Servicios Jurídicos Gratuitos
Podrás obtener asesoramiento jurídico gratuito y patrocinio letrado gratuito.
Aviso importante. Dado el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto ante la propagación del Covid-19, la atención de consultas se realiza a través de la casilla de correo electrónico: serviciosjuridicospg@buenosaires.gob.ar.
- Lugar de atención: Uruguay 448.
- Teléfono: 4815-1787 y 4815-2353.
- Horario de atención: martes y jueves de 10:00 a 13:00 horas.
Servicios Jurídicos a la Comunidad de la PG CABA, asesora y patrocina gratuitamente a personas de bajos recursos sobre cuestiones relativas al derecho civil y, especialmente, al derecho de familia:
- Alimentos
- Régimen de comunicación
- Cuidado personal de los hijos
- Tutelas
- Procesos de restricción de la capacidad
- Filiación
- Adopción
- Autorización para salir del país
- Privación de responsabilidad parental
- Guarda
- Inscripción tardía de nacimiento
- Rectificación de partidas
- Controles de legalidad (Ley Nº 26.061)
- Salud mental (Ley Nº 26.657)
- Violencia Doméstica (Leyes Nº 24.417 y Nº 26.485)
Servicios Jurídicos a la Comunidad no comprende la atención de asuntos previsionales ni laborales.
Requisitos para acceder a Servicios Jurídicos a la Comunidad de la PG CABA
Los destinatarios de Servicios Jurídicos a la Comunidad son los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que reúnan las siguientes pautas económicas y patrimoniales (v. Resolución Nº 5-PG-2006 y sus modificatorias):
- Los ingresos del grupo familiar no pueden exceder la suma de dos (2) salarios mínimos vitales y móviles ($ 16.875 -Resolución 6/2019/SMVM-).
- En el supuesto de ser propietario de un (1) inmueble, este no puede tener una valuación fiscal superior a $ 160.000.
- En caso de ser titular de un automotor, el modelo debe tener una antigüedad superior a 12 años.
- Las mujeres víctimas de violencia familiar serán asesoradas y/o patrocinadas jurídicamente con independencia de su situación económica patrimonial (Ley Nº 26.485).