Restricción de ingreso a estadios de fútbol

Esta acción se enmarca en la Ley 6.771, sancionada por la Legislatura de la Ciudad, cuyo objetivo es reforzar el derecho a la alimentación y el cuidado de niños y adolescentes. La normativa busca limitar las actividades recreativas de quienes incumplen con su deber.

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Impulsada por los ministerios de Seguridad y de Justicia de la Ciudad, el Comité de Seguridad en el Fútbol de la Ciudad de Buenos Aires prohibirá el ingreso a los estadios porteños a todos los hinchas que sean deudores alimentarios. La medida se extenderá progresivamente a los 18 estadios de todas las categorías ubicados en territorio porteño mediante controles aleatorios en los accesos.

De este modo, personal policial solicitará los DNI a los hinchas que pretendan ingresar a los estadios y verificará en el momento si están inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. En caso de figurar como deudores, se les labrará un acta y se les denegará el acceso al estadio hasta tanto regularicen su situación ante el juzgado correspondiente. De este modo, las personas que figuren en el Registro no podrán ingresar a los estadios de fútbol.

Artículo 15 de la Ley 269 (incorporado por la Ley 6.771): "EVENTOS DEPORTIVOS: Los Organismos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a cargo del control de acceso a los estadios de fútbol, en ocasión de la disputa de encuentros futbolísticos organizados en el ámbito del territorio de la Ciudad por instituciones asociadas a la Asociación de Fútbol Argentino (AFA), la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) o la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), deberán rechazar el ingreso a los estadios a aquellas personas que se encuentren inscriptas en el Registro Público de Alimentantes morosos".

La Subsecretaría de Asuntos Registrales y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia porteño participará en los controles brindando asesoramiento a quienes lo requieran.

Para cualquier consulta, se solicita enviar correo electrónico a rdam@buenosaires.gob.ar

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