Impuesto de Sellos - Reintegro

Modalidad: Online

¿Cuáles son los requisitos?

Documentación obligatoria

  • DNI del requirente. 
  • Impuesto de sellos. 
  • Nota solicitando el reintegro invocando los fundamentos de la petición, informando teléfono particular y, en caso de tener domicilio en extraña jurisdicción, declarar un domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de la tramitación de la actuación. 

Documentación adicional 

En caso de ser presentados por Contribuyentes Directos: 

  • Contrato o instrumento que tributó y pretende su devolución. 
  • Boleta del Impuesto de sellos y comprobante de pago original, a efectos de su inutilización. 
  • Autorización de los demás intervinientes en el contrato a favor del solicitante, a fin de percibir reintegro o mediante la modalidad de Poder Resolución Nº1013/DGR/2011, en todos los casos con las firmas certificadas ante Escribano Público o Entidad Bancaria. 
  • En caso que la retención haya sido efectuada ante Escribano, deberá acompañar nota de autorización suscripta por el notario convalidando la tramitación pertinente. 
  • Resolución que disminuya el Valor Locativo de Referencia (VLR) o Valor Inmobiliario de Referencia (VIR), en caso de ser motivo de la solicitud. 
  • Contrato constitutivo, actas de designación de autoridades, poder con facultades suficientes para actuar ante AGIP (sólo para personas jurídicas). 

De ser presentados por Agentes de Recaudación (excepto Entidades Financieras y Compañías de Seguro): 

  • Escritura o instrumento que tributó y pretende su repetición. 
  • Declaración Jurada del impuesto implicado. 
  • Comprobante de pago del tributo en original, a efectos de su inutilización. 
  • DNI del apoderado. 
  • Autorización de los intervinientes en el contrato a favor del agente de recaudación, a fin de percibir reintegro o mediante la modalidad de Poder Resolución Nº1013/DGR/2011, en todos los casos con las firmas certificadas ante Escribano Público o Entidad Bancaria. 

Pasos para realizar el trámite

  • Ingresá a TAD

    • Hacé clic en “Iniciar trámite”.
    • Accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA.
  • Generá tu expediente

    • Seguí las indicaciones de la plataforma.
    • Cargá la información solicitada para iniciar tu trámite.
  • ¿Cómo finaliza el trámite?

    • Si el trámite es iniciado por el contribuyente mediante TAD, se le notifica por el mismo medio. 
    • Si el trámite es iniciado por la Administración se lo notifica por DFE (Domicilio Fiscal Electrónico). 

Costo del trámite

Gratis

Más Información 

Datos de contacto:

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Organismo Responsable

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Ubicación 

Viamonte 900

Días de atención 

Lunes a viernes 

Horarios de atención 

9.30 a 15.30 hs