Autorización y funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes
Autorización y funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes
Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestraMesa de Atención Virtual, o en forma presencial, únicamente con Turno Web Previo.
Espacio Cultural Independiente (ECI) es aquel establecimiento con una capacidad máxima de trescientos (300) asistentes y una superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados, en el que se realicen exposiciones de arte, proyecciones audiovisuales y de multimedia, radio digital, manifestaciones artísticas con participación real y directa de creativos y artistas, y todas las actividades autorizadas para los Teatros Independientes, Peñas, Milongas, Clubes de Música en Vivo y Centros Culturales.
¿Cuáles son los requisitos?
Trámite Nuevo - Espacio Cultural Independiente (ECI)
- Solicitud
- Anexo Técnico con Rubro 2.1.1 - Espacio Cultural Independiente (ECI)
- Novedad: el AT lleva la leyenda “Encomienda Espacio Cultural Independiente (ECI)” para una mejor identificación. Además, se incorporan en el cuerpo del mismo, cuestiones específicas para este tipo de trámite, a saber:
- ¿Realiza actividad de baile? Sí/No
- ¿Posee estructura para luminaria? Sí/No.
Nota: en caso de declarar actividad de baile en el AT, se te pedirá que adjuntes el correspondiente trámite del Registro de Consultoras y Profesionales en Auditorias y Estudios Ambientales del Registro de Evaluación Ambiental (RAC).
- Certificado de aptitud Ambiental
- Documento obligatorio el Catalogo de Espacio Cultural Independiente (CECI)
- Plano caratulado con rubro Espacio Cultural Independiente (ECI)
- Si cumple con las condiciones, se exime del pago del timbrado (aunque, si ingresa otros rubros, pagará lo correspondiente al rubro, no Espacio Cultural Independiente.
Adecuación - Espacio Cultural Independiente (ECI):
- Solicitud: los datos del titular y domicilio vienen heredados del trámite desde el cual adecúa (no siendo posibles de modificar, si ya está aprobado).
- Anexo Técnico con Rubro 2.1.1 Espacio Cultural Independiente (ECI).
Nota: en caso de declarar actividad de baile en el AT, se te pedirá que adjuntes el correspondiente trámite del Registro de Consultoras y Profesionales en Auditorias y Estudios Ambientales del Registro de Evaluación Ambiental (RAC).
- Documento obligatorio el Catalogo de Espacio Cultural Independiente (CECI)
- Plano caratulado con rubro Espacio Cultural Independiente (ECI).
- Deberá presentar constancias de habilitación (certificado y plano), en caso de locales habilitados.
En caso de locales con habilitación en trámite, deberás presentar constancia de número de Expediente (soporte papel o expediente electrónico).
Pasos para realizar el trámite
Inicio del trámite
-
Ingresá a la Plataforma de Trámitación a Distancia (TAD), con tu Clave Ciudad Nivel 2 de AGIP y seleccioná “Autorización de Actividad Económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC): “Nuevo Espacio Cultural Independiente (ECI)”.
-
Al ingresar, se te ofrecerán 2 opciones:
- Trámite nuevo - Espacio Cultural Independiente (ECI): iniciar un trámite desde cero.
- Adecuación - Espacio Cultural Independiente (ECI): adecuar un trámite existente -en curso o aprobado-.
Confirmación del trámite
-
Cargá los datos solicitados y adjuntá toda la documentación requerida para poder dar ingreso al trámite.
-
Una vez confirmado el trámite, se te generará el documento de declaración responsable y la oblea con código QR para ser descargados.
-
El librado al uso será dado de forma automática, a menos que se encuentre el trámite emplazado en una ubicación con normativa especial.
La actividad tendrá una vigencia de 5 años y quedará sujeta a la verificación Inspectiva
Finalización del trámite
Una vez otorgada la Autorización, deberás solicitar un turno web para “Retiro de trámites aprobados”, y luego presentarte en la Agencia Gubernamental de Control (AGC, ubicada en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941.
Más información
-
En caso que el establecimiento admita la modalidad de baile de conformidad con el artículo 5° de la Ley N° 6.063, se deberá declarar expresamente en la solicitud de Habilitación y/o Declaración Responsable, en el Anexo Técnico y en la carátula de planos.
-
La habilitación del Espacios Culturales Independientes (ECI) es compatible con los siguientes usos: Café - bar, restaurante, librería, disquería, galería de arte, salón de exposición, salón de conferencias, sala de ensayo, estudio profesional, club de barrio y todo uso asimilable a manifestación de arte y/o cultura, siempre que el reglamento de copropiedad del mismo así lo permita.
-
Pueden solicitar el encuadramiento legal bajo los términos de la presente ley o continuar con la habilitación o solicitud bajo la norma de aplicación para el caso, los establecimientos habilitados o en proceso de habilitación, en el marco de las siguientes Leyes:
Normativa
-
Ley N° 6.101
Ley marco de Regulación de Actividades Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
Ley N° 6.099
Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
Ley N° 6.100
Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -
Ley N° 6.063
De habilitación y fiscalización para Espacios Culturales Independientes. -
Resolución Nº 3631/MCGC/19
Créase el Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI) a conformarse por la nómina de los Espacios Culturales Independientes (ECI), en los términos de lo establecido por la Ley N° 6.063 y su modificatoria, la Ley N° 6146. -
Resolución N° 227/AGC/19
Reglamentación de la Ley N° 6.063. -
Anexo l de la Resolución N° 227/AGC/19
Anexo I "Pautas para la Autorización y Funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes".