Martes 13 de Octubre de 2020

Convocatoria a audiencia pública

El 27 de noviembre de 2020 bajo la modalidad virtual.

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El Presidente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Diego Santilli convoca a las siguientes Audiencias Públicas bajo la modalidad virtual:

Fecha: 27 de noviembre de 2020.

Lugar: Audiencia Pública Virtual - www.legislatura.gov.ar - Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Según Ley Nº 6.306 que ha establecido modificaciones e incorporaciones a la Ley N° 6).

A las 14.

Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley inicial publicada en el BOCBA N° 5974 del 9 de octubre de 2020 referente al Expte. 2094-J-2020 por la cual: Artículo 1º.- Sustitúyese del Título 5 “Urbanizaciones Determinadas (U)” del Anexo II “Áreas especiales individualizadas” del Código Urbanístico aprobado por Ley 6099 y sus modificatorias, el artículo 5.7.14. “U14 – Distrito Joven- Costanera Norte “, de conformidad al texto que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley. Art. 2°.- Sustitúyese el Plano Nº 5.7.14. “U14– Distrito Joven- Costanera Norte” del Anexo III “Atlas” del Código Urbanístico, aprobado por Ley 6099 y sus modificatorias, por el plano que como Anexo II que forma parte integrante de la presente Ley. Art. 3°.- Incorpórase el Plano Nº 5.7.14. d) “U14 – Distrito Joven- Costanera Norte”, al Anexo III “Atlas” del Código Urbanístico, aprobado por Ley 6099 y sus modificatorias, que como Anexo III forma parte integrante de la presente Ley. Cláusula transitoria: Los permisos y concesiones, así como los usos actualmente desarrollados y las habilitaciones consiguientes, otorgados sobre espacios dentro de la U14 “Distrito Joven” con anterioridad a la sanción de la presente Ley, mantendrán su vigencia por el plazo por el que fueron otorgados, período por el cual no se verán afectados por las disposiciones de la presente. […] (Ver texto completo de la Ley Inicial en el BOCBA N° 5974 del 9 de octubre de 2020 https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PL-LEYINICIAL-LCABA-LCABA- 2094-20-5974.pdf y Anexos de la Ley Inicial en el BOCBA N° 5974 del 9 de octubre de 2020. https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PL-LEYINICIAL-LCABA-LCABA-2094-20-ANX.pdf referentes al Expte. 2094-J-2020).

Nota: El Distrito Joven-Costanera Norte es el área destinada a la localización de actividades de esparcimiento orientadas a jóvenes, adultos jóvenes y al público en general que, por sus características de emplazamiento, y su distancia respecto de los distritos residenciales, constituirá una unidad recreativa, natural, cultural, deportiva, conmemorativa, patrimonial y gastronómica, con espacios verdes de uso público. Contará con sub - áreas de integración urbana entre ciudad y puerto, con localización de usos mixtos. Se ubicará en las tierras que sean ganadas al Río de La Plata, lindantes con la Av. Costanera Rafael Obligado.

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 29/10/2020.
Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 24/11/2020 a las 14.

Inscripción de Participantes: La Audiencia se realizará mediante la plataforma digital de videoconferencias “Zoom” a la cual accederán las personas que se inscriban previamente en el sitio web www.legislatura.gov.ar. Es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI, LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería jurídica mediante el mail dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar y llamando a la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18.

Público en General: Las Audiencias serán transmitidas en vivo a través del canal oficial de la Legislatura de la plataforma www.youtube.com / https://www.youtube.com/user/LegislaturaCABA.

Aquellos Ciudadanos que no cuenten con acceso a medios virtuales para intervenir de dicho modo, deberán comunicarse con la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18, o vía correo electrónico a dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar a los efectos de facilitar su participación mediante los medios que se dispondrán en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sita en Perú Nº 160, garantizando el cumplimiento de las medidas sanitarias correspondientes.

Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: Mediante el sitio web www.legislatura.gov.ar. Informes: mediante el mail dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar o llamando a Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18.

Autoridades de la Audiencia: El Presidente de la Legislatura, o quien se designe conforme lo dispone el Art. 11° de la Ley Nº 6 (texto consolidado por la Ley N° 6.017).