Informes Técnicos de Demolición, Excavación y Construcción

Con el fin de fortalecer la fiscalización y control de las obras en la Ciudad de Buenos Aires, se establecen procedimientos para la emisión de informes periódicos de demolición, excavación y construcción.
Estos informes deberán ser elaborados por los Representantes Técnicos de las empresas intervinientes, dejando constancia del cumplimiento de la normativa vigente.

Modalidad: Online

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser Representante Técnico de una Empresa Demoledora, Excavadora o Constructora registrada.
  • Contar con el Libro de Órdenes y Servicios de la obra, donde deberán glosarse los informes presentados.
  • Contar con usuario habilitado para operar el Portal de Empresas, para obras que inicien a partir del 1° de diciembre del 2025.
  • Para obras iniciadas antes del 1° de diciembre de 2025, deberán descargar y completar los formularios tipos correspondientes.

Pasos para realizar el trámite

  • Ingresá al aplicativo web

    Como Representante Técnico de la Empresa Demoledora, Excavadora o Constructora registrada en una obra, deberás ingresar en el Portal de Empresas.

  • Carga del informe

    • En el apartado "Informes" encontrarás el listado de obras en las que ejercés representación técnica.
    • Seleccionando la obra, podrás visualizar los informes previamente cargados, o decidir generar un informe nuevo.
    • Completar la carga del informe con todos los datos requeridos.
  • Descarga del informe

    Una vez completo y enviado el informe, podrás visualizarlo o descargarlo.

  • Cumplir con la periocidad mínima obligatoria

    • Empresas Demoledoras y Excavadoras: 1 informe por quincena (del 1 al 15 y de 16 al último día del mes).
    • Empresas Constructoras: 1 informe por mes calendario.

    El primer período se encuentra cubierto por la Memoria y Plan de Trabajos Inicial presentada por el Director de Obra al momento de declarar el inicio.

    Finalizado dicho período, los informes técnicos deberán presentarse de forma continua conforme a la periocidad correspondiente.

Costo del trámite

Gratis

Más Información

  • Obras que inicien a partir del 1° de diciembre de 2025: los informes deberán cargarse de forma digital a través del Portal de Empresas.
  • Obras que iniciaron antes del 1° de diciembre de 2025: continuarán presentando los informes en formato papel, utilizando los nuevos modelos aprobados disponibles para descarga.
  • Los informes deberán permanecer glosados al Libro de Órdenes y Servicios de la obra y disponibles ante requerimientos de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras.

Tipos de informes:

  • Informe Periódico: debe presentarse con la periocidad mínima obligatoria establecida en el art. 8.3 del Reglamento Técnico, registrando el avance de obra. Debe ser presentado regularmente por la Empresa Demoledora, Excavadora o Constructora, detallando: el progreso de las tareas, los períodos sin actividad, las medidas de seguridad adoptadas y cualquier otro aspecto relevante, acompañado de registro fotográfico.
  • Informe Eventual: es un informe adicional que puede ser requerido por la autoridad de aplicación o presentado por el Representante Técnico para documentar situaciones específicas, como imprevistos, incidentes o avances relevantes. No está sujeto a la frecuencia de los informes periódicos.
  • Informe Final: debe presentarse al concluir la etapa encomendada, certificando la finalización de los trabajos y marcando el cierre formal de la intervención de la empresa en la obra.

Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra Mesa de Atención Virtual o en forma presencialPara asesoramiento sobre este trámite, podés acercarte a cualquier Sede Comunal con turno previo. Solicítalo acá o llamá al 147.

 

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

 

Normativa

•    C.E. Texto ordenado Ley 6100 - Ley 6438 Consolidado
Código de edificación.


•    Resolución N° 86/SSGDU/25
Aprueban la modificación de Reglamentos Técnicos del Código de Edificación RT-020119-010400-00.


•    RT-020119-010400-00 - Versión 4
Reglamento técnico. Declaración de inicio, avance y finalización de obras.


•    DI-2025-949-GCABA–DGFYCO
Actualización y digitalización de los formularios para el registro electrónico de los Informes Técnicos.


•    Anexo I DI-2025-949-GCABA–DGFYCO
Formularios de Informes Técnicos.


•    Manual del usuario- Carga de Informes Digitales
Para las obras que inicien a partir del 1° de diciembre de 2025, los Representantes Técnicos deberán realizar la carga de informes a través del Portal de Empresas.


•    Modelos de Informes Técnicos (sólo para modalidad papel)
Formularios para descargar.

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Organismo Responsable 

Agencia Gubernamental de Control - Dirección General de Fiscalización y Control de Obras

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Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941

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