Expediente de habilitación con observaciones (vista, modificación y subsanación)

Los expedientes de habilitación observados son aquellos que una vez iniciado el trámite, presentan alguna falencia y/o faltante en la documentación presentada.

Última actualización: Martes 30/01/2024 14:39hs

Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra mesa de atención virtual, o en forma presencial.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Presentarse el día del turno con DNI y documentación que acredite personería: estatuto o contrato social con designación de cargos, o poder certificado por escribano público (si no se encuentran presentados en el expediente).
  • Notificación del trámite de habilitación observado, enviada por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, si la recibiste

  • Documentación requerida en la notificación del trámite de habilitación observado, en original, si necesitás adjuntarla al expediente. 

 

Pasos para realizar el trámite

Consulta el estado de tu trámite

  • Si tu trámite de habilitación es gestionado dentro del Sistema de Solicitudes de Inicio de Trámites (SSIT), vas a poder consultar tanto las observaciones como cualquier estado de la solicitud, ingresando a la plataforma de Tramitación a Distancia del Gobierno de la Ciudad, con tu usuario y Clave Ciudad de AGIP, consultando en “Mis Solicitudes”.

  • Si tu trámite corresponde a un expediente que no es gestionado dentro del Sistema de Solicitudes de Inicio de Trámites (SSIT), la Dirección General de Habilitaciones y Permisos te enviará, en el caso que corresponda, una notificación, en la que se te informará acerca de aquello que debe ser subsanado en el trámite.

Toma de vista de expediente notificado

  • Si necesitás tomar vista de un expediente porque recibiste una cédula de notificación, deberás solicitar un turno web.

  • Al ser confirmado el turno, deberás presentarte en la Agencia Gubernamental de Control (AGC) con el comprobante del turno, la cédula de notificación recibida, tu DNI y la documentación pertinente para la acreditación de personería.


Costos del trámite

Costos

Gratis

Más información

Quienes pueden realizar este trámite son:

  • Titular con DNI
  • Apoderado con DNI y poder, certificado ante escribano público para actuar en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Profesional o autorizado registrado en el trámite de habilitación, con DNI.

(En los 3 casos, si la persona es extranjera, debe presentar el pasaporte vigente, si no cuenta con DNI).


Normativa

Establece plazo de treinta (30) días hábiles de notificada la observación para subsanarla:

Ley marco de regulación de las actividades económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Reglamentación de la Ley N° 6.101.

Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cuadros de asimilación de rubros.

Sustituyen Anexos del Procedimiento para la Tramitación de Autorización de Actividades Económicas

Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas.

Usos de actividad económica y clasificación de trámites.


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


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Organismo Responsable

Agencia Gubernamental de Control - Dirección General de Habilitaciones y Permisos

Ubicación
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941
Días de atención
Lunes a viernes
Horarios de atención
9 a 13.30 hs