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Ingresos Brutos - Empadronamiento de exentos

Este trámite permite mantener actualizado el padrón de beneficiarios que utilizan los agentes de recaudación (retención y percepción).

Modalidad: Online

Requisitos para iniciar el trámite

  • Las exenciones rigen sin más trámite de solicitud ni otorgamiento por parte de esta Administración.

  • Contar con usuario y clave miBA. 

    - Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta miBA, ingresá a miBA.

    - Si tenés dudas sobre cómo validar tu identidad, ingresá a BAX.

  • Deben estar comprendidos en las Resoluciones Nº 033/AGIP/09 y 52/AGIP/13 para estar empadronados.

Pasos para completar el trámite

  • Ingresá a AGIP

    Hace clic en "Iniciar Trámite".

    Accedé al portal de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos con tu usuario y contraseña miBA.

  • Asignación de servicio

    Si no contas con el servicio "“Empadronamiento de exentos", debes adherirlo desde "Adherir aplicativo". Una vez agregado el servicio, desde el buscador podes realizar tu trámite.

  • ¿Cómo finaliza el trámite?

    Al completar el formulario electrónico obtendrás una constancia de empadronamiento.

Costos del trámite

Gratuito

Más información

La exención puede ser revocada en caso de no cumplir los requisitos establecidos por el Código Fiscal vigente.
La información declarada es susceptible de ser verificada por el organismo.

 

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Iniciar Trámite

Organismo responsable

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Ubicación

Viamonte 900

Días y horarios de atención

Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h