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Impuesto Inmobiliario - Exención ABL inmueble sala teatral no prof. Ley 156

Este trámite permite solicitar la exención del pago de la contribución a los inmuebles en los cuales se desarrollen actividades teatrales, conforme a lo dispuesto en el Artículo 12 de la Ley 156.

Modalidad: Online Presencial

Requisitos para iniciar el trámite

  • Contar con usuario y clave miBA nivel 3

    -Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta, ingresá a miBA.

    - Si tenés dudas sobre cómo validar tu identidad, ingresá a BAX.

  • DNI de la persona que realice la presentación: original y fotocopia.

  • Escritura traslativa de dominio del/los inmueble/s destinado/s a Sala/s Teatral/es, inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmuble, y/o contrato de alquiler: fotocopia autenticada.

  • Certificado expedido por el Registro de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PROTEATRO): fotocopia autenticada

  • Último comprobante de pago de la contribución: fotocopia autenticada. 

  • Nota en carácter de declaración jurada declarando el porcentaje del inmueble destinado a la actividad teatral. 

Además presentar, según el caso

  • Titular:

    - DNI (original y fotocopia).

  • Representante:

    - Autorización del titular con certificación de su firma ante escribano público o autoridad policial: original y fotocopia.

    - DNI (original y fotocopia).

  • Apoderado:

    - Poder suscripto ante escribano público: original.

    - DNI (original y fotocopia).

    - Constancia de CUIT de la entidad.

Pasos para completar el trámite

  • Iniciá el trámite de forma virtual

    Hacé clic en "Iniciar trámite".

    Accedé al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) con tu usuario y contraseña miBA. 

    Seguí las indicaciones de la plataforma y cargá la información solicitada para iniciar tu trámite.

  • Iniciá el trámite de forma presencial

    Solicitá un turno para concurrir a nuestra Sede Central. Ingresá a la web de AGIP para reservar tu turno.

  • ¿Cómo finaliza el trámite?

    • Si el trámite es iniciado por el contribuyente mediante TAD, se le notifica por el mismo medio. 
    • Si el trámite es iniciado por la Administración se lo notifica por DFE (Domicilio Fiscal Electrónico).

Costos del trámite

Gratuito

Más información

  • Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o autoridad judicial.
  • Las certificaciones de firmas, además, podrán ser realizadas por entidad bancaria o autoridad policial.

Para recibir asesoramiento sobre este trámite, podés acercarte de forma presencial a cualquier Sede Comunal con turno previo. Solicitalo desde el Sistema de turnos del Gobierno de la Ciudad o llamando al 147.

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Iniciar Trámite

Organismo responsable

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Ubicación

Viamonte 900

Días y horarios de atención

Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h