Informes Técnicos de Demolición, Excavación y Construcción

Con el fin de fortalecer la fiscalización y control de las obras en la Ciudad de Buenos Aires, se establecen procedimientos para la emisión de informes periódicos de demolición, excavación y construcción.
Estos informes deberán ser elaborados por los Representantes Técnicos de las empresas intervinientes, dejando constancia del cumplimiento de la normativa vigente.

Modalidad: Online

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser Representante Técnico de una Empresa Demoledora, Excavadora o Constructora registrada.
  • Contar con el Libro de Órdenes y Servicios de la obra, donde deberán glosarse los informes presentados.
  • Contar con usuario habilitado para operar el Portal de Empresas, para obras que inicien a partir del 1° de diciembre del 2025.
  • Para obras iniciadas antes del 1° de diciembre de 2025, deberán descargar y completar los formularios tipos correspondientes.

Pasos para realizar el trámite

  • Ingresá al aplicativo web

    Como Representante Técnico de la Empresa Demoledora, Excavadora o Constructora registrada en una obra, deberás ingresar en el Portal de Empresas.

  • Carga del informe

    • En el apartado "Informes" encontrarás el listado de obras en las que ejercés representación técnica.
    • Seleccionando la obra, podrás visualizar los informes previamente cargados, o decidir generar un informe nuevo.
    • Completar la carga del informe con todos los datos requeridos.
  • Descarga del informe

    Una vez completo y enviado el informe, podrás visualizarlo o descargarlo.

  • Cumplir con la periocidad mínima obligatoria

    • Empresas Demoledoras y Excavadoras: 1 informe por quincena (del 1 al 15 y de 16 al último día del mes).
    • Empresas Constructoras: 1 informe por mes calendario.

    El primer período se encuentra cubierto por la Memoria y Plan de Trabajos Inicial presentada por el Director de Obra al momento de declarar el inicio.

    Finalizado dicho período, los informes técnicos deberán presentarse de forma continua conforme a la periocidad correspondiente.

Costo del trámite

Gratis

Más Información

  • Obras que inicien a partir del 1° de diciembre de 2025: los informes deberán cargarse de forma digital a través del Portal de Empresas.
  • Obras que iniciaron antes del 1° de diciembre de 2025: continuarán presentando los informes en formato papel, utilizando los nuevos modelos aprobados disponibles para descarga.
  • Los informes deberán permanecer glosados al Libro de Órdenes y Servicios de la obra y disponibles ante requerimientos de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras.

Tipos de informes:

  • Informe Periódico: debe presentarse con la periocidad mínima obligatoria establecida en el art. 8.3 del Reglamento Técnico, registrando el avance de obra. Debe ser presentado regularmente por la Empresa Demoledora, Excavadora o Constructora, detallando: el progreso de las tareas, los períodos sin actividad, las medidas de seguridad adoptadas y cualquier otro aspecto relevante, acompañado de registro fotográfico.
  • Informe Eventual: es un informe adicional que puede ser requerido por la autoridad de aplicación o presentado por el Representante Técnico para documentar situaciones específicas, como imprevistos, incidentes o avances relevantes. No está sujeto a la frecuencia de los informes periódicos.
  • Informe Final: debe presentarse al concluir la etapa encomendada, certificando la finalización de los trabajos y marcando el cierre formal de la intervención de la empresa en la obra.

Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra Mesa de Atención Virtual o en forma presencial.

 

Normativa

•    C.E. Texto ordenado Ley 6100 - Ley 6438 Consolidado
Código de edificación.


•    Resolución N° 86/SSGDU/25
Aprueban la modificación de Reglamentos Técnicos del Código de Edificación RT-020119-010400-00.


•    RT-020119-010400-00 - Versión 4
Reglamento técnico. Declaración de inicio, avance y finalización de obras.


•    DI-2025-949-GCABA–DGFYCO
Actualización y digitalización de los formularios para el registro electrónico de los Informes Técnicos.


•    Anexo I DI-2025-949-GCABA–DGFYCO
Formularios de Informes Técnicos.


•    Manual del usuario- Carga de Informes Digitales
Para las obras que inicien a partir del 1° de diciembre de 2025, los Representantes Técnicos deberán realizar la carga de informes a través del Portal de Empresas.


•    Modelos de Informes Técnicos (sólo para modalidad papel)
Formularios para descargar.
 

 

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Organismo Responsable 

Agencia Gubernamental de Control - Dirección General de Fiscalización y Control de Obras

Ubicación 

Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941

Días de atención 

Lunes a viernes 

Horarios de atención 

9 a 13.30 hs.