Viernes 02 de Septiembre de 2016

Convocatoria a Audiencias Públicas

El 18 de octubre en la Legislatura porteña.

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El Presidente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Diego Santilli convoca a las siguientes Audiencias Públicas:

Fecha: 18 de octubre de 2016

Lugar: En la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

15 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4940 del 9 de agosto de 2016 referente al Expte. 1856-D-2015.Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble sito en la calle Tte. General Juan Domingo Perón 2070/74 (sección 009, manzana 59, parcela 007). Art 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano. Art 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°. Art 4°.- La Ficha de Catalogación N° 009-059-007 constituye el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley. (Ver Anexo I de la Ley Inicial en el BOCBA 4940 del 9 de agosto de 2016 referente al Expte. 1856-D-2015).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 16/09/2016

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 13/10/2016 a las 15

15:30 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4940 del 9 de agosto de 2016 referente al Expte. 2015-D-2015.Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en la calle Pérez Galdós n° 353, con nomenclatura catastral Circunscripción 04, Sección 06, Manzana 041, Parcela 022. Art 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo de inmuebles singulares previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano. Art 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°. Art 4°.- La Ficha de Catalogación N° 006-041-022 constituye, en copia certificada, el Anexo 1 que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley. (Ver Anexo I de la Ley Inicial en el BOCBA 4940 del 9 de agosto de 2016 referente al Expte. 2015-D-2015).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 16/09/2016

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 13/10/2016 a las 15.30

16 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4940 del 9 de agosto de 2016 referente al Expte. 831-D-2015.Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Derógase la Ordenanza Municipal N° 50.214 (Boletín Municipal N° 20.112 del 25/01/1996). Art 2°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble sito en la Av. Pte. Figueroa Alcorta 2280, Nomenclatura Catastral: Sección 015, Manzana 156A, Parcela 000, perteneciente al Pabellón anexo al MNBA y con Nivel "Integral" al Puente Peatonal "Carlos Sánchez Viamonte" que cruza la Av. Pte. Figueroa Alcorta entre la Plaza República Federativa de Brasil, Facultad de Derecho y la Plaza Rubén Darío (ex Plaza Capitán General Justo J. de Urquiza). Art.3°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano. Art 4°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano Transporte, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, las catalogaciones establecidas por el Artículo 1°. Art 5°.- La Ficha de Catalogación N° 015-156A-000 del Pabellón anexo al MNBA y del Puente peatonal constituyen, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley. (Ver Anexo de la Ley Inicial en el BOCBA 4940 del 9 de agosto de 2016 referente al Expte. 831-D-2015).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 16/09/2016

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 13/10/2016 a las 16

16:30 horas

Ley inicial publicada en el BOCBA 4942 del 11 de agosto de 2016 referente al Expte. 1009-J-2015.Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual: Artículo 1°.- Desaféctanse del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las fracciones de terrenos resultantes de la variación de metros de las ochavas, individualizados en los Anexos I, II y III, y que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo al siguiente detalle: a) Fracción de terreno que consta de una superficie total de quince metros cuadrados con veintisiete décimos (15,27 m2), y es identificada como "Sup. ochava a incorp. a la parc.", según plano 263-C-1983, cuya copia se acompaña como Anexo I y que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Ley. b) Fracción de terreno que consta de una superficie total de dieciséis metros cuadrados con setenta y un décimos (16,71 m2), y es identificada como "Polígono D-D'-E'-E-D", según plano 3-C-2011, cuya copia se acompaña como Anexo II y que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Ley. c) Fracción de terreno que consta de una superficie total de dos metros cuadrados con cuarenta y seis décimos (2,46 m2), y es identificada como "Polígono H-B-C-G-H", según plano 18-C-2013, cuya copia se acompaña como Anexo III y que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Ley. Art. 2°.- Decláranse innecesarias, para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las fracciones de terreno individualizadas en el artículo 1°, disponiéndose su enajenación y aprobándose su venta, en virtud de lo dispuesto por el inciso b) del artículo 58 la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las condiciones establecidas en los boletos de compraventa, cuyas copias figuran como Anexos IV, V y VI, que, a todos los efectos, forman parte integrante de la presente Ley. Art. 3°.- Las escrituras traslativas de dominio de las fracciones de terreno individualizadas en el artículo 1° de la presente Ley, se otorgarán por ante la Dirección General Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Ver Anexos de la Ley Inicial en el BOCBA 4942 del 11 de agosto de 2016 referente al Expte. 1009-J-2015).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 16/09/2016

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 13/10/2016 a las 16.30

Inscripción de Participantes: Las personas físicas podrán iniciar la inscripción a través de la página web o bien, personalmente en la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en la calle Perú 160, Piso 2°, Of. 231. Para finalizar dicho trámite, es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI, LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería jurídica en dicha Dirección General. Horario de atención al público: lunes a viernes de 10 a 18 horas.

Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: En la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana. Informes: Tel. 4338-3151, dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar.

Autoridades de la Audiencia: La Presidenta de la Legislatura, o quien se designe conforme lo dispone el Art. 12° de la Ley Nº 6.