Autorización y funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes
Espacio Cultural Independiente (ECI) es aquel establecimiento con una capacidad máxima de trescientos (300) asistentes y una superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados, donde se desarrollen o se propongan desarrollar los usos o actividades autorizadas para los teatros independientes, peñas, milongas, clubes de música en vivo y centros culturales.
Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra mesa de atención virtual, o en forma presencial.
¿Cuáles son los requisitos?
Este trámite se realiza de manera online mediante Tramitación a Distancia (TAD).
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
- Solicitud.
- Anexo técnico bajo el rubro Espacio Cultural Independiente (ECI).
- Novedad: el AT lleva la leyenda “Encomienda Espacio Cultural Independiente (ECI)” para una mejor identificación. Además, se incorporan en el cuerpo del mismo, cuestiones específicas para este tipo de trámite, a saber:
- ¿Realiza actividad de baile? Sí/No.
- ¿Posee estructura para luminaria? Sí/No.
Nota: En caso que el establecimiento admita la modalidad de baile de conformidad con el artículo 5° de la Ley N° 6.063, se deberá declarar expresamente en la solicitud de habilitación y/o declaración responsable, en el anexo técnico y en la carátula de planos.
- Certificado de aptitud Ambiental.
- Documento obligatorio: nómina de establecimientos culturales.
- Plano caratulado con rubro Espacio Cultural Independiente (ECI).
- Constancia de habilitación (certificado y plano), en caso de locales con habilitación en trámite.
- Inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes (RAC).
Pasos para realizar el trámite
Inicio del trámite
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Ingresá a la Plataforma de Trámitación a Distancia (TAD), con tu clave miBA nivel 2 o 3 de miBA y seleccioná “Autorización de Actividad Económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC): “Nuevo Espacio Cultural Independiente (ECI)”.
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Al ingresar, se te ofrecerán 2 opciones:
- Trámite nuevo - Espacio Cultural Independiente (ECI): iniciar un trámite desde cero.
- Adecuación - Espacio Cultural Independiente (ECI): adecuar un trámite existente -en curso o aprobado-.
Confirmación del trámite
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Cargá los datos solicitados y adjuntá toda la documentación requerida para poder dar ingreso al trámite.
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Una vez confirmado el trámite, se te generará el documento de declaración responsable y la oblea con código QR para ser descargados.
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El librado al uso será dado de forma automática, a menos que se encuentre el trámite emplazado en una ubicación con normativa especial.
La actividad tendrá una vigencia de 5 años y quedará sujeta a la verificación Inspectiva
Finalización del trámite
Una vez otorgada la Autorización, deberás gestionar el Libro de Registro de Inspecciones Digital, ingresando al Portal del Libro Digital con tu clave miBA nivel 2 o 3.
Costos
Gratis
Más información
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Es requisito obligatorio para el inicio del trámite la inscripción en la nómina de Establecimientos Culturales, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley N° 6.063. La falta o ausencia de la presentación de la citada inscripción implica el rechazo in límine de la solicitud.
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Para el supuesto de actividad de baile establecido en el artículo 5° de la Ley N° 6.063, deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por el Anexo de la Resolución N°227/AGC/19 en el capítulo 2.
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La Dirección General de Habilitaciones y Permisos establecerá en cada caso las capacidades para los establecimientos tanto si se realiza la actividad de baile o no.
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La habilitación del Espacios Culturales Independientes (ECI) es compatible con los siguientes usos: café - bar, restaurante, librería, disquería, galería de arte, salón de exposición, salón de conferencias, sala de ensayo, estudio profesional, club de barrio y todo uso asimilable a manifestación de arte y/o cultura, siempre que el reglamento de copropiedad del mismo así lo permita.
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Pueden solicitar el encuadramiento legal bajo los términos de la presente ley o continuar con la habilitación o solicitud bajo la norma de aplicación para el caso, los establecimientos habilitados o en proceso de habilitación, en el marco de las siguientes leyes:
Normativa
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Ley N° 6.101
Ley marco de Regulación de Actividades Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
Decreto N° 40/19
Reglamentación de la Ley N° 6.101 -
Ley N° 6.099
Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
C.E Ley 6438 consolidado y modificaciones
Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
Resolución N° 150/AGC/23
Sustituyen Anexos del procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas -
Anexo I Resolución N° 150/AGC/23
Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas -
Ley N° 6.063
De habilitación y fiscalización para Espacios Culturales Independientes. -
Resolución Nº 3631/MCGC/19
Créase el Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI) a conformarse por la nómina de los Espacios Culturales Independientes (ECI), en los términos de lo establecido por la Ley N° 6.063. -
Resolución N° 227/AGC/19
Reglamentación de la Ley N° 6.063. -
Anexo l de la Resolución N° 227/AGC/19
Anexo I "Pautas para la Autorización y Funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes".