Autorización y funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes

Espacio Cultural Independiente (ECI) es aquel establecimiento con una capacidad máxima de trescientos (300) asistentes y una superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados, donde se desarrollen o se propongan desarrollar los usos o actividades autorizadas para los teatros independientes, peñas, milongas, clubes de música en vivo y centros culturales.

Última actualización: Lunes 02/09/2024 11:26hs

Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra mesa de atención virtual, o en forma presencial.

 

¿Cuáles son los requisitos?

Este trámite se realiza de manera online mediante Tramitación a Distancia (TAD).

  • Solicitud.
  • Anexo técnico bajo el rubro Espacio Cultural Independiente (ECI).
  • Novedad: el AT lleva la leyenda “Encomienda Espacio Cultural Independiente (ECI)” para una mejor identificación. Además, se incorporan en el cuerpo del mismo, cuestiones específicas para este tipo de trámite, a saber:
    • ¿Realiza actividad de baile? Sí/No.
    • ¿Posee estructura para luminaria? Sí/No.

Nota: En caso que el establecimiento admita la modalidad de baile de conformidad con el artículo 5° de la Ley N° 6.063, se deberá declarar expresamente en la solicitud de habilitación y/o declaración responsable, en el anexo técnico y en la carátula de planos.

  • Certificado de aptitud Ambiental.
  • Documento obligatorio: nómina de establecimientos culturales.
  • Plano caratulado con rubro Espacio Cultural Independiente (ECI).
  • Constancia de habilitación (certificado y plano), en caso de locales con habilitación en trámite.
  • Inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes (RAC).

Pasos para realizar el trámite

Inicio del trámite

  • Ingresá a la Plataforma de Trámitación a Distancia (TAD), con tu clave miBA nivel 2 o 3 de miBA y seleccioná “Autorización de Actividad Económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC): “Nuevo Espacio Cultural Independiente (ECI)”.

  • Al ingresar, se te ofrecerán 2 opciones:

    • Trámite nuevo - Espacio Cultural Independiente (ECI): iniciar un trámite desde cero.
    • Adecuación - Espacio Cultural Independiente (ECI): adecuar un trámite existente -en curso o aprobado-.

Confirmación del trámite

  • Cargá los datos solicitados y adjuntá toda la documentación requerida para poder dar ingreso al trámite.

  • Una vez confirmado el trámite, se te generará el documento de declaración responsable y la oblea con código QR para ser descargados.

  • El librado al uso será dado de forma automática, a menos que se encuentre el trámite emplazado en una ubicación con normativa especial.

La actividad tendrá una vigencia de 5 años y quedará sujeta a la verificación Inspectiva

Finalización del trámite

Una vez otorgada la Autorización, deberás gestionar el Libro de Registro de Inspecciones Digital, ingresando al Portal del Libro Digital con tu clave miBA nivel 2 o 3.


Costos del trámite

Costos

Gratis

Más información

  • Es requisito obligatorio para el inicio del trámite la inscripción en la nómina de Establecimientos Culturales, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley N° 6.063. La falta o ausencia de la presentación de la citada inscripción implica el rechazo in límine de la solicitud.

  • Para el supuesto de actividad de baile establecido en el artículo 5° de la Ley N° 6.063, deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por el Anexo de la Resolución N°227/AGC/19 en el capítulo 2.

  • La Dirección General de Habilitaciones y Permisos establecerá en cada caso las capacidades para los establecimientos tanto si se realiza la actividad de baile o no.

  • La habilitación del Espacios Culturales Independientes (ECI) es compatible con los siguientes usos: café - bar, restaurante, librería, disquería, galería de arte, salón de exposición, salón de conferencias, sala de ensayo, estudio profesional, club de barrio y todo uso asimilable a manifestación de arte y/o cultura, siempre que el reglamento de copropiedad del mismo así lo permita.

  • Pueden solicitar el encuadramiento legal bajo los términos de la presente ley o continuar con la habilitación o solicitud bajo la norma de aplicación para el caso, los establecimientos habilitados o en proceso de habilitación, en el marco de las siguientes leyes:


Normativa


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


Descargas

Descargar
Descargar
Descargar
Descargar
Descargar
Descargar
Descargar
Descargar
Descargar
Descargar

Organismo Responsable

Agencia Gubernamental de Control - Dirección General Habilitaciones y Permisos

Ubicación
Tte. Juan Domingo Perón 2941
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
9 a 13.30 hs