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Declaración de las instalaciones térmicas (RIT): calderas y termotanques - Propietarios

Todo edificio de la CABA que cuente con artefactos térmicos, comprendidos en el artículo 1 del IF-RT-050106-020601-06-CONSERVACION DE LAS INST. TERMICAS, está obligado, para su certificación, a declararlos en el Registro (RIT).

Modalidad: Online

Requisitos para iniciar el trámite

  • Contar con usuario y clave miBA nivel 3

    - Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.

    - Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA. 

  • Ser propietario, titular o administrador de consorcios.

Pasos para completar el trámite

  • Registrate en el sistema

    Ingresá al portal de AGIP con tu usuario y contraseña miBA , haciendo clic en "Iniciar trámite" y adherí el servicio de "Conservación y Mantenimiento Edilicio", seleccionando "Adherir aplicativo".

     

    Podrás también declarar en "Administración y subadministración" la persona jurídica a la que representás o la persona a quien apoderás. 

  • Iniciá el trámite

    Una vez asociado el representado, el servicio y el representante, podrás ingresar al portal de Conservación y Mantenimiento de Instalaciones y Fachadas con tu usuario y contraseña miBA.

  • Declaración del domicilio

    Como titular, propietario o administración, debés ingresar el domicilio donde se encuentra la instalación y declarar todos los artefactos térmicos que contenga el edificio.

     

    Para la acreditación de la certificación de las instalaciones térmicas, deberás asignar a un profesional certificante, con incumbencia en la materia y matriculado ante el respectivo Consejo Profesional. El profesional certificate asignado deberá aceptar o rechazar la designación recibida en el Registro de Instalaciones Térmicas (Mantenimiento de las Instalaciones Térmicas (RIT) – Profesional Certificante).

  • Obtené el código QR e imprimí la oblea

    Cumplidos los pasos anteriores, se podrá imprimir la constancia -la oblea con código QR-, cuya lectura digital permitirá visualizar la información sobre el estado de la instalación declarada.

     

    Mediante la lectura del código QR con una aplicación de acceso público, podrán conocer, en todo momento, si las instalaciones correspondientes son aptar para su uso.

     

    La oblea con código QR vencerá el 31 de diciembre de cada año, debiendo efectuar su renovación hasta el 31 de marzo del año siguiente, y deberá estar disponible próxima al artefacto térmico, en un lugar visible y accesible.

Costos del trámite

Gratuito

Más información

  • Para solicitar el cambio de administrador/declarante/usuario de instalación, deberás seleccionar la opción "Cambio de Administrador".
  • Luego de dar de alta la aplicación, confirmar la instalación y adjuntar la documentación requerida, el pedido ingresará en el sistema para ser aprobado o denegado por el área de Fiscalización y Control de Obras.
  • Podrás consultar en todo momento el estado del trámite.
  • Caldera de vapor de alta presión.
  • Caldera de vapor de baja presión.
  • Caldera de agua caliente.
  • Acumulador de agua (termotanque).
  • Caldera de fluido térmico.

Es responsabilidad del sujeto obligado mantener operativa la instalación, en perfecto estado de funcionamiento.

  • Póliza de seguro de responsabilidad civil, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros por el uso de la instalación.
  • Habilitación o inicio de trámite de habilitación de los artefactos térmicos, conforme el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Oblea con código QR vigente por cada artefacto térmico.

Las consultas serán respondidas de manera online a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial. 

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Normativa

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Iniciar Trámite

Organismo responsable

Agencia Gubernamental de Control - Dirección General de Fiscalización y Control de Obras

Días y horarios de atención

Lunes a viernes de 9 a 13.30 h