Viernes 29 de Enero de 2016

Convocatoria a Audiencias Públicas

El 15 de marzo en la Legislatura porteña.

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El Presidente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Diego Santilli convoca a las siguientes Audiencias Públicas:

Fecha: 15 de marzo de 2016

Lugar: En la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

15:30 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4782 del 15 de diciembre de 2015 referente al Expte. 910-D-2014. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar", en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, los edificios consignados a continuación, correspondientes al Hospital General de Agudos "Dr. E. Tornú", y al Instituto de Investigaciones Medicas "Dr. Alfredo Lanari", emplazados en la Parcela 0000, Manzana 031, Sección 61, comprendida por las Avenidas Combatientes de Malvinas, Chorroarín, y las calles Avalos y Campillo, en el Barrio de Parque Chas, Comuna 15. Pabellón Administración • Pabellón A / Clínica Medica • Pabellón B / Consultorio Externo • Pabellón C / Neumotisiología • Pabellón D / Universitario Fundación H. A. Barceló • Pabellón Maternidad y Lactantes • Pabellón Provincias / Hospital de día • Instituto de Investigaciones Medicas Alfredo Lanari • Capilla • Pabellón Laboratorio • Pabellón de Cirugía Etelvina González Chaves de Torello. Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente, las catalogaciones establecidas por el Artículo 1°. Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 061-031-000, forma parte de la presente Ley como Anexo I. (Ver Anexo I de la Ley Inicial en el BOCBA 4782 del 15 de diciembre de 2015 referente al Expte. 910-D-2014).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 16/02/2016

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 10/03/2016 a las 15:30 hs.

16:00 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4788 del 23 de diciembre de 2015 referente al Expte. 1580-J-2015. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Dispónese la apertura y afectación a vía pública de la calle S/N determinada por el croquis descriptivo que conforma el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte de la presente Ley, e integrará parte de las Manzanas 193C y 193D, Sección 49, Circunscripción 15, ubicada entre las Avenidas Corrientes y Federico Lacroze y la calle Olleros. Art. 2°.- Encomiéndese al Poder Ejecutivo, para que a través de la Dirección General Registro de Obras y Catastro, fije nomenclatura oficial, en función de la apertura dispuesta en el artículo 1° de la presente Ley. (Ver Anexo I de la Ley Inicial en el BOCBA 4788 del 23 de diciembre de 2015 referente al Expte. 1580-J-2015).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 16/02/2016

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 10/03/2016 a las 16:00 hs.

16:30 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4788 del 23 de diciembre de 2015 referente al Expte. 2005-J-2015. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Desaféctase de su actual Distrito de Zonificación R2bl, las parcelas ubicadas en Baigorri N°15, Baigorri N° 21/43, Av. Caseros 1830, Av. Caseros 1828 y Av. Caseros 1816. Art 2°.- Aféctanse las Parcelas 1b, 2b, 3b, 4b y 32a, Manzana 26, Sección 16, Circunscripción 3 al Distrito E4, Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano, con destino al Hospital Británico, según lo graficado en el Plano que como Anexo I, a todos los efectos forma parte de la presente. Art. 3°.- Apruébanse las Normas Urbanísticas que como Anexo II forman parte a todos sus efectos de la presente Ley. Art 4°.- Modifícase el Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4 — Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano en su punto 5) Enumeración, incorporando este Distrito E4 -29 "Hospital Británico" las Parcelas 1b, 2b, 3b, 4b, 32a, Manzana 26, Sección 16, Circunscripción 3, al Distrito E4 según lo especificado en los Artículos 1°, 2° y 3° de la presente Ley. Art 5°.- Modifícanse las Planchetas N°18 y 24 de los Planos de Zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano de acuerdo a lo establecido en la presente Ley. Cláusula Transitoria: El Hospital Británico se obliga a celebrar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma previa a la sanción definitiva de la presente Ley, un Convenio en el cual se establezcan los servicios de diagnóstico y/o tratamiento; de capacitación y formación que serán brindados en forma gratuita por la Institución. (Ver Anexo I y II de la Ley Inicial en el BOCBA 4788 del 23 de diciembre de 2015 referente al Expte. 2005-J-2015).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 16/02/2016

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 10/03/2016 a las 16:30 hs.

Inscripción de Participantes: Las personas físicas podrán iniciar la inscripción a través de la página web www.legislatura.gov.ar o bien, personalmente en la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en la calle Perú 160, Piso 2°, Of. 231. Para finalizar dicho trámite, es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI, LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería jurídica en dicha Dirección General. Horario de atención al público: lunes a viernes de 10 a 18 hs.

Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: En la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana. Informes: Tel. 4338-3151, dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar.

Autoridades de la Audiencia: La Presidenta de la Legislatura, o quien se designe conforme lo dispone el Art. 12° de la Ley Nº 6.