Clases Particulares (A,B,G) | Edades |
10 años | Entre los 16 y 39 años |
6 años | Entre los 40 y 49 años |
4 años | Entre los 50 y 69 años |
2 años | Desde los 70 años |
Clases Profesionales (C,D,E): | Edades |
5 años | Entre los 21 a 45 años |
4 años | Entre los 46 y 59 años |
3 años | Entre los 60 y 69 años |
2 años | Desde los 70 años |
Extranjeros:
Para los extranjeros con radicación no permanente (temporaria o precaria) la vigencia de la licencia otorgada no excederá la fecha límite de dicha permanencia.
Para los extranjeros con radicación permanente en el país, la vigencia de la licencia será de acuerdo al máximo estipulado por la ley cumpliendo con los anteriores puntos A, B y C.
Aclaración importante:
Se debe tener en cuenta que queda a criterio médico la reducción del período de validez de la licencia, sobre la base de los resultados de los exámenes psicofísicos.