Política de Diversidad de Género
Garantiza por parte de la organización Facturación y Cobranzas de Efectores Públicos Sociedad del Estado, FACOEP SE, la planificación de una metodología de inclusión de personal que contemple la diversidad de género en cargos gerenciales y en el personal.
Objeto
La presente Política tiene como objeto garantizar por parte de la organización Facturación y Cobranzas de Efectores Públicos Sociedad del Estado, FACOEP SE, la planificación de una metodología de inclusión de personal que contemple la diversidad de género en cargos gerenciales y en el personal.
Alcance
La presente Política tiene alcance en FACOEP SE, sita en la calle Av. Medrano 350 piso 2, Ciudad de Buenos Aires y en todas sus oficinas y dependencias
Intención
“El Convenio Colectivo de Trabajo FACOEP SE, contempla la igualdad de oportunidades y de trato” y agrega: las partes signatarias, de acuerdo con el Art.: 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional, Ley 23.592 y el Art.: 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; acuerdan eliminar cualquier medida o práctica que produzca un trato discriminatorio desigual entre los trabajadores fundadas en razones políticas, sindicales, de sexo, orientación o preferencia sexual, género, estado civil, edad, nacionalidad, raza, etnia, religión, discapacidad, caracteres físicos, síndrome de deficiencia inmunológica adquirida, o cualquier otra acción, omisión, segregación, preferencia o exclusión que menoscabe o anule el principio de no discriminación e igualdad de oportunidades y de trato, tanto en el acceso al empleo como durante la vigencia de la relación laboral”.
FACOEP SE, en relación a lo expresado, garantiza la diversidad de género en cargos gerenciales y de personal. Adscribe al respeto de la identidad de género de las personas tanto en el ámbito público como privado.
Respetar la diversidad de género es un requisito fundamental a la hora de entablar una comunicación inclusiva y un uso no discriminatorio del lenguaje, en este punto FACOEP SE se compromete con capacitación relativa.
FACOEP SE se identifica con los principios de la igualdad de géneros ,empoderamiento de las mujeres, diversidad de género y con asegurar su participación plena efectiva en la igualdad en oportunidades de liderazgo, en todos los niveles de decisión
Documentación y Referencia
- Artículo 12 de la Ley 26.743, relacionado con el trato digno de las personas, a través del cual se establece la obligatoriedad de respetar la identidad de género de las personas, tanto en el ámbito público como el privado.
- Art. 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional.
- Ley 23.592
- Art.: 11 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires
Términos y Definiciones
La Dirección Municipal de Derechos Humanos afirma que el concepto expresión de Género refiere a la exteriorización de la identidad de género de una persona, incluyendo la expresión de la identidad o la personalidad mediante el lenguaje, la apariencia y el comportamiento, la vestimenta, las características corporales y la elección del propio nombre, entre otras.