Certificación de artefactos térmicos por parte de profesionales Certificantes / Agua Caliente, Calderas de Baja y Alta Presión, Termotanques y Fluido Térmico
Certificación de artefactos térmicos por parte de profesionales Certificantes / Agua Caliente, Calderas de Baja y Alta Presión, Termotanques y Fluido Térmico.
Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestraMesa de Atención Virtual, o en forma presencial, únicamente con Turno Web Previo.
Todo artefacto térmico tendrá un libro digital de uso obligatorio.
¿Cuáles son los requisitos?
Concurri a tu consejo profesional para solicitar el nombre de usuario y contraseña, para poder Ingresar al Sistema de “Registro de Artefactos Térmicos” (RAT).
Consejos Profesionales habilitantes
- Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC)
- Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista (COPIME)
- Consejo Profesional de Ingeniería Industrial (CPII)
- Todo consejo profesional que pueda matricular profesionales con incumbencias necesarias para el ejercicio profesional de certificante de calderas.
Todo profesional certificante debe contar con matricula de gasista, la misma tiene que ser presentada en el Consejo Profesional
Pasos para realizar el trámite
Acceder al sitio web
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Ingresá como profesional certificante al Portal Web de Profesionales de la Agencia Gubernamental de Control con el usuario y contraseña adquiridos en el Consejo Profesional.
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En dicho portal se desplegara un menú con las posibilidades de trámites exclusivas para profesionales. Dentro del portal, debés ingresar a la opción artefactos térmicos relacionados.
Aceptar o Rechazar Artefactos Térmicos
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En el sistema se visualizarán las solicitudes cargadas por el titular, propietario o administrador.
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Podrá aceptar o rechazarla certificación de los artefactos térmicos.
Completar los datos
Una vez aceptadas dichas solicitudes, podrá ser visualizada la lista de ubicaciones de artefactos térmicos en tu sistema, donde se despliegan los anexos para completar.
Cargar el Informe Técnico
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Deberás informar en los plazos establecidos el estado del artefacto térmico en el libro digital del Registro de artefactos térmicos y mantener actualizada dicha información.
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Una vez finalizada la carga del informe técnico, el titular, propietario o administrador podrá descargar el Código QR con el estado correspondiente:
- Apto para su uso.
- Apto para su uso requiere mejoras menores.
- Apto para su uso, instalación fuera de servicio, en proceso de desmantelación.
- Fuera de servicio.
Más información
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El libro digital deberá contener los informes elaborados por el profesional certificante, previa aceptación de su designación por parte de los propietarios o administradores de consorcios y mantener actualizada la información sobre el estado del artefacto térmico.
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Los propietarios o administradores de consorcios designarán un profesional certificante que elaborará los informes técnicos para ser cargados en el libro digital.
Normativa
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C.E. Texto ordenado Ley 6100-Ley 6438 Consolidado
Código de edificación. -
IF-RT-050106-020601-06-VO3-CONSERVACION DE LAS INST. TERMICAS
Certificación de Instalaciones Térmicas. -
Resolución N°205/SSGU/22
Reglamentación técnicos del Código de Edificación. -
Manual del usuario del administrador de instalaciones registradas