El pasado 26 de noviembre de 2015, se aprobó la Ley Nº 5420 (CABA), la cual entiende por Abuso y/o Maltrato a la acción u omisión que dañe al Adulto Mayor de manera intencional o consecuencia de un obrar negligente. El abuso y/o maltrato puede ser del tipo: físico, psicológico, sexual, económico/patrimonial, abandono, simbólico/discriminación, institucional/estructural, hostigamiento, ambiental.
La ley tiene como objetivo:
a) Prevenir las conductas de Abuso o Maltrato mediante la concientización de la comunidad, el fortalecimiento de las redes existentes y la generación de nuevos lazos sociales.
b) Remover prejuicios y estereotipos negativos respecto de Adultos Mayores.
c) Promover actividades intergeneracionales.
d) Evitar el Aislamiento.
e) Brindar protección integral, desde una perspectiva interdisciplinaria, a los Adultos Mayores que hayan sido víctima de cualquier tipo de Abuso o Maltrato o se encuentren en extrema Vulnerabilidad, de modo de garantizar su asistencia física, psicológica, económica y social.
f) Evitar la revictimización de los Adultos Mayores, eliminar la superposición de intervenciones y agilizar los trámites necesarios para garantizarles el acceso a la justicia.