Residencia temporaria

La residencia temporaria es la admisión a permanecer en el país otorgada por el Estado Argentino por un período de tiempo limitado en el país en atención al cumplimiento de los requisitos que mas adelante se detallan.

Última actualización: Viernes 05/01/2024 11:15hs

La residencia temporaria es la admisión a permanecer en el país otorgada por el Estado Argentino por un período de tiempo limitado en el país en atención al cumplimiento de los requisitos que mas adelante se detallan.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Cédula de Identidad, pasaporte o certificado de nacionalidad con fotos vigentes, en original y copias.
  • Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, emitido por autoridad competente, donde hayas residido por más de un año en los últimos tres años.
    • La solicitud del certificado de Antecedentes Penales Argentinos está integrada a esta aplicación, por lo cual no tenés que tramitarlo en ninguna dependencia ni en otra plataforma web que no sea ésta.
  • Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, que se realiza en la Dirección Nacional de Migraciones al momento de la solicitud de residencia.
  • Certificado de domicilio en Argentina, emitido por autoridad competente, a nombre del solicitante, o comprobante de algún servicio público a tu nombre o de tu cónyuge.

Los interesados procedentes de países fuera del Mercosur y no asociados, además, deberá acreditar alguna de las siguientes condiciones:

1) En los casos de Estudios Formales, no formales, parciales o intercambios estudiantiles y culturales corresponderá contar con la constancia de preinscripción electrónica, debido a que el número identificatorio de la misma es requerido por el sistema RADEX para determinar qué tipo de residencia te corresponde.

3) En caso de rentista: deberá acreditarse el origen de los fondos por intermedio de instituciones bancarias o financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina y probarse que el monto de las rentas es suficiente para atender a su manutención y la de su grupo familiar primario (monto mínimo previsto: $30.000).

4) En caso de pensionado: constancia expedida por un gobierno u organismo internacional que certifique que recibís una pensión o jubilación, en forma regular y permanente, como así también el monto y duración de dicho beneficio.

5) En caso de académico: acreditar: (a) acuerdos suscriptos entre instituciones de educación superior; (b) contrato suscripto por las partes, ante Escribano público, nota del órgano o institución contratante, en la que justifique la contratación, y currículum vitae del migrante y (c) Constancia de inscripción del empleador en el Registro Único de Requirentes de Extranjeros de la DNM.

6) En caso de religioso de un culto reconocido oficialmente con dedicación exclusiva: carta de presentación del representante habilitado del culto, certificada por la Secretaria de Culto dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, en donde se especifique la actividad o función a desarrollar en la Argentina, domicilio donde se desarrollará la tarea y si la entidad se hará cargo de su manutención y alojamiento.

7) En caso de inversionista: deberá realizar una inversión productiva, comercial o de servicios de interés para el país por un mínimo de $ 1.500.000. El interesado presentará ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) el proyecto de inversión, debiendo acreditar el origen y legalidad de los fondos, y su ingreso al país por medio de instituciones bancarias o financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Con la aprobación del BCRA, el Ministerio de Producción analiza el proyecto, plazo de ejecución y elabora un dictamen no vinculante, el cual remite a la DNM para que otorgue la residencia temporaria, fijando un plazo para la concreción de la inversión que tendrá carácter perentorio.

8) En caso de científico: acreditar: (a) contrato que lo vincule a la institución además de documentación que certifique su especialidad; (b) Si usted fuera directivo, técnico o personal administrativo de entidades públicas o privadas extranjeras de carácter comercial o industrial y fuera trasladado desde el exterior para cubrir cargos específicos en su empresa y que devenguen honorarios o salario a cobrar en la Argentina deberá acompañar: nota de traslado y elemento de prueba que acredite el vínculo con la entidad empleadora y (c) Constancia de inscripción del empleador en el Registro Único de Requirentes de Extranjeros de la DNM.

9) En caso de paciente bajo tratamiento médico: acompañar historia clínica en donde conste la patología y el tratamiento médico a seguir en un establecimiento sanitario dentro de la Argentina. Si el tratamiento fuera llevado a cabo en un hospital público, deberá encontrarse suscripta por el director de la institución; si fuera llevado a cabo en una institución privada o ante un médico particular, deberá certificarse la firma del profesional ante el Ministerio de Salud. Cuando el tratamiento médico fuera practicado en menores de edad, discapacitados o enfermos que debieran permanecer acompañados, la residencia se hará extensiva a los familiares directos, representante legal o curador, debiendo éstos acompañar su documentación personal.

10) En caso de deportista o artista: acreditar: (a) Contrato en razón de su especialidad, suscripto por la persona física o jurídica que lo contratase, justificando la contratación; (b) Elemento de prueba que acredite su condición de artista o deportista suscripto por la partes, firmado ante Escribano público o ante un agente de la DNM, al momento de iniciar la solicitud de residencia y (c) Constancia de inscripción del empleador en el Registro Único de Requirentes de Extranjeros de la DNM.

11) En caso de trabajador migrante: acreditar: (a) Pre-contrato laboral suscripto por las partes, que deberá especificar datos personales de las partes, tareas a realizar por el migrante, duración de la jornada laboral, duración de la relación laboral, domicilio donde desarrollará tareas el extranjero, remuneración a percibir (deberá ajustarse al Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad a desarrollar) y número de CUIT del empleador. Si el empleador estuviera representado por un tercero, deberá acompañar el Poder de estilo nombrando a este; (b) Las firmas deberán encontrarse certificadas por Escribano público o ante un agente de la DNM al momento de iniciar la solicitud de residencia; (c) Constancia de inscripción del empleador ante la AFIP; (d) Constancia de inscripción del empleador en el Registro Único de Requirentes de Extranjeros de la DNM y (e) Dentro del plazo de 30 días corridos a partir del inicio de la solicitud de residencia, deberá presentar la constancia de alta temprana emitida por la AFIP y suscripta por el empleador.

Pasos para realizar el trámite

Registrate online

Generá un usuario en la Plataforma online de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), con tu cuenta de mail para interactuar con el organismo e iniciar los trámites para obtener tu residencia. Allí se te enviarán los detalles del curso de tu trámite y la fecha de tu cita personal en la sede migratoria.

  • Con la Plataforma online de la Dirección Nacional de Migraciones (RADEX), podes iniciar el trámite cuando lo desees en una PC, tablet o celular. No necesitás ir a ninguna oficina ni centro de documentación para iniciar el trámite y tampoco recurrir a gestores.

Cargá tus datos y la documentación

Completá la información requerida y subí la documentación, según tu tipo de residencia. También podrás cargar a todo tu grupo familiar en un mismo trámite, de esta forma tus hijos menores de 18 no abonarán la tasa migratoria.

Aboná el trámite

Realiza el pago de las boletas que emite el sistema, correspondientes a las tasas retributivas de servicios correspondientes a Migraciones, Registro Nacional de Reincidencia y RENAPER.


Costos del trámite

Costos

$3.000,00

Certificado de Residencia Temporaria (Países del Mercosur y Asociados)

$6.000,00

Certificado de Residencia Temporaria (Países fuera del Mercosur y no asociados)
  • Podrás obtener un trámite con cita preferencial, abonando un monto adicional de $10.000.

Formas de pago:

  • Efectivo: Las residencias y los certificados de antecedentes penales se abonan en Bapro Pagos o en Banco Nación, y el DNI en Banco Provincia o en Provincia Net. La acreditación del pago demorará cinco días hábiles.

  • Tarjeta de crédito: La acreditación del pago es inmediato. Tu trámite online será más ágil si abonás con tarjeta de crédito y estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

Más información

  • Durante el procedimiento, tendrás que adjuntar las imágenes de esa documentación. Si no son escaneadas, podrán ser fotos tomadas con teléfono celular.

  • Para solicitar residencia online, es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina. El sistema constatará el legal ingreso, pudiendo solicitar el comprobante de entrada al país y/o sellado en el pasaporte.

  • Países incluidos: Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela, Guyana y Surinam.

  • Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.


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Organismo Responsable

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Lunes a viernes