Martes 06 de Octubre de 2015

Convocatoria a Audiencia Pública

El 18 de noviembre en la Legislatura porteña.

Compartir en Redes

La Presidenta de la Legislatura, María Eugenia Vidal convoca a la siguiente Audiencia Pública:

Fecha: 18 de noviembre de 2015.

Lugar: En la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

11.30 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4718 del 9 de septiembre de 2015 referente al Expte. 897-J-2015. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Desaféctanse del dominio público los inmuebles individualizados en el Anexo I, que a todo efecto forma parte integrante de la presente Ley. (Inmuebles incluídos en el Anexo I: 1) Av. Coronel Díaz N° 2.222/2.276 (Circ 18, Secc. 21, Mza 30, Parc. I). 2) Calle Sin Nombre Oficial N° 1.959 (Circ. 1, Secc. 44, Mza. 202). 3) Av. Santa Fe N° 4.320/30 (Circ. 18, Secc. 19, Mza. 174, Parc. 1). 4) Fracción de aprox. 2.447 m2 del inmueble sito en la Av. Rivadavia S/N (Circ. 7, Secc. 45, Mza. 102, Parc. 1d), conforme croquis que se acompaña al presente Anexo. Art. 2°.- Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y dispónese la transferencia de dominio, a favor del Arzobispado de Buenos Aires, de los inmuebles que se detallan en los Anexos I y II, los que a todos los efectos forman parte integrante de la presente Ley. (Inmuebles incluídos en el Anexo II: 1) Charrúa N° 2.700 (Circ. 1, Secc. 46, Mza. 89, Parc. 18). 2) Isabel La Católica N° 502 (Circ. 4, Secc. 10, Mza. 37, Parc. 2). 3) Yrupé N° 6.884 (Circ. 1, Secc. 76, Mza. 72C, Parc. C). 4) General Paz N° 5.342/5.350 (Circ. 16, Secc. 75, Mza. 19D, Parc. S). 5) Av. Crisólogo Larralde N° 4.841 (Circ. 16, Secc. 55, Mza. 120, Parc. A). Inmuebles incluídos en el Anexo III: 1) Soldado de la frontera N° 5.184 (Circ. 1, Secc. 82, Mza. 73L, Parc. 3). 2) Montiel N° 3.976/3.998 (Circ. 1, Secc. 78, Mza. 1G). 3) Santo Domingo S/N, altura no oficial 3.940, (Circ. 2, Secc. 34, Mza. 75A, Parc. 23). 4) White N° 2.251 (Circ. 1, Secc. 64, Mza. 102H, Parc. 12). 5) Los Robles N° 6.883 (Circ. 1, Secc. 80, Mza. 4K, Parc. IV). 6) Sin nombre Oficial N° 6.920 (Circ. 1, Secc. 80, Mza. 4L, Parc. 3). Art. 3°.-Exceptúase al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las disposiciones de la Ley 1251 respecto de los inmuebles que se detallan en el Anexo III, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Ley, y autorízase a dicho organismo a realizar la transferencia de dominio a título gratuito a favor del Arzobispado de Buenos Aires de tales inmuebles. Art. 4°.- Las transferencias de dominio dispuestas en la presente Ley tendrán carácter gratuito, con el cargo de mantener el uso actual de los inmuebles y/o destinarlos a una finalidad religiosa y/o educativa de la mencionada comunidad religiosa. Ante el incumplimiento del referido cargo, el Arzobispado de Buenos Aires deberá restituir los inmuebles al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o al Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, según corresponda, en un plazo no mayor a los sesenta (60) días, quedando las mejoras, en caso de existir, a favor del GCABA Art. 5°.- Las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles objeto de la presente Ley e individualizados en los Anexos, se otorgan por ante la Dirección General Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 6°.- Todos los gastos que se devenguen por los actos de transferencia, escrituración e inscripción de los inmuebles comprendidos en la presente Ley, incluyendo los honorarios del escribano interviniente, quedan a cargo del Arzobispado de Buenos Aires. Art. 7°.- Otórgase al Arzobispado de Buenos Aires un permiso de uso precario y gratuito de los inmuebles que se detallan en el Anexo IV, por el término de veinte (20) años, con las condiciones establecidas en el Modelo de Convenio que se agrega como Anexo V, los que a todos los efectos forman parte integrante de la presente Ley. (Inmuebles incluídos en el Anexo IV: 1) Fracción de aprox. 1.305 m2 del inmueble sito en la Av. Córdoba 2.135/2.149 (Nomenclatura Catastral: Circ. 19, Secc. 11, Mza. 42), conforme croquis que se acompaña al presente Anexo. 2) Fracción de aprox. 830 m2 del inmueble sito en la Av. Pres. Figueroa Alcorta 7.350 (Circ. 16, Secc. 27, Mza. 110A, Parc. 1C conforme croquis que se acompaña al presente Anexo. 3) Herrera N° 516/582 (Circ. 3, Secc. 16, Mza. 71c, Parc. 7c). (Ver textos y croquis completos de los Anexos I, II, III, IV y V en el BOCBA 4718 del 9 de septiembre de 2015 referente al Expte. 897-J-2015).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 21/10/2015

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 13/11/2015 a las 11.30 hs.

Inscripción de Participantes: Las personas físicas podrán iniciar la inscripción a través de la página web o bien, personalmente en la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en la calle Perú 160, Piso 2°, Of. 231. Para finalizar dicho trámite, es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI, LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería jurídica en dicha Dirección General. Horario de atención al público: lunes a viernes de 10 a 18 hs.

Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: En la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana. Informes: Tel. 4338-3151, dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar.

Autoridades de la Audiencia: La Presidenta de la Legislatura, o quien se designe conforme lo dispone el Art. 12 de la Ley Nº 6.