Área Credenciales
La Ley 5688, sus normas complementarias y reglamentaciones, establecen la obligatoriedad de uso de una Credencial Habilitante para todos aquellos que poseen la obligación de Registro por ante la Dirección General de Seguridad Privada.
La Direccion General, mediante disposición 236/2012 ha establecido las pautas que rigen la Emisión, Entrega, Devolución y cuestiones excepcionales para el otorgamiento de una Credencial Habilitante.La puesta en vigencia de la Ley 4808/2014 obliga al arancelamiento de las Credenciales de Identificación. En consecuencia, para el retiro de credenciales se debe acreditar el pago del arancel correspondiente. En este sentido se hace saber la cantidad de credenciales en condiciones de ser entregadas sobre las que no se ha requerido boleta única al momento de este informe.
Pendientes de arancelamiento
Para conocer el estado de las Credenciales Pendientes se debe acceder al aplicativo de la Dirección General de Seguridad Privada. Más información haciendo clic AQUI |
Credenciales de Seguridad Privada
Preguntas Frecuentes |