El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Osvaldo Otheguy , desestimó hoy la medida cautelar solicitada por un grupo de personas para detener la construcción de un enrejado alrededor del Parque del Centenario.
“Lo argüido por la actora con respecto a la violación de las competencias de la Comuna 6, con los elementos aportados hasta ahora a la causa no se presenta como un probable vicio de la conducta del GCBA...”, señala uno de los párrafos del fundamento del magistrado
Por lo tanto "no se vislumbra con claridad suficiente que el enrejado sea de exclusiva competencia comunal de conformidad con la norma invocada por los actores(artículo 10, inciso b) Ley 1777”.
Agrega que “Más allá de ello, de los mismos términos de la Resolución Nº 11/12 de la Junta Comunal Nº 6, no se desprendería con claridad una oposición al enrejamiento, puesto que expresa un acompañamiento al GCBA en el mejoramiento del Parque...”
“En cuanto a la probable afectación del derecho de participación, vale señalar que ante la falta de una norma que establezca una modalidad de participación concreta previa a la decisión impugnada, con los elementos agregados en autos, que denotarían que la situación del Parque Centenario habría sido y sería materia de consultas, propuestas y reclamos asiduos efectuados por vecinos y organizaciones intermedias ante la administración, no se presentaría como probable la afectación de ese derecho”.
“Respecto de la probable violación de la ley Nº 4121 no aparece verosímil el derecho en tanto en esta etapa del proceso no se puede llegar a conocer la probable afectación sufrida por los feriantes en el marco de esa ley, en grado suficiente como para constituir una ilegitimidad”.