Certificado de Inspección final o parcial (CIF)
Todos los inmuebles de la Ciudad que poseen un Proyecto aprobado ante esta Oficina y que no estén alcanzados por la O.M. N°36.973, como así también todos los Locales Bailables clase "C" deben obtener el correspondiente "Certificado de Inspección Final". Este trámite puede realizarse a través de la Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con Clave Ciudad de AGIP
- Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación:
Si es PERSONA FÍSICA:
- Contrato de locación o Escritura del inmueble (según corresponda);
- DNI
Si es PERSONA JURÍDICA:
- Estatuto social o Consolidación de Consorcio de Propietarios con su correspondiente Acta de designación de administrador (según corresponda)
- Contrato de locación o Escritura del inmueble (según corresponda)
- DNI
Documentación adicional:
- Comprobante de pago
Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) a través de la Web de AGIP, con tu Clave Ciudad y contraseña.
- Seleccioná la opción: “TAD – Jefatura de Gabinete de Ministros”.
- Buscá el trámite correspondiente y Selecciona "Iniciar Trámite”.
- Seguí los Pasos indicados por el sistema y Cargá la Documentación Indicada.
- Este trámite es arancelado de acuerdo con la Ley Tarifaria Vigente.
Más información
Recordá que si te desuscribiste de los mails del gcba, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
Una vez aprobado el correspondiente Certificado de Inspección Final (CIF) se notificará al tramitante quien deberá presentarse en el asiento de esta Oficina para retirar el mismo. Este Certificado debe ser renovado cada tres (3) meses para los Locales Bailables clase "C", para dar cumplimiento a la O.M. 50.250, según D.N.U. Nº 1 de fecha 8 de febrero del año 2005
Contacto: