Bienes que se consumen con su uso y pueden sustituirse o reponerse por otros de similares características.

● G

Ganancial-Gravamen

  • Ganancial: ​Bienes que se ganan o incrementan durante el matrimonio sujeto al régimen de gananciales.
  • Garantía: ​Aval, fianza.
  • Generales de la ley:​ Serie de preguntas que realiza el Juez, aun cuando las partes no las soliciten, para determinar circunstancias personales de interés, a los efectos de obtener la mayor de las eficacias en el testimonio.
  • Gravamen:​ Carga u obligación, que pesa sobre las personas o cosas.

● H

Habeas corpus-Hurto

  • Habeas corpus:​ Garantía de la libertad ambulatoria. Procedimiento a través del cual, se solicita la inmediata puesta a disposición judicial de un detenido, con al objeto de resolver sobre su libertad o arresto.
  • Habilitación: ​Autorización que se otorga a un tercero para llevar a cabo un acto.
  • Hechos probados: ​Aquellos que, en su sentencia, el Juez o Tribunal valora como ciertos.
  • Heredero: ​Persona que sucede a un tercero fallecido en sus bienes, derechos y obligaciones.
  • Homicidio culposo:​ El realizado sin intención y por exclusiva negligencia.
  • Horas hábiles: ​Aquellas durante las cuales pueden llevarse a cabo las actuaciones judiciales, concretamente, de 8.00 a 20.00 horas.
  • Hurto: ​Apoderarse ilegítimamente de un bien mueble y que a diferencia del robo,se lleva a cabo sin violencia. En función del valor económico de lo hurtado, este acto se considerará delito o falta.

● I

Imprudencia-Iuris tantum

  • Imprudencia: ​Falta involuntaria cometida por una persona sin intención de hacer daño.
  • Impugnable: Que es susceptible de interponer un recurso.
  • Impune: ​Acto llevado a cabo por una persona y que queda falto de castigo.
  • Imputado: ​Persona a la que se le atribuye la participación en un delito y contra quien se dirige la pretensión punitiva del Estado.
  • Inalienable: ​Cosa u objeto que no puede ser vendido, cedido ni transferido si se trata de derechos, los inalienables son considerados como los fundamentales, aquellos, que no pueden ser negados a una persona.
  • Inapelable: ​Resolución no susceptible de ser apelada.
  • Incapacidad: ​Carencia de la aptitud necesaria para el ejercicio de derechos o para adquirirlos por uno mismo, el que no tiene capacidad de obrar.
  • Incautación: ​Acto por el que la autoridad competente desposee a una persona de sus bienes, por haber llevado a cabo una actuación ilícita.
  • Incoar: ​Dar inicio a un proceso o expediente.
  • Incomparecencia: ​Acto por el que una persona citada previamente por la autoridad o tribunal, no se presenta. Cuando esta incomparecencia es llevada a cabo por el litigante o demandante, da origen a la constitución en rebeldía.
  • Incompetencia: ​Falta de jurisdicción de un Juez o Tribunal, para conocer de un asunto determinado.
  • Incriminar: ​Acusar a alguien de haber cometido o participado en la comisión de un delito o falta.
  • Inculpado:​ Persona imputada oficialmente de haber cometido un delito o falta.
  • Indagatoria: ​Primera declaración que se le toma al procesado acerca del delito que se le imputa, con el fin de determinar su identidad, y averiguar su grado de participación en los hechos que se le imputan.
  • Indeclinable: ​Que necesariamente tiene que cumplirse; jurisdicción a la que no se puede renunciar.
  • Indefensión: ​Falta de defensa; situación procesal en la que la parte se ve limitada o desprovista de los medios de defensa que le corresponden en el desarrollo del proceso.
  • Indicio: ​Rastro, conjetura o señal, que posibilita o facilita la investigación respecto de algo que no se conoce y ha sucedido o puede suceder.
  • In dubio pro reo:​ Expresión proveniente del latín y que se utiliza en el derecho penal;significa que, en caso de falta de pruebas o duda acerca de la comisión de un hecho delictivo, la resolución que se dicte sea a favor del acusado.
  • Inducir: ​Influir en una persona para que lleve a cabo una acción en un determinado sentido.
  • Inhibitoria: ​Acción que se plantea ante un órgano judicial que se considera competente, para que solicite a otro órgano que conoce de un asunto, que se declare incompetente, esto es,se inhiba para seguir actuando en él, y le remita las actuaciones..
  • Injuria: ​Acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona,menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
  • Inmediación: ​Principio del derecho procesal que busca la relación entre las partes y el Juez. Su medio ideal es el proceso oral.
  • Inmunidad: ​Privilegio por el que ciertas personas, por su cargo, no se someten a los procedimientos legales ordinarios, quedando libres de determinadas obligaciones, penas o cargos.
  • Inscripción: ​Anotación de actos o documentos en Registros Públicos.
  • Insolvencia:​ Estado o situación de una empresa o persona, que le impide hacer frente al cumplimiento de sus obligaciones dinerarias, por su incapacidad económica de pago para hacer frente a una deuda vencida.
  • Instancia: ​Dícese de cada una de las etapas de un proceso. También se denomina así al conjunto de actos, plazos y formalidades que tiene por objeto la petición por escrito redactada siguiendo determinadas fórmulas, especialmente la que se hace a una autoridad.
  • Instrucción: ​Trámites o diligencias iniciales que se realizan en las causas penales, con el fin de determinar la inocencia o culpabilidad del acusado.
  • Interpelación: ​Requerimiento que el juez o Tribunal ordena que se haga a una persona, para que lleve a cabo una acción determinada, entregue algo, etc.
  • Interrogatorio: ​Conjunto de preguntas que se realizan en un juicio a un testigo, para esclarecer hechos o circunstancias.
  • Ipso iure: ​Expresión latina: por imperativo legal.
  • Irretroactividad: ​Principio jurídico – legislativo según el cual, las leyes no tienen efectos respecto de los hechos con anterioridad a su promulgación, salvo disposición expresa en contrario.
  • Iuris tantum: ​Presunción legal de un hecho o derecho, mientras no se demuestre lo contrario.

● J

Juez-Juzgado

  • Juez:​ FPersona investida por el Estado de la potestad de administrar justicia, de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, en las causas o asuntos que intervenga.También los Jueces de Paz, que no pertenecen a la carrera judicial y que ejercen su cargo en pequeñas localidades, con funciones jurisdiccionales muy concretas y limitadas.
  • Juicio:​ Proceso legal entre partes sometido al conocimiento de un Juez o Tribunal de Justicia; dícese también, de la expresión de una opinión, dictamen, o parecer.
  • Jura de cuentas:​ Procedimiento especial y sumario para el cobro por vía judicial, de los honorarios adeudados a abogados y procuradores.
  • Jurado:​ Tribunal formado por un determinado número de ciudadanos elegidos por sorteo y que habrá de manifestar su parecer, respecto de la culpabilidad o inocencia de un acusado en los delitos que se le imputan.
  • Jurídico: ​Que atañe al Derecho, que es ajustado a éste, legal.
  • Jurisdicción: ​Territorio en el que los Jueces o Tribunales son competentes para ejercer su potestad de aplicar el derecho en cada caso concreto, de impartir justicia.
  • Jurista: ​Persona que estudia el derecho o se dedica a la ciencia o profesión jurídica. .
  • Justo precio: ​Se dice del adecuado valor de una cosa.
  • Juzgado: ​Órgano judicial de un solo Juez. Local donde funciona.

● L

Lanzamiento-Lucro cesante

  • Lanzamiento: ​Diligencia para el desalojo de un inmueble o despojo de una posesión por mandato judicial, con intervención de un oficial de justicia y participación policial si esta fuera requerida
  • Laudo: ​En derecho, resolución dictada por un árbitro que resuelve definitivamente un conflicto, con fuerza ejecutiva ante los tribunales ordinarios.
  • Legal: ​Aquello que surge de la ley.
  • Legar: ​Dejar a una persona en un testamento determinados bienes.
  • Legítima: ​Parte de los bienes que el testador no puede imponer ninguna limitación al goce de los bienes a los herederos forzosos. El derecho a la Legítima,es de orden público, porque no proviene de la voluntad del causante, sino de la ley. “
  • Lego: ​Persona no instruida o versada en una materia. El Juez no letrado
  • Levantar el embargo: ​Se dice de la orden del Juez, para dejar sin efecto la prohibición judicial de disponer o enajenar unos bienes.
  • Libelo: ​Escrito en el que se difama o denigra a alguien.
  • Libertad bajo fianza: ​Libertad provisional de un acusado previo depósito de la cuantía económica establecida por el Juez.
  • Libertad condicional: ​Libertad que se concede al penado en el último período de su condena, por observancia de buena conducta.
  • Libertad vigilada: ​Medida de seguridad consistente en tener bajo vigilancia judicial o del organismo competente, a un sujeto que no cumplió la totalidad de su condena.
  • Licitar: ​Propuesta u ofrecimiento de precio que se hace en una subasta.
  • Litigante: ​Persona física o jurídica que está en juicio, como actor o demandado.
  • Litigio: ​Pleito, controversia.
  • Litisconsorcio: ​Presencia en procedimiento judicial donde las partes están integradas con una pluralidad de personas, ya sean, demandantes, demandados o por ambas partes.
  • Litisexpensas:​ Cantidad dineraria que fija el Juez en las medidas provisionales de los procesos, con el objeto de cubrir los gastos de un juicio determinado.
  • Litispendencia: ​Pleito que aún no ha concluido, pendiente de resolución.
  • Lucro cesante: ​Ingresos o ganancias que una persona deja de percibir, a resultas de la actuación de un tercero.

● M

Magistrado-Mortis causa

  • Magistrado: Miembro de la carrera judicial encargado de administrar justicia.
  • Mala fe:​ Actuación que se realiza de forma desleal e ilegítima, sabiendo que su pretensión no tiene fundamento.
  • Malversación: ​Utilización ilegal del dinero o bienes ajenos por parte de una persona que lo tenía para otros fines.
  • Mandamiento judicial:​ Comunicación librada por el Juzgado para la práctica de alguna diligencia.
  • Manifiesto:​ En derecho político escrito de difusión que se hace en momentos especiales.
  • Matrimonio putativo: ​El que tiene apariencia de legal, sin serlo en realidad.
  • Médico forense:​ Profesional médico que se encuentran adscrito a los Tribunales para realizar informes periciales y funciones de apoyo técnico a la labor judicial.
  • Medidas cautelares: ​Medidas adoptadas por el Juez de carácter temporal y antes del enjuiciamiento, con el fin de asegurar la eficacia de la sentencia que pudiera recaer.
  • Medidas provisionales: ​Medidas adoptadas por el Juez en los procedimientos de nulidad, separación o divorcio, y que durarán mientras se sustancie el mismo.
  • Ministerio fiscal: ​Cuerpo de funcionarios que actúa ante los Tribunales de Justicia y que tiene como función, promover la acción de la Justicia, en defensa de la legalidad y el interés público.
  • Minuta:​ Borrador que se hace de un contrato, negocio, tratativa o mandato para su posterior confección definitiva.
  • Mora: ​Dilación o tardanza en cumplir una obligación.
  • Mortis causa: ​Actos jurídicos que se producen o tienen efecto tras el fallecimiento de una persona.

● N

Nacionalización-Nulidad de actuaciones

  • Nacionalización: ​Acto mediante el cual se otorga la nacionalidad de un país, a quien no la ostentaba anteriormente. También acto de un Estado de incorporar a la Nación de bienes a la propiedad privada.
  • Negligencia: ​Dícese del acto que se realiza con falta de cuidado o interés.
  • Nocturnidad:​ Circunstancia que agrava la responsabilidad en la comisión de determinados delitos o actos, por realizarse aprovechando la oscuridad de la noche (robos, etc.).
  • Non bis in ídem: ​En el ámbito penal, el hecho de que no debe castigarse dos veces por la comisión de un mismo delito.
  • **Notificación: ​Acto mediante el cual se comunica a los interesados en un procedimiento, una resolución, ya sea de carácter administrativa o judicial.
  • Nota: A​cto mediante el cual se pone en conocimiento de las partes, o de terceros, el contenido de una resolución judicial.
  • Notario: ​Funcionario público que tiene autoridad reconocida por las leyes, para certificar que un documento es verdadero y conforme a la Ley, así como para dar fe de determinados actos públicos.
  • Novación: ​Es la transformación de una obligación en otra.
  • Nuda propiedad: ​Derecho de dominio del propietario de un bien donde un tercero tiene la posesión a título de uso, usufructo o habitación.
  • Nulidad de actuaciones: ​Incidente procesal que invalida las actuaciones y diligencias que, sin ajustarse a los trámites establecidos, hayan sido practicadas con anterioridad.

● O

Objeción-Otrosí

  • Objeción:​ Oposición o impedimento por parte de un abogado a que se realice a su representado una determinada pregunta, o bien, que se oponga a la forma en que ésta ha sido realizada.
  • Obligación: ​Relación jurídica que se establece entre personas físicas o jurídicas mediante contrato.
  • Obligación de tracto sucesivo:​ Aquella obligación que surge de forma periódica y continuada, como el pago de un alquiler.
  • Oficio: ​Comunicación escrita emitida por un Juez o Tribunal, requiriendo datos o informes a autoridades de otro orden no jurisdiccional.
  • Ofrecimiento de acciones: ​Ofrecimiento que hace el Juez a los perjudicados para que ejerzan las acciones que les correspondan en Derecho, y renuncien o no, a la reparación del daño.
  • Ológrafo: ​Documento escrito por su autor, de su puño y letra.
  • Oneroso:​ Gravoso, pesado; dícese del acto jurídico que establece determinadas prestaciones para las partes, en contraposición al gratuito.
  • Otrosí: ​Expresión utilizada en los escritos judiciales que supone añadir una petición más o secundaria, a la petición principal en que se fundamenta el escrito.

● P

Papeleta-Pujar

  • Papeleta: ​Escrito de demanda sencillo que contiene tan sólo, la identificación de las partes, pretensión que se deduce, fecha y firma.
  • Parte:​ Persona que litiga en un juicio, y que comparece porsímisma o a través de tercero que lo representa y, aquel contra el cual se actúa.
  • Partido judicial​: Territorio o demarcación de la jurisdicción sobre el que ejercen sus competencias los Juzgados y que se encuentran divididos en las diferentes provincias.
  • Patente:​ Certificado que otorga el Estado a un inventor, del derecho exclusivo de explotación temporal de su invento.
  • Patria potestad​: Derechos y deberes que corresponden a los padres,respecto de la persona y/ o bienes, de los hijos no emancipados.
  • Peculio: ​Masa o conjunto de bienes, particulares de una persona.
  • Pena:​ Castigo establecido por la ley, e impuesto por los Jueces o Tribunales, a los autores de un delito o falta.
  • Penalista: ​Profesional especializado en el Derecho Penal.
  • Perentorio: ​Plazo que es el único o último que se concede, y no se puede aumentar o prorrogar.
  • Pericial:​ Dícese de aquello que es concerniente al perito.
  • Perito:​ Persona que por sus conocimientos técnicos es elegida por el juez o las partes a fin que con su experiencia, ilustre a los Jueces o Tribunales, para una mayor eficacia de la resolución que deban tomar.
  • Perjurio:​ Situación consistente en mentir al contestar, estando bajo juramento.
  • Permuta:​ Contrato en que las partes, se obligan a transferir recíprocamente la propiedad de dos cosas.
  • Persona jurídica:​ Sujeto de derechos y obligaciones que existe, no como persona física sino como institución, y que es creada por una o varias personas, para cumplir un objetivo con o sin ánimo de lucro.
  • Pertinente:​ Dícese de aquello que es procedente. Relación entre el hecho que se trata de probar y la prueba ofrecida.
  • Petición: ​Toda cuestión que la parte somete al Juez o Tribunal.
  • Pieza separada:​ Cada una de las partes que, dentro de un procedimiento principal, se siguen de forma individual o independiente.
  • Piezas de convicción:​ Objetos que demuestran la comisión de un delito.
  • Plazo: ​Tiempo legal o contractual establecido, que debe transcurrir para que se produzca un efecto jurídico.
  • Pleito:​ Discusión y/ o resolución en juicio de un problema o diferencia entre dos o más personas.
  • Pliego de cargos: ​En el expediente administrativo, resumen de faltas que se le imputan a un funcionario sometido a investigación, y que se le comunican, para que pueda defenderse.
  • Pliego de Posiciones:​ Preguntas que una de las partes exige a ser realizadas a la otra a fin de que se expida sobre ellas para obtener la confesión judicial.
  • Poder: ​Documento público que faculta a una persona para representar a otra en los trámites o actos que se requieren en un procedimiento.
  • Ponente: ​Magistrado que forma parte de un órgano colegiado, y que por turno riguroso, analiza las pruebas, examina las actuaciones, y propone una sentencia que deberá someterse a la aprobación del resto de los miembros. También es aquel que afirma hechos que debe absolver la contraparte en la prueba de confesión judicial.
  • Postor: ​Persona que puja u ofrece una determinada cantidad de dinero para quedarse con la cosa en una subasta.
  • Potestad: ​Dícese de la persona que tiene facultad para tomar una decisión, o tiene dominio sobre una cosa.
  • Preclusión:​ Pérdida o extinción de una facultad o facultad procesal, por no haber sido ejercida a tiempo, dentro del plazo establecido.
  • Predio: ​Bien, inmueble, finca.
  • Prejudicial: ​Cuestión o asunto jurídico cuya resolución constituye un presupuesto para la decisión de la controversia principal sometida al juicio.
  • Prescripción: ​Instituto jurídico por el cual, el transcurso del tiempo establecido, permite la extinción de los derechos o la adquisición de bienes u objetos de terceros.
  • Presunción: ​Razonamiento que admite como verdadero lo que no es más que probable.
  • Prevaricato: ​Es un delito instantáneo que se consuma en el momento de la resolución dictada por el Juez, fundada en hechos o resoluciones falsas, a sabiendas de que dicha resolución es injusta.
  • Primera instancia:​ El primer grado jurisdiccional; aquel en el que tienen lugar las actuaciones alegatorias y probatorias de las partes, quedando concretada y resuelta la litis o litigio.
  • Procedimiento: ​Sucesión temporal de actos jurídicos que,siendo procesalmente autónomos,tienen por objeto la producción de un efecto jurídico final propio del proceso.
  • Procesado​: Persona contra la cual se dicta auto de procesamiento por existir indicios racionales de que habiéndose acreditado la existencia de un hecho constitutivo de delito, éste haya sido autor, cómplice o encubridor del mismo.
  • Procurador:​ Profesional del derecho que en virtud de apoderamiento, y de manera exclusiva en cada litigio, representa a sus clientes ante los Juzgados y Tribunales.
  • Proindiviso: ​Derecho real de propiedad de una cosa mueble o inmueble de carácter indiviso que pertenece a varias personas en común.
  • Promulgación: ​Acto mediante el cual, el Poder Ejecutivo, aprueba y ordena la publicación oficial de una Ley.
  • Protocolo:​ Libro en que el Notario realiza el asiento de las escrituras públicas.
  • Proveer: ​Dictar una resolución judicial.
  • Providencia:​ Resolución judicial que decide sobre cuestiones de trámite o peticiones secundarias.
  • Prueba:​ Dícese de todo aquello que sirve para corroborar la existencia de un hecho o la veracidad de una declaración.
  • Pujar: ​Acción ejercida por los postores en una subasta,mediante la cual, ofrecen una cantidad de dinero mayor que los anteriores.

● Q

Quebrado - Quórum

  • Quebrado:​ Persona que caído en estado de cesación de pagos o insolvencia..
  • Quebrantamiento:​ Romper, violar o incumplir una norma.
  • Quebrantamiento de condena: ​Delito que consiste en eludir el cumplimiento de la pena impuesta por un Tribunal. Tiene pena adicional.
  • Quebrantamiento de forma: ​Cuando se incumplen los trámites y garantías fundamentales del procedimiento judicial. Constituye motivo de recurso y puede ser causa de nulidad.
  • Queja: ​Es un recurso. Se interpone ante un organismo superior poniendo en conocimiento algo con lo que no se está de acuerdo. Recurso de queja.
  • Querella: ​Demanda en procedimiento penal donde el acusador particular va contra quien lo ha ofendido o perjudicado por un hecho delictuoso.
  • Quiebra: ​Insolvencia, bancarrota. Proceso por el que se incapacita patrimonialmente a alguien por su situación de insolvencia y se procede a ejecutar sus bienes en favor de sus acreedores.
  • Quiebra fraudulenta: ​Acción por la que la persona declarado en quiebra busca no pagar sus deudas ocultando su patrimonio, simulando deudas inexistentes o favoreciendo a un acreedor.
  • Quita y Espera: ​Cuando el quebrado solicita judicialmente de sus acreedores una disminución de créditos (Quita), o un aplazamiento de los mismos (Espera), o ambas cosas a la vez (Quita y espera).
  • Quórum: ​Número mínimo de personas o votos necesarios para la adopción de decisiones válidas.

● R

Ratificación-Requerimiento

  • Ratificación:​ Acto jurídico unilateral por el cual una persona se hace cargo de los derechos y obligaciones en una cuestión jurídica hecha en su nombre por alguien que no estaba autorizado a hacerlo.
  • Rebeldía:​ Situación procesal de una persona que tiene su origen en la incomparecencia a estar derecho en un juicio en el es demandado.
  • Recibimiento a prueba: ​Expresión que se usa en un proceso ordinario, para designar el auto de apertura a prueba en que las partes, puedan ofrecer y producir las pruebas r.
  • Reconvención:​ Demanda judicial que interpone el demandado en un procedimiento judicial, en el mismo momento de contestar a la demanda de la que ha sido objeto, por lo que la consecuencia de la demanda reconvencional, es que ambas partes se demandan mutuamente.
  • Recurso:​ Impugnación de una resolución judicial por quien se considere agraviado, ante el órgano que la dictó o ante otro superior, a fin de que basándose en los motivos alegados, dicha resolución se modifique o anule.
  • Recurso de aclaración​: es el remedio que se concede a las partes para que solicite al mismo Juez o Tribunal, que subsane las deficiencias que tenga su resolución.
  • Recurso de alzada: ​Dícese del recurso que se interpone ante el superior jerárquico del órgano que dictó la resolución objeto de impugnación.
  • Recurso de amparo:​ Recurso constitucional que puede ser interpuesto por cualquier persona que vea vulnerados sus derechos por arbitrariedades o ilegalidades manifiestas de una resolución de autoridad pública y que afectan garantías constitucionales.
  • Recurso de apelación:​ Es el recurso más importante y usual, tendiente a obtener que un tribunal jerárquicamente superior revoque o modifique una resolución que se estime errónea. Dictada por un tribunal inferior.
  • Recurso de casación: ​Dícese del recurso que se interpone ante el Tribunal Supremo, al objeto de impugnar fallos definitivos o laudos, en los cuales se estiman infringidas leyes o doctrina legal, o bien, por entenderse vulnerada alguna garantía esencial del procedimiento.
  • Recurso de reposición: ​Recurso que se interpone ante el órgano que ha dictado la resolución no definitivos, para que por contrario imperio modifique los agravios que ella haya producido a alguno de los litigantes.
  • Recurso de súplica:​ el que se interpone contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de lo Social y del que conoce la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.
  • Recusación:​ Acto procesal que tiene por objeto impugnar legítimamente la actuación de un juez en un proceso, cuando una de las partes considere que su imparcialidad está en duda. La recusación se puede promover en cualquier momento de la tramitación del procedimiento ante el superior jerárquico, expresando las causas que motivan la recusación y acompañándolo de pruebas.
  • Rédito: ​Renta, beneficio.
  • Reincidencia: ​Agravante de la responsabilidad criminal aplicado al reo que vuelve a cometer un delito análogo a aquel por el que ha sido condenado.
  • Relicto (caudal): ​Conjunto de bienes que deja una persona tras su fallecimiento.
  • Remate: ​última puja en una subasta que por ser la de mayor cuantía es a la que se le adjudica el bien subastado.
  • Remoción: ​Destituir a una persona del cargo o empleo que venía ocupando hasta la fecha.
  • Reo: ​Acusado o culpable de un delito.
  • Repregunta: ​Segunda pregunta que hace al testigo el litigante de la parte contraria para contrastarla veracidad de lo que acaba de decir o para completar la indagación.
  • Representación procesal: ​Persona habilitada legalmente para comparecer en un juzgado o tribunal que conozca de un asunto en representación de un tercero y con poder declarado bastante.
  • Requerimiento:​ Dícese del acto mediante el cual se insta a una persona para que haga algo o se abstenga de hacerlo.

● S

  • Sala - Suspensión de pagos
  • Sala:​ Nombre que adopta cada una de las secciones de un tribunal colegiado.
  • Secretario judicial:​ Funcionario investido de autoridad que da fe de los actos y de las resoluciones del Juez, para que éstos gocen de autenticidad y eficacia jurídica, además tiene a su cargo la guarda y custodia de los expedientes judiciales entre otras funciones.
  • Segunda instancia: ​Una vez dictada sentencia, recurso frente al Tribunal superior jerárquico.
  • Sentencia: ​Resolución judicial que pone fin a la causa absolviendo o condenando y en la que se da respuesta a todo lo solicitado por las partes.
  • Señalamiento: ​Designación anticipada del día y hora para un juicio.
  • Separación de bienes: ​El patrimonio de los cónyuges se separa jurídicamente en cuanto a la pertenencia, la administración y el disfrute; la posición de cada uno de los cónyuges es, en el orden patrimonial, como si no estuviera casado.
  • Servidumbre: ​Gravamen impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño.
  • Sobreseer: ​Dejar sin curso un procedimiento judicial.
  • Solidariamente: ​Tipo de obligación con una pluralidad de sujetos consistente en responder por entero, e impedir la división de la deuda.
  • Subastas judiciales:​ Acto mediante el cual se venden los bienes sobre los que recae un embargo judicial.
  • Sentencia firme: ​Tipo de sentencia frente la que no cabe recurso, salvo alguna excepción que establezca la ley.
  • Silencio administrativo: ​Ausencia de resolución por parte de la Administración en el plazo establecido por la ley. El silencio de la Administración ante una solicitud equivale a la denegación de la misma (silencio negativo, que es la regla general) o a su concesión (silencio positivo).
  • Suspensión de pagos: ​Situación en la cual una persona, familia, empresa se encuentra cuando no puede abonar la totalidad de las deudas que tiene con sus acreedores falta de liquidez o falta de dinero en efectivo.

● T

Tasa judicial - Tutor

  • Tasa judicial​: Es un tributo devengado a favor del Estado, que las personas que acuden a los tribunales o hacen uso de la administración de justicia deben pagar. Está regulado por el art. 2 de la Ley 10/2012. Tasación de costas. ​ Avalúo, en dinero, que efectúa el secretario judicial, y por el que el mismo liquida los gastos judiciales que se han originado en el procedimiento.
  • Tasador:​ Persona habilitada para tasar o graduar el precio de un bien. Perito.
  • Tentativa:​ Cuando el culpable da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores y no realiza los actos de ejecución para cometer un delito, por causa o accidente que no sea su propio y voluntario desistimiento.
  • Tercería de dominio: ​Pretensión por la que reclama el levantamiento de un embargo sobre un bien embargado al deudor, por una persona distinta a las partes.
  • Tercio de libre disposición: ​Porción de la herencia de la cual el causante puede disponer libremente.
  • Tercio de mejora:​ Potestad del causante para disponer libremente del mismo y mejorarla hijuela de alguno de sus descendientes.
  • Testamento: ​Acto escrito por el cual una persona dispone de todo o parte de sus bienes para después de su muerte.
  • Testamento abierto: ​El que otorga el testador manifestando su voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto y quedan enteradas de lo que en él se dispone
  • Testamento cerrado: ​Cuando el testador,sin revelar su última voluntad, declara que ésta se halla contenida en el pliego que presenta a las personas que han de autorizar el acto.
  • Testamento Ológrafo: ​Es el testamento dado totalmente por escrito, fechado y firmado de puño y letra por el testador..
  • Testificar: ​Afirmar o probar de oficio una cosa, con el alcance de comprobación, con referencia a testigos o documentos auténticos.
  • Testigo: ​Persona física ajena al procedimiento, que propuesto por las partes, da testimonio acerca de hechos controvertidos de su conocimiento y no está vinculado a sus consecuencias
  • Testimonio judicial:​ Documento extendido por el secretario judicial que contiene bajo su autenticidad de la fe pública el todo o parte de una causa o de los documentos y actuaciones que conforman la misma.
  • Título:​ Causa o razón jurídica de la adquisición, modificación o extinción de un derecho.
  • Transacción: ​Acto por el que las partes, haciendo concesiones recíprocas, evitan un pleito o ponen término a la situación litigiosa.
  • Transigir: ​Consentir una persona la opinión de otra, contraria a la suya,<< con fin de llegar a un acuerdo para evitar algún mal o conflicto.,
  • Tribunal: ​Órgano donde se cumple la función jurisdiccional y lugar donde los jueces administran justicia y dictan las sentencias.
  • Tribunal Supremo:​ Es el órgano constitucional que se encuentra en lo alto del Poder Judicial. Es el tribunal superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales que corresponde al Tribunal Constitucional, ajeno al Poder Judicial.
  • Tutor: ​Persona física o jurídica, nombrada por el juez, bajo su vigilancia y control, que tiene por objeto el cuidado de menores o incapacitados sometidos a tutela. Corresponde al tutor la representación de todos aquellos actos que no pueden realizar por sí solos y la administración de su patrimonio.

● U

Última voluntad – Ut supra

  • Última voluntad:​ Últimos deseos en relación a los propios bienes que una persona formula antes de sumuerte, para que sean tenidos en cuenta después. En este sentido es sinónimo de testamento.
  • Ultraje:​ Injuria, agravio, ofensa, desprecio o ataque al honor, causado de palabra u obra.
  • Unanimidad: ​Coincidir un conjunto de personas en idéntica opinión, parecer o dictamen. Adopción de un acuerdo, ley u otra medida por asentimiento o aprobación de todos o, al menos, sin discrepancia expresa.
  • Unilateral: ​Cuando impone obligaciones a una sola de las partes.
  • Unión de hecho: ​Vínculo de carácter estable y duradero entre dos personas unidas por una relación de afectividad, que conviven en pareja y que se han inscrito en un Registro de Uniones de Hecho.
  • Usos: ​Práctica cotidiana, modo de obrar colectivo o generalizado que se acepta como norma.
  • Usucapión: ​Modo de adquirir la propiedad de una cosa por la posesión o uso continuado de ella a título de dueño por un tiempo determinado y en las condiciones señaladas por la ley.
  • Usufructo: ​Derecho temporal a disfrutar de un bien ajeno y a hacer propios los frutos que produzca,sin alterar dicho bien, que deberá ser devuelto a su dueño dentro de un término estipulado.
  • Usufructuario: ​El que tiene derecho al usufructo de un bien.
  • Usura: ​Ganancia que se obtiene del préstamo de dinero a tasas de interés superior al normal o al establecido por la ley.
  • Usurero:​ Persona que presta dinero a excesivo interés y explotando la necesidad, ignorancia o inexperiencia de deudor.
  • **Usurpar: ​Apropiarse indebidamente de lo ajeno, generalmente por medio de la violencia, las amenazas o clandestinamente.
  • Usurpación:​ Delito por el que, con violencia o intimidación en las personas, se ocupa una cosa inmueble o se usurpa un derecho real de otro. Es la posesión de hecho, sin título legítimo.
  • Usurpación de atribuciones: ​Delito consistente en atribuirse potestades que pertenecen a una autoridad o funcionario público con la consiguiente simulación del cargo.
  • Usurpación de estado civil: ​Delito que consiste en la simulación de ser otra persona, para eludir así alguna responsabilidad o para poder, de esta manera, ejercer un derecho.
  • Usurpación de Títulos y Honores: ​Delito que consiste ​en arrogarse públicamente grados académicos o títulos profesionales que no se tienen o distintivos de un cargo que no se ejerce.
  • Ut supra: E​xpresión latina que significa literalmente "como arriba". Se emplea en ciertos documentos para referirse a una fecha, cláusula o frase escrita más arriba y evitar su repetición.

● V

Vacatio legis-Vigente

  • Vacatio legis​: Periodo de tiempo que transcurre entre el momento de publicación de una ley y su entrada en vigor.
  • Vencimiento: ​Transcurso del plazo legal o convencional para el cumplimiento de una obligación o plazo procesal.
  • Venia: ​Consentimiento, permiso otorgado para ejecutar una cosa.
  • Veredicto: ​Resolución o dictamen pronunciado por un Jurado después de haber deliberado.
  • Veto: ​Potestad atribuida según las Constituciones, al jefe del Estado o a la segunda Cámara, para objetar una ley.
  • Vicio de la voluntad:​ Aquellos defectos que hacen anulable la declaración de voluntad, excluyéndose las anormalidades afectantes a la voluntad que hacen que no exista. Estos vicios pueden estar causados por la falta de conocimiento, o por la falta de libertad.
  • Vista: ​Conocimiento de ​una cuestión litigiosa, efectuada en audiencia pública.

● X

  • Xenofilia: ​Simpatía por los extranjeros
  • Xenofobia: ​Odio u hostilidad hacia los extranjeros.

● Y

  • Yerro: ​Falta o delito cometido por ignorancia omalicia, contra preceptos y reglas de un arte. Equivocación por descuido.

● Z

  • Zanjar​: Resolver las dificultades o inconvenientes que impiden el arreglo de un conflicto.