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Secretaría de Trabajo y Empleo

La Secretaría de Trabajo y Empleo se desempeña en las cuestiones vinculadas con el trabajo en todas sus formas.

Foto del funcionario

Ezequiel Edgardo Jarvis

Secretario

Correo: ejarvis@buenosaires.gob.ar

Fecha de designación:

Última actualización:

Es Lic. en Ciencia Política por la Universidad de Buenos Aires. Anteriormente se desempeñó como Subsecretario de Trabajo, Industria y Comercio por dos períodos; director general de Empleo; director general de Relaciones Laborales; jefe de Gabinete en la Subsecretaría; asesor en la Dirección General de Administración de Bienes y jefe de Gabinete en la Dirección General de Concesiones, entre otros cargos. Desde el 10 de diciembre de 2023 está al frente de la Secretaría de Trabajo y Empleo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

  • Asesorar al ministro en materia de cuestiones vinculadas con el trabajo en todas sus formas, en el ejercicio del poder de policía en materia laboral y en la determinación de las políticas de empleo y seguridad social.
  • Diseñar, establecer e implementar políticas, planes, programas y proyectos inherentes al poder de policía, registros, rúbricas, relaciones y condiciones de trabajo y de empleo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover la generación de empleo en las empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Planificar, instrumentar y coordinar los programas, proyectos y actividades necesarias para la consolidación y el desarrollo del comercio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Actuar como autoridad de aplicación de la Ordenanza N° 44.485 sobre radicación y desempeño de actividades industriales y de la Ley N° 2.216 (Registro de Actividades Industriales).
  • Representar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo Federal de la Industria.
  • Coordinar pautas y acciones comunes con otros organismos de orden provincial y nacional en el ejercicio del poder de policía de trabajo, empleo y seguridad social en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Planificar, diseñar y dirigir las cuestiones relativas a accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
  • Coordinar vínculos, pautas y acciones con otros organismos o instituciones locales, provinciales y nacionales con empresas, universidades, organizaciones no gubernamentales, de empresarios y trabajadores en su calidad de Autoridad Administrativa del Trabajo en los términos de la Ley Nº 265, para asegurar el cumplimiento de las normas laborales sobre empleo, relaciones individuales, colectivas e inspectivas y condiciones y medio ambiente de trabajo.
  • Intervenir en todo lo relativo al tratamiento de los conflictos individuales, plurindividuales y colectivos de trabajo, en las negociaciones y convenciones colectivas de trabajo y cuando lo requiera el mantenimiento de la cohesión social, ejerciendo acciones de conciliación, mediación y arbitraje en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Planificar y administrar el asesoramiento y patrocinio letrado gratuito a los trabajadores que se sometan a la instancia administrativa en forma voluntaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º inciso g de la Ley Nº 265.
  • Entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y facilitar su internacionalización.
  • Entender en la planificación y el diseño de planes, programas y proyectos que impulsen el fortalecimiento institucional de las asociaciones sindicales.
  • Coordinar la capacitación de las asociaciones sindicales y de las Cámaras empresarias sobre las nuevas realidades laborales.

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