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Impuesto inmobiliario - Exención ABL ex combatientes

Acá podés solicitar la exención de pago de la contribución conforme a lo dispuesto en el Artículo 299 del Código Fiscal según las condiciones contempladas.

Modalidad: Online Presencial

Requisitos para iniciar el trámite

  • Este trámite contempla inmuebles de propiedad de conscriptos, voluntarios, civiles, oficiales, suboficiales, que sean titular de 1 (un) solo inmueble destinado a vivienda única y permanente, que se hayan desempeñado en las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur (en el período comprendido entre el 02/04/82 al 14/06/82), como beneficiaros directos, o sus cónyuges, hijos menores o padres, como beneficiarios indirectos, en caso de que los primeros no pudieran hacer uso del beneficio por haber fallecido o por no ser propietarios de su vivienda.

  • En caso de inmuebles en condominio adquiridos con posterioridad a la fecha de publicación de la presente norma, la participación deberá ser superior al 33%, otorgándose la exención en proporción a la participación en el condominio.

Requisitos obligatorios

  • DNI de la persona que realice la presentación (DNI, LE o LC; CI solo para extranjeros): original y fotocopia.

  • DNI del beneficiario directo (ex-combatiente): original y fotocopia.

  • Certificado de actuación en las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, en el que conste el nombre completo del Ex-Combatiente y su número de documento de identidad, expedido por la Jefatura del Estado Mayor del arma a la que pertenezca o haya pertenecido: original y fotocopia.

  • Escritura traslativa de dominio del inmueble a nombre del beneficiario peticionante, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble: original y fotocopia.

También presentar, según el caso

  • Titular: DNI (original y fotocopia).

  • Representante:

    - Autorización del titular con certificación de su firma ante Escribano Público o autoridad policial: original y fotocopia.

    - DNI (original y fotocopia).

  • Apoderado:

    - Poder suscripto ante escribano público: original.

    - DNI (original y fotocopia).

  • En caso de solicitud por beneficiario indirecto:

    - Partida de Matrimonio o Nacimiento que acredite el parentesco en que se funda la solicitud (original y fotocopia).

    - Partida de Defunción del ex-combatiente, en caso de haber fallecido (original y fotocopia).

    - Comprobante de pago de la contribución correspondiente a la unidad de vivienda (original y fotocopia).

    - Nota de solicitud de exención y declaración jurada que el inmueble es destinado a vivienda propia.

En caso de realizar el trámite de forma online

Pasos para completar el trámite

Costos del trámite

Gratuito

Más información

  • Las autenticaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos), entidad bancaria o autoridad policial.
  • Recordá dar de baja tu exención ante venta o transferencia.

Para recibir asesoramiento sobre este trámite, podés acercarte de forma presencial a cualquier Sede Comunal con turno previo. Solicitalo desde el Sistema de turnos del Gobierno de la Ciudad o llamando al 147.

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

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Ubicación

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Días y horarios de atención

Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h