Denuncia Digital Defensa al Consumidor
Para realizar la denuncia, tené en cuenta que debes ser consumidor final y titular de los bienes y/o servicios adquiridos, y haber efectuado el consumo dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con usuario y clave miBA.
- Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA.
- Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
Denuncia digital contra empresas (Ley 24.240):
- DNI del titular.
- Nota con una breve descripción de los hechos.
- Documentación que acredite la relación de consumo (por ejemplo: factura, contrato, documento de venta, resumen de cuenta, tarjeta de crédito etc.).
Denuncia digital contra Administradores de Consorcio (Ley 941):
- DNI del titular.
- Nota con una breve descripción de los hechos, indicando los presuntos incumplimientos y los datos de quien administra el consorcio.
- Última liquidación de expensas, completa y legible.
- En caso de ser propietario: escritura, última boleta de ABL o un servicio de su titularidad.
- En caso de ser inquilino: contrato de locación o un servicio de su titularidad.
Pasos para realizar el trámite
Iniciá el trámite
Ingresá a la web y seguí los pasos que indica el trámite.
Revisá tu correo electrónico
Te van a llegar vía mail todas las notificaciones relacionadas con tu trámite, en las que se indicarán los pasos a seguir.
Costos
Gratis
Más información
- En caso de tener alguna dificultad al adjuntar la documentación correspondiente a tu solicitud de denuncia, podes contactarnos al mail defensaalconsumidor@buenosaires.gob.ar o a través de nuestras redes sociales oficiales: Facebook /BAconsumidor y Twitter @BAconsumidor.
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En caso que no llegues a un acuerdo, las sanciones son impuestas a las empresas por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, y pueden consistir en:
- Apercibimiento.
- Multa de cero coma cinco (0,5) a dos mil cien (2.100) canastas básicas total para el hogar tipo 3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC).
Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción. - Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días.
- Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado.
- La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
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Si la sanción es de multa, recordá que el importe de ésta no va a ser a favor del denunciante.
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Tené en cuenta que podes solicitar en concepto de daño directo - previsto en el artículo 40 bis de la Ley 24.240- el resarcimiento por el perjuicio material padecido y susceptible de apreciación pecuniaria (valorado en dinero), debiendo hacerlo saber expresamente y acompañar la documentación que así lo respalde.
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Unidades Fijas correspondiente a la aplicación de Ley 941:
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Conforme artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas (300) unidades fijas y veinte mil (20.000) unidades fijas de acuerdo a lo determinado anualmente por la Ley Tarifaria.
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Al respecto, la Ley 6712 – “Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, ha fijado el valor de dicha unidad en PESOS CIENTO DOCE CON 80/100 ($ 112,80) para el año 2024.
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No dudes en denunciar, nosotros te acompañamos en el proceso.
La ciudad protege tus derechos.