Autorización para Concretar Matrimonio o Unión Convivencial en la Ciudad, de Ciudadanos Casados y Divorciados en el Extranjero

Es el trámite a través del cual se obtiene una autorización para ciudadanos casados y divorciados en el extranjero, que permite contraer matrimonio civil o unirse convivencialmente en la Ciudad de Buenos Aires.

Última actualización: Jueves 04/04/2024 11:55hs

¿Cuáles son los requisitos?

  • Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3
  • Acta de matrimonio con la inscripción del divorcio, expedida por el Registro Civil de la jurisdicción donde se haya celebrado el matrimonio y legalizada por el Consulado Argentino del país de origen o apostillada (ver apartado de legalizaciones y traducciones en la sección de “Más Información” de este mismo trámite).
  • Testimonio de la sentencia de divorcio, expedida por el tribunal correspondiente, que se encuentre firme
  • En caso de divergencia en el nombre y apellido entre los documentos, se requerirá partida de nacimiento.

Pasos para realizar el trámite

Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)

  • Ingresá a la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
  • Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
  • Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada.
  • Se verificará la documentación, en caso de estar correcta se le indicará como generar su boleta de pago (por favor, no generar la boleta antes de la indicación correspondiente).
  • Una vez que el organismo revise la documentación y apruebe el trámite, se le indicara que puede generar la boleta de pago en TAD desde "Mis trámites" - "seleccionar el expediente iniciado" - "pagos" - "seleccionar el concepto correspondiente". 

Por favor, no generar o pagar la boleta antes de la verificación de la documentación y posterior indicación por parte del personal del registro civil.


Como el trámite se realiza en forma íntegramente digital, no siendo necesario que el vecino comparezca personalmente a la sede del Registro Civil, vas a recibir tu partida inscripta al mail informado.


Si tenés alguna duda con respecto al trámite, podés realizar previamente una consulta a casadosydivorciados@buenosaires.gob.ar.


Cuando corroboremos que la documentación es suficiente y correcta, se les habilitará el permiso de reserva de turno online en la delegación del registro elegida para celebrar la ceremonia, y a esta se remitirá la documentación correspondiente.


En caso de ser necesario, podrás ser citado para que concurras personalmente con la documentación correspondiente.


Costos del trámite

Costos

$3.417,00

Más Información

  • Las partidas o documentación de otros países, deberán encontrarse legalizadas para que tengan valor en Argentina, a través de diferentes sistemas válidos:
    • Apostilla de La Haya (Ley 23.458)
    • Legalización ante el Consulado Argentino en el país emisor de la partida (Ley 1629/01)
    • Partidas de la República de Portugal, posteriores al 12/06/1882 (Ley 1169); Consulado de Portugal en la Argentina
    • Partidas de la República de Italia, posteriores al 23/10/1989 (Ley 23.728) - No requieren legalización.
    • Partidas de la República de Chile, posteriores al 10/11/2004, emitidas por el Consulado de Chile en la Argentina, con intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Argentina

  • Las partidas o documentación en Idioma Extranjero o que contuviera texto en otro idioma, deberán ser traducidas por traductor público de la Ciudad de Buenos Aires y Legalizadas en el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 20.305) (Ej: variante de nombre al español, como Giuseppe / José).
  • En caso de no existir traductor público del idioma de la partida en el país, deberá requerirse una certificación al colegio citado que avale la inexistencia y recurrir a un intérprete para que, bajo declaración jurada, traduzca al castellano el instrumento.
  • Además, será necesario certificar la firma del idóneo ante escribano público o en la Sede Central del Registro Civil.
     
  • En caso de que los contrayentes sean menores, las partidas de filiación única tienen vigencia dentro de los treinta días de emitidas. Las de doble filiación (originales y en buen estado), tienen validez siempre, siendo potestad del oficial público actuante.


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el Mail de Confirmación de Turnos. En ese caso, tenés que llamar al 147 para indicar un correo alternativo.


Descargas

Descargar
Descargar

Organismo Responsable

Dirección General de Registro Civil

Ubicación
Uruguay 753
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
7.30 a 19 hs