Autorización de trabajo infantil artístico

Autorización de trabajo infantil artístico

Última actualización: Martes 23/05/2023 12:01hs

El artículo 8º del Convenio Nº 138 de la Organización Internacional del Trabajo establece que la actuación de niños o niñas en representaciones artísticas exceptúan la prohibición del trabajo infantil debiendo la autoridad administrativa laboral local otorgar los permisos individuales.

Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma TAD

¿Cuáles son los requisitos?

  • Contar con usuario y clave miBA. Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, clickeá acá.
  • Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación obligatoria:
    • Declaración Jurada Trabajo Infantil Artístico. Los documentos correspondientes a Niño 1 incluyen los siguientes:
    • Fotocopia del DNI del niño
    • Fotocopia de la partida de nacimiento del niño
    • Fotocopia del certificado de aptitud física del niño
    • Fotocopia de la constancia de alumno regular
    • Fotocopia del DNI del padre
    • Fotocopia del DNI de la madre
    • Certificado de defunción de padre o madre (en caso de corresponder)
  • Guion de participación artística
  • Formulario Planilla Única
  • Nota de autorización de padres/tutores (con firma certificada)
  • Nota de autorización acompañante (con firma certificada)
  • Constancia de inscripción en AFIP vigente

    • BUI con su constancia de pago de arancel (puede generarla ingresando a: https://sir.buenosaires.gob.ar/ dentro del grupo Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio.
  • Documentación en caso de ser 2 niños o más

    • Declaración Jurada complementaria - Trabajo Infantil Artístico (estos formularios se deben completar por cada niño adicional)
    • Acompañar la demás documentación en el campo "Otra documentación (documentación respaldatoria para otros niños)"
    •  

El artículo 8º del Convenio Nº 138 de la Organización Internacional del Trabajo establece que la actuación de niños o niñas en representaciones artísticas exceptúan la prohibición del trabajo infantil debiendo la autoridad administrativa laboral local otorgar los permisos individuales.

Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma TAD

Pasos para realizar el trámite

Realiza el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)

  • Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), con tu usuario y contraseña MIBA.
  • Buscá el trámite correspondiente y seleccioná "iniciar trámite".
  • Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación indicada.

Costos del trámite
Costos
Estipulado según Ley Tarifaria 2023

Más Información

  • La solicitud deberá realizarse con un plazo de tres (3) días hábiles anteriores a la realización a la fecha de trabajo cuando contemple hasta 10 niños/as y con cinco (5) días hábiles cuando sean más de diez.

  • A su vez, se recuerda que en caso de solicitar la autorización de más de un (1) niño, se deberán completar obligatoriamente tantos formularios de Declaración Jurada Complementaria como niños adicionales fueran a actuar.

  • Tanto el formulario planilla única como la Nota de Autorización de padres/tutores pueden descargarse en el sitio web: Trabajo Infantil Artístico.

  • Contacto: notificacionestia@gmail.com.


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


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