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Inmobiliario/ABL - Cese de exención para personas con discapacidad

Este trámite permite obtener el cese de la exención para personas con discapacidad para el impuesto de Inmobiliario/ABL.

Modalidad: Online Presencial

Requisitos para iniciar el trámite

  • Contar con usuario y clave miBA nivel. 

    - Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta miBA, ingresá a miBA.

    - Si tenés dudas sobre cómo validar tu identidad, ingresá a BAX

Antes de iniciar tu trámite tené en cuenta:

  • La exención del pago de la contribución quedará sin efecto ante cualquier modificación que se produzca en alguna de las siguientes condiciones:

    - Venta.

    - Fallecimiento.

    - Renuncia.

    - Modificación de las condiciones que dieron origen a la exención.

Documentación obligatoria

  • Cese por venta o transferencia por cualquier título del inmueble:

    - Copia simple de la escritura de venta del inmueble, o bien certificado expedido por el escribano interviniente.

    - Nota solicitando la baja de exención, especificando Nro .de partida. Debe incluir firma, aclaración y DNI.  

  • Cese por fallecimiento del titular:

    - Partida de defunción del causante.

    - Boleta de Inmobiliario/ABL. En caso de corresponder, copia simple de la escritura del inmueble.

    - Nota solicitando la baja de exención, especificando nro. de partida, motivo y fecha. Debe incluir firma, aclaración y DNI.   

  • Renuncia a la exención:

    - Titular exento con DNI o su apoderado acompañado del poder.

    - Nota solicitando la baja de exención, especificando nro. de partida, motivo y fecha. Debe incluir firma, aclaración y DNI.

Dependiendo cuál sea tu carácter:

  • Beneficiario:

    - DNI.

  • Representante:

    - DNI.

    - Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas).

  • Apoderado o curador:

    - DNI.

    - Poder suscripto ante Escribano Público o Sentencia según corresponda.

Pasos para completar el trámite

  • Realizá el trámite de forma online

    1. Hacé clic en "Iniciar Trámite" y completá con tu CUIT o CUIL, según corresponda. 
    2. Cargá tus datos de contacto y los datos solicitados para realizar el cese de la exención.
    3. Una vez finalizado el formulario recibirás un correo electrónico con un link al que debes acceder para validar tu correo electrónico dentro de las 72 horas. Luego, por ese mismo media obtendrás respuesta.

  • Realizá el trámite de forma presencial

    Podrás acercarte a una delegación AGIP o Sede comunal con la documentación requerida, solicitando un turno previo.

    Recordá llevar las fotocopias autenticadas de tu documentación.

Costos del trámite

Gratuito

Más información

Toda documentación debe estar escaneada anverso y reverso, totalmente legible, en orden y en un sólo archivo PDF.

En caso de no presentar los originales, las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma, además, podrán ser realizadas por entidad bancaria.

 

Recordá que si te desuscribiste de los mails del GCBA no podrás recibir el mail de confirmación, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

Iniciá el trámite y completá todos los pasos

Iniciar Trámite

Organismo responsable

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Ubicación

Viamonte 900

Días y horarios de atención

Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 h