Ratificación de acuerdos espontáneos

La Dirección General Relaciones del Trabajo, interviene en la solución de conflictos laborales entre trabajadores y empleadores suscitados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Última actualización: Martes 08/10/2024 10:36hs

¿Cuáles son los requisitos?

Para la celebración de los acuerdos espontáneos:

  • Formulario de inicio de Procedimiento de Acuerdo espontáneo que se completará al iniciar el trámite en TAD.

  • El Acuerdo deberá incluir en su texto la siguiente información:

    • Datos del trabajador: Nombre y apellido, CUIL, domicilio real, datos del letrado patrocinante o asesor gremial, domicilio constituido en el ámbito de la CABA
    • Datos del empleador: razón social, Nº CUIT, representante y domicilio donde se perfecciona la relación laboral en el ámbito de la CABA.
    • Correo electrónico de las partes
    • Fecha de ingreso del trabajador
    • De corresponder, fecha de egreso del trabajador
    • Objeto del acuerdo, citando el artículo de la LCT aplicable
    • Salario y categoría laboral
    • Convenio colectivo de trabajo aplicable a la actividad
    • Liquidación acordada
    • Forma de pago, no más de 6 cuotas y cada una de ellas no debe ser inferior a la remuneración mensual del trabajador.
  • Acta de ratificación

  • Documentación relativa a los extremos mencionados en el texto del convenio:

    • DNI del trabajador vigente
    • Documentación que acredite personería (poder, actas, estatutos, etc. y copia de los mismos), la cual deberá ser fechada y suscripta por el apoderado/ representante declarando bajo juramento que se encuentra vigente
    • Telegrama de renuncia, si lo hubiera
    • Fotocopia de los cheques entregados (“no a la orden” y “sin cruzar”), si los hubiera
    • Constancia de pago de arancel del 1% sobre el monto total del acuerdo, efectuado en la Cta. Cte. 210238/4 Banco Ciudad (Ley tarifaria), CBU Nº 0290000100000021023846, Sucursal 111, CUIT 34-99903208-9.

Pasos para realizar el trámite

Cargá la documentación en Trámites a Distancia (TAD) .

  • Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD)  con tu usuario y contraseña miBA.
  • Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación indicada.

Presentate en la sede acordada

  • Debés contar con la asistencia de letrado patrocinante o representante gremial.
  • El tiempo máximo de tolerancia para el inicio será de 15 minutos, una vez transcurridos los cuales se cancelará el turno otorgado, debiendo las partes solicitar un nuevo turno.

Costos del trámite

Costos

1% sobre el monto del acuerdo
  • Trámite arancelado según Ley tarifaria vigente.

  • Deberá abonarse el arancel del 1% sobre el monto total del acuerdo en la Cta. Cte. 210238/4 Banco Ciudad, CBU Nº 0290000100000021023846, Sucursal 111, CUIT 34-99903208-9

 

Más Información

  • Las partes pueden celebrar acuerdos espontáneos cuya homologación permite resolver definitivamente las diferencias laborales suscitadas entre ellas, sin llegar a una instancia judicial.

  • Por dudas o consultas sobre este trámite, podés visitar la Web de la Dirección General Relaciones del Trabajo del Gobierno de la Ciudad.


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


Descargas

Descargar
Descargar
Descargar

Organismo Responsable

Secretaría de Trabajo y Empleo - Dirección General Relaciones del Trabajo

Ubicación
Bartolomé Mitre 575
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
9 a 16 hs