Martes 28 de Marzo de 2023

Ciberseguridad: incidente vs. delito

Dos términos que pueden prestarse a confusión. Veamos de qué se tratan...

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😎 Muchas veces los términos “incidente” y “delito” se usan como sinónimos cuando hablamos de situaciones que ocurren en entornos digitales o por medio de ellos. Sin embargo, no significan lo mismo. Informate con esta publicación!  

✅ Incidente informático: 

Suceso que arriesga la confidencialidad, integridad y disponibilidad (son los tres pilares de la ciberseguridad) de información que se encuentre alojada en dispositivos y/o sistemas informáticos.  
Ciertas vulnerabilidades pueden ser explotadas deliberadamente, corrompiendo la seguridad de la información de una persona u organización. 
👉🏻 Algunos ejemplos: 

  • Infección por malware. 
  • Compromiso y/o filtración de la información. 
  • Intrusiones informáticas. 
  • Acceso a servicios no autorizado. 


✅ Delito Informático: 

Acción realizada en o a través de medios digitales, que afecte datos y/o sistemas informáticos (y, consecuentemente, a sus titulares) y que esté contemplada en el Código Penal Argentino. 
Es decir, los entornos digitales pueden funcionar “como medio” para cometer un delito o “como fin” cuando el objeto del delito es la propia tecnología. 
👉🏻 Algunos ejemplos: 

  • Grooming. 
  • Producción y comercialización de contenidos de abuso infantil. 
  • Interceptación a comunicaciones electrónicas. 
  • Acceso ilegítimo a sistemas o datos informáticos. 


Entonces... todos los delitos informáticos son incidentes, pero no todos los incidentes son delitos. 

¡Dato importante! 
Podés consultar el listado completo de delitos informáticos en el sitio oficial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Si nadie lo reporta, va a seguir pasando. Desde BA-CSIRT podemos asesorarte respecto de cualquier inconveniente digital. 

📌 SI TENÉS ALGUNA DUDA O CONSULTA:  
Escribinos a 📩 ciberseguridad@ba-csirt.gob.ar o por privado 💬 en nuestras redes.