Convalidación de licencia de configuración ambiental para vehículos híbridos o eléctricos
Los vehículos híbridos o eléctricos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueden acceder al beneficio de exención de impuesto de patentamiento (art. 373 inc. 7 del Código Fiscal de la Ciudad, t.o. 2019).
Última actualización:
Martes 08/10/2024 15:05hs
Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
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Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación obligatoria:
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Formulario de Inscripción
- Ser la empresa fabricante, Importadora o Comercializadora del Vehículo.
- Personería Jurídica Certificada
- Representación Legal del firmante: bajo un poder especial que lo faculte para el acto de que se trata o poder general obrante en escritura pública, o resolución o acta de asamblea de designación de autoridades.
- Licencia de Configuración Ambiental o Certificado de Aprobación de Emisiones Sonoras y/o Emisiones Gaseosas: según corresponda, otorgado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (pueden incluirse varios modelos en un mismo expediente).
Pasos para realizar el trámite
Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada.
Costos del trámite
Costos
Gratis
Más información
- Para obtener este beneficio, previamente la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) o el Certificado de Emisiones Sonoras/Gaseosas correspondiente al modelo, debe encontrarse convalidada por la Agencia de Protección Ambiental (APrA), según el procedimiento descripto en la Resolución 150-APRA-19 (este trámite de convalidación debe realizarlo ante la Agencia de Protección Ambiental (APrA) el fabricante o importador del vehículo.
- El beneficio entra en vigencia desde la fecha de emisión de la convalidación, y no tiene vencimiento para el modelo. Su efecto no es retroactivo para pagos de patente realizados con anterioridad a dicha fecha.
- Concluido el trámite, la Agencia de Protección Ambiental (APrA) remitirá la convalidación a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) para que se dé inicio al beneficio impositivo sobre el modelo y, simultáneamente, se realizará la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (también se notificará de la conclusión del trámite al representante de la empresa).
- Para los vehículos todo eléctricos categoría L (como motos) , que no cuentan con LCA, se establece el procedimiento para validación dispuesto en la resolución conjunta Nº1-APRA/2022.
- Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, podés escribir a energía@buenosaires.gob.ar.
Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
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Organismo Responsable
Agencia de Protección Ambiental (APRA)
Ubicación
Av. Martín García 346
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
9 a 13 hs